El RGI es una ayuda económica que el Gobierno del País Vasco ofrece a personas en riesgo de exclusión social y económica.
La Renta de Garantía de Ingresos del País Vasco (RGI)

Actualizado: 24/08/2025
La RGI es una prestación mensual de derecho subjetivo. Se mantiene mientras se cumplan los requisitos y su cuantía se actualiza trimestralmente según ingresos y composición de la unidad de convivencia (UC). Está integrada en el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión y coexiste con el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
¿A quién está dirigida la RGI?
- Personas y unidades de convivencia sin recursos suficientes.
- Personas desempleadas o con empleos de bajos ingresos.
- Pensionistas con ingresos insuficientes (complemento hasta mínimos).
- Hogares con menores, personas con discapacidad o dependencia.
- Personas extranjeras residentes en Euskadi y determinados colectivos (p. ej., refugiadas o apátridas) en los términos previstos en la ley.
Requisitos para solicitar la RGI
Los requisitos varían según la situación personal. En términos generales:
- Edad: ser mayor de 18 años (las personas de 18–29 años tienen condiciones específicas de emancipación y activación laboral).
- Unidad de convivencia: estar integrada en una UC reconocida (pareja, familia, etc.).
- Empadronamiento y residencia en Euskadi (reglas generales y excepciones: p. ej., 3 años inmediatos o 5 de los últimos 10, con supuestos especiales).
- Límites de ingresos y patrimonio: no superar la Renta Máxima Garantizada (RMG) que corresponda a la UC ni el tope patrimonial (ver más abajo).
- Empleo y activación: inscripción y obligaciones ante Lanbide según el caso (demanda de empleo/servicios).
- Compatibilidades: haber solicitado previamente otras prestaciones a las que se tenga derecho.
- No estar en prisión ni ingresado/a en plaza residencial pública o concertada de larga estancia.
Nota: si conviven varias UCs en el mismo domicilio puede aplicarse un índice corrector del −15% a la cuantía.
Más detalles y excepciones: Preguntas frecuentes de Lanbide.
Patrimonio máximo permitido (2025)
Con carácter general, el patrimonio computable de la UC no puede superar 5 veces la RMG anual de esa misma UC. Ejemplos orientativos (2025):
| Composición UC (ejemplos) | RMG mensual 2025 | Tope patrimonial aprox. (5 × RMG anual) |
| 1 persona | 853,28 € | ≈ 51.197 € |
| 2 personas (2 adultas) | 1.137,71 € | ≈ 68.263 € |
| 2 personas (1 adulta + 1 menor) | 1.166,15 € | ≈ 69.969 € |
| 3 personas (3 adultas o 2 adultas + 1 menor) | 1.308,37 € | ≈ 78.502 € |
| 4 personas (2 adultas + 2 menores) | 1.479,03 € | ≈ 88.742 € |
Cálculo: RMG mensual × 12 × 5. La cifra exacta depende de la composición de tu UC.
¿Cuánto se cobra por la RGI?
La cuantía mensual se calcula como RMG (base + complementos individuales + complementos por características de la UC) menos los ingresos computables. Referencias de RMG máxima mensual (2025) por tipos de hogar:
| UC (ejemplos) | RMG máx. €/mes (2025) |
| 1 persona | 853,28 € |
| 2 adultas | 1.137,71 € |
| 1 adulta + 1 menor | 1.166,15 € |
| 3 (3 adultas o 2 adultas + 1 menor) | 1.308,37 € |
| 1 adulta + 2 menores | 1.336,81 € |
| 4 (2 adultas + 2 menores) | 1.479,03 € |
La cuantía se actualiza trimestralmente (procedimiento PAC) según ingresos del trimestre anterior y composición de la UC.
Prestación Complementaria de Vivienda
Además, las personas titulares de RGI pueden acceder a la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) por la vivienda habitual (alquiler, habitación, hospedaje, etc.), con importe máximo de 250 €/mes, si cumplen sus requisitos específicos.
¿Cómo puedo solicitar la RGI?
- Pide cita en Lanbide para información, registro o entrega de documentación.
- Rellena el formulario online de solicitud, imprímelo y fírmalo.
- Presenta y registra la solicitud con la documentación en tu oficina o en los registros habilitados.
Plazo de resolución: hasta 3 meses. El derecho se devenga desde el primer día del mes siguiente a la solicitud, y el abono es a mes vencido (habitualmente en torno al día 10 o siguiente hábil).
¿Qué documentación necesito?
Depende de la situación familiar y laboral. En general, se solicita:
- Solicitud oficial firmada.
- Identidad (DNI/NIE/pasaporte) de todas las personas de la UC y vínculos (libro de familia, pareja de hecho, etc.).
- Certificados de empadronamiento (actual e histórico) y domicilio.
- Alta en Lanbide (demanda de empleo/servicios), si procede.
- Declaraciones y justificantes de ingresos y cuentas bancarias.
- Declaración responsable de patrimonio y, en su caso, certificados de bienes inmuebles y en el país de origen.
- Contrato de alquiler/hospedaje (para PCV) u otros justificantes de vivienda.
Listado detallado y modelos: Documentación a presentar (modelo ERE-DBE-005).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo resuelven y cuándo cobro? Lanbide debe resolver en 3 meses. Si te aprueban, cobras desde el mes siguiente a la solicitud y el pago se hace a mes vencido.
¿Cuántas RGI puede haber por domicilio? La ley ya no fija un límite máximo por vivienda; puede aplicarse el índice corrector si conviven varias UCs.
¿Por qué pueden suspender o extinguir la ayuda? Si cambian las circunstancias (ingresos, convivencia, patrimonio) y se dejan de cumplir requisitos. La cuantía se revisa cada trimestre y debes comunicar a Lanbide cualquier variación relevante en plazo.
Enlaces de interés
- Información y trámite RGI – Euskadi.eus
- Preguntas frecuentes (cuantías, cálculo, PAC)
- Formulario de solicitud (online para imprimir y registrar)
- Cita previa en Lanbide
- Prestación Complementaria de Vivienda (PCV)
- Ley 14/2022 (Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión)

Redactora especialista en Empleo y Tecnologías de la Comunicación