Las Rentas de Inserción son ayudas que conceden las Comunidades Autónomas para aquellas personas sin ingresos y en riesgo de exclusión social. Diez claves para entender sus diferencias y funcionamiento.
Diez claves para entender el funcionamiento de las Rentas de Inserción Autonómicas
Actualizado: 13/03/2024
- Las Rentas de Inserción tienen distintos nombres y normativa según cada Comunidad Autónoma: “salario social”, “renta social”, “renta mínima”, “renta garantizada de ciudadanía”, “renta mínima garantizada”, “ayuda para integración”, “salario social básico”, “ingreso de solidaridad”, etc.
- No se deben confundir con la Renta Activa de Inserción RAI, que es una ayuda estatal para parados de larga duración mayores de 45 años, personas discapacitadas, emigrantes retornados o víctimas de violencia de género. Antes de pedir las ayudas autonómicas, consulte en el enlace anterior si cumple los requisitos para solicitar la RAI, que es la ayuda estatal. Si no los cumple o bien ya agotó la RAI, entonces es cuando entran en juego las rentas de inserción autonómicas.
- Para solicitar información sobre la Rentas Autonómicas de Inserción debe dirigirse a los servicios sociales de su Comunidad Autónoma o Ayuntamiento, no al SEPE (INEM), porque estas ayudas son autonómicas, no estatales.
- Los requisitos generales de estas ayudas son muy estrictos. En la mayor parte de los casos exigen que quien las solicite se encuentre en situación de carencia de rentas, haya agotado las ayudas existentes de otras administraciones y que esté empadronado en la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de estas ayudas es lenta y requiere presentar mucha documentación. En algunas Comunidades Autónomas la demora en su aprobación supera varios meses. Por eso, aunque es posibles solicitarlas por Internet, siempre es conveniente iniciar los trámites con el asesoramiento de los servicios sociales, para que toda la documentación esté correcta. Además, los servicios sociales pueden informarle de otras alternativas de ayudas.
- Cuando se reciben estas ayudas económicas, hay que participar en programas de formación, orientación laboral, inserción, etc.
- La cantidad que se cobra como ayuda económica depende de varios factores, como el número de miembros de la unidad familiar, etc, pero suelen estar entorno al 70% del Salario Mínimo Interprofesional.
- En la actualidad (2023), conviene consultar en primer lugar si se tiene derecho a la ayuda estatal, el INGRESO MÍNIMO VITAL, que es una ayuda preferente y que hay que intentar solicitar en primer lugar.
- La normativa el Ingreso Mínimo Vital regula su compatibilidad con las rentas autonómicas de inserción, y además, cada renta de inserción autonómica tiene establecido el mecanismo de ajuste con el Ingreso Mínimo Vital.
Directorio de Rentas de Inserción en cada Comunidad Autónoma
En la siguiente guía facilitamos más información y enlaces para solicitar las ayudas en cada Comunidad.
Las rentas de inserción ¿son iguales en todas las Comunidades Autónomas?
No, no son iguales. Hay importantes diferencias entre unas Comunidades y otras, tanto en lo relativo a los requisitos, como en la duración y el importe de la ayuda económica recibida. Las últimas comparativas oficiales son del año 2021 (Ministerio de Derechos Sociales) y se resumen en este cuadro:
Otra información relacionada:
Guía para solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Guía de la Renta Activa de Inserción estatal (RAI)
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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