El Ingreso Melillense de Integración (IMI)
El Ingreso Melillense de Integración (IMI) es la principal ayuda social de la Ciudad Autónoma para personas en situación de necesidad y sin ingresos. Explicamos sus requisitos en 2026, cuantías y cómo solicitarla.

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Aviso importante: El Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Actualizado: 23/09/2026
En el actual sistema de protección social de España, el Ingreso Melillense de Integración es una prestación estrictamente subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital (IMV) estatal. Esto significa que es legalmente obligatorio que solicites primero el IMV a la Seguridad Social. Solo podrás acceder al IMI si te han denegado la ayuda estatal por algún motivo, o para complementar económicamente a tu unidad familiar si el IMV concedido es muy bajo.
¿Qué es el Ingreso Melillense de Integración (IMI)?
El IMI es una ayuda social destinada a aquellas personas y familias residentes en Melilla que no disponen de medios económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. No es un simple subsidio pasivo, sino que tiene como objetivo prioritario la inserción laboral y social del beneficiario.
Por tanto, consta de una ayuda económica mensual que va obligatoriamente unida a la firma y cumplimiento de un itinerario de inserción (asistencia a cursos, escolarización de menores, búsqueda activa de empleo).
Cuantías y duración (14 pagas):
Una particularidad del IMI frente a otras rentas autonómicas es que se abona en 14 pagas anuales (12 mensualidades ordinarias más dos pagas extraordinarias en junio y diciembre). La parte económica oscila entre los 480 euros mensuales para una persona que viva sola, pudiendo superar los 900 euros mensuales en caso de unidades familiares de varios miembros.
La ayuda se concede por un máximo de 24 meses. Inicialmente se aprueba por 6 o 12 meses y debe prorrogarse periódicamente si se demuestra que la situación de necesidad persiste y se está cumpliendo el itinerario de inserción. Solo puede concederse un IMI por cada vivienda o unidad de convivencia.
¿Quién puede solicitarlo? Requisitos del IMI
Podrán solicitarlo las personas que vivan solas o que formen parte de una unidad de convivencia, siempre que cumplan estrictamente las siguientes condiciones:
- Edad: Tener entre 25 y 65 años (edad previa al acceso a una pensión no contributiva de jubilación). Existen excepciones para menores de 25 años si tienen menores a cargo, son huérfanos absolutos o víctimas de violencia de género.
- Arraigo y empadronamiento: Residir legalmente y estar empadronado de forma ininterrumpida en Melilla desde hace, al menos, 3 años (36 meses) justo antes de solicitar la ayuda.
- Unidad de convivencia: Que la familia o unidad de convivencia lleve al menos un año y medio (18 meses) formalmente constituida e independiente.
- Carencia de rentas y patrimonio: Que los ingresos totales de la familia no superen el baremo de la ayuda. Tampoco se puede ser propietario de segundas viviendas, vehículos de alto valor o bienes que indiquen medios para subsistir.
- Situación laboral: Estar inscrito como demandante de empleo (apuntado al paro). Es motivo de denegación automática que cualquier miembro de la unidad familiar haya pedido la baja voluntaria en un trabajo durante el año anterior a la solicitud.
¿Qué documentación debo presentar?
Además del impreso de solicitud oficial, por regla general deberás aportar:
- Documento de identidad (DNI/NIE) de todos los miembros.
- Certificado de empadronamiento histórico y colectivo que acredite los 3 años de residencia.
- Libro de familia (y sentencia de divorcio o convenio regulador si corresponde).
- Declaración jurada de ingresos y patrimonio, junto a certificados bancarios con el saldo de las cuentas.
- Tarjeta de demandante de empleo (DARDE) sellada.
- Certificado de escolaridad obligatoria de los hijos menores.
- Resolución de la Seguridad Social sobre la solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Cómo solicitar el Ingreso de Inserción en Melilla
A) Trámite presencial (Recomendado)
Al tratarse de una ayuda que requiere la firma de un proyecto de inserción social, la solicitud debe canalizarse a través de un Trabajador/a Social. Deberás dirigirte al Centro de Servicios Sociales de la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma que corresponda a tu domicilio. Es imprescindible llamar primero para solicitar cita previa y que te asignen a tu trabajador social de referencia.
B) Trámite por Internet
Si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve, la solicitud inicial puede registrarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, adjuntando la documentación requerida escaneada en formato PDF. Tienes más información en este enlace oficial: Ingreso Melillense de Integración (IMI)
La Administración dispone de un plazo máximo legal de 3 meses para estudiar el expediente y emitir una resolución.
¿Cuándo se cobra el IMI?
El pago de la ayuda se realiza mediante transferencia bancaria a mes vencido. Esto quiere decir que los derechos generados durante el mes de mayo, por ejemplo, no se abonarán en la cuenta bancaria del titular hasta los primeros días del mes de junio. Si el expediente tardó tres meses en aprobarse, recibirás un primer pago único con todos los atrasos acumulados desde la fecha de aprobación.
Normativa y página web de información oficial:
- Página web de la Ciudad Autónoma de Melilla (Servicios Sociales – IMI)
- Reglamento Regulador de las Ayudas Económicas y Servicios para la atención de necesidades sociales de Melilla
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)