Prestación Canaria de Inserción PCI

En las Islas Canarias existe la posibilidad de solicitar esta ayuda en caso de situación de necesidad o exclusión. Veamos los requisitos y la forma de solicitarla. 

¿Qué es la Prestación Canaria de Inserción?

Prestación Canaria de Inserción

Actualizado: 27/01/2023

En cada comunidad autónoma existen ayudas, llamadas salarios sociales o rentas de inserción, destinadas a las personas que no tienen medios ni ingresos para cubrir sus necesidades básicas.

En Canarias esta ayuda es la Prestación Canaria de Inserción (PCI), que se concede durante un año y podrá ser renovada por periodos de 6 meses hasta llegar a los dos años, con carácter general. Están cobrando la renta de integración unas 12.000 familias canarias al año.

El importe de la ayuda para una sola persona que no tenga ningún otro tipo de ingresos son unos 517 euros . La cuantía irá aumentando en función del número de miembros que formen la unidad de convivencia y podrá ser inferior al mínimo indicado anteriormente en caso de recibir otros ingresos.  El importe máximo de la ayuda son 722 Euros, para una unidad familiar de 6 o más miembros.

Nota: a fecha 27 de enero de 2023, en la web oficial Gobierno Canarias del Gobierno de Canarias aún no aparecen actualizados por importes de la prestación para 2023.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir en 2023?

Para solicitar la Prestación Canaria de Inserción se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar empadronado y llevar viviendo al menos un año en cualquier municipio de las Islas Canarias, salvo excepciones (Quedan exentos de cumplir este requisito: a) Los emigrantes canarios retornados, .b) Quienes tuvieran reconocida la condición de refugiado o beneficiarios de protección subsidiaria por el organismo competente de la Administración General del Estado, o aquellas personas cuya solicitud de protección internacional se hubiese admitido a trámite o, no habiendo sido admitida esta, tengan las personas solicitantes autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias. c) Víctimas de violencia de género, previa resolución judicial, que por tal motivo hayan cambiado su residencia desde otra comunidad o ciudad autónoma. d) Las personas sin hogar, siempre que pueda ser acreditada la permanencia en el municipio bajo informe social de los servicios del ayuntamiento, así como informe policial. e) Víctimas de violencia intragénero.  f) Las personas que se hayan visto obligadas a fijar su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a tres años, por motivos formativos o laborales, debidamente acreditados previo informe del trabajador social. g) Las familias con menores a su cargo y sin rentas o con rentas inferiores al Iprem.)
  • Carecer de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas y no residir en centros donde estén cubiertas las necesidades básicas con carácter general y de forma permanente. En el siguiente apartado explicamos el tope de rentas de la unidad familiar.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo, o cursando estudios reglados.
  • Ser mayor de 25 y menor de 65, con excepciones.

Existe la posibilidad de que, excepcionalmente, se conceda la ayuda a personas que no cumplen todos los requisitos, si se da un caso de extrema necesidad.

El detalle de la normativa legal de cumplimiento de requisitos y las excepciones está explicado en la sección “más información” de este enlace.

 

Importe de las ayudas de la PCI

El importe de lo que se cobra depende del número de miembros de la unidad familiar. Cuadro actualizado a 2022 (NOTA: a finales de enero de 2023 aún no aparecen actualizados en la web oficial los importes para este año):

Cuantías prestación canaria de inserción PCI
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Cómo solicitar la Prestación de Inserción en Canarias

Es posible realizar esta gestión de forma presencial o por internet (sólo cuando se dispone de certificado digital o DNI electrónico).

a) Solicitar la Prestación Canaria de Inserción presencialmente

Puedes presentar la documentación en los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento, que también te podrán orientar sobre otras ayudas disponibles para las situaciones de vulnerabilidad económica, como el Ingreso Mínimo Vital, el bono social eléctrico, el bono social térmico y otras ayudas autonómicas y locales.

IMPORTANTE: recomendamos siempre solicitar esta ayuda a través de los Servicios Sociales del ayuntamiento.  La documentación y trámites son complejos y siempre es preferible contar con el asesoramiento de un trabajador o trabajadora social, que además de su experiencia, aportará los informes oficiales que sean necesarios

También se puede presentar la solicitud en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias y en cualquier registro publico, pero en estos casos únicamente se puede solicitar que admitan el impreso de solicitud, pero no se facilita información sobre la ayuda.

b) Cómo solicitar la Prestación Canaria de Inserción por Internet

Para realizar este trámite por internet es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico. Si dispones de alguno de estos medios de identificación, puedes acceder a la tramitación electrónica desde este enlace oficial: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/1573

Límite de rentas para solicitar la PCI

¿En qué consiste el cumplimiento del requisito de carencia de rentas?

La cantidad de renta máxima que se permite a la unidad de convivencia es la misma que el  importe de la ayuda de la PCI que se cobraría, según el cuadro anterior.

Por lo tanto, puede decirse que se cumple el requisito de carencia de rentas cuando se cumplen estas dos condiciones:

a) Cuando los ingresos de la persona solicitante y, en su caso, de los demás miembros de su unidad de convivencia, computados conjuntamente durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, sean inferiores a la cuantía de la ayuda económica básica que pudiera corresponder, durante tres meses, a los integrantes de la unidad de convivencia de la persona que solicite y perciba la ayuda.

No se considerará que existe carencia de recursos económicos si, aun cuando se cumpliera el requisito señalado en el párrafo anterior, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda económica básica la persona solicitante o cualquier miembro de su unidad de convivencia obtuviera salarios o remuneraciones regulares por trabajos por cuenta ajena, por la realización de actividades lucrativas por cuenta propia o por el percibo de prestaciones derivadas del Ingreso Mínimo Vital, cuya cuantía neta mensual, sumada a los ingresos netos mensuales de todos los miembros de la unidad de convivencia, superase el importe mensual que pudiera corresponder a la unidad de convivencia.

b) Cuando la persona solicitante, o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, no sea propietaria, usufructuaria o poseedora de bienes muebles o inmuebles cuyas características, valoración, posibilidades de explotación, venta u otras circunstancias análogas indiquen la existencia de medios suficientes superiores al importe que de ayuda económica básica les pudiera corresponder en el período de duración de la misma.  No se tendrá en cuenta esta circunstancia en los supuestos de posesión o titularidad de la vivienda habitual

Vemos, por lo tanto, que se tienen en cuenta dos conceptos para cumplir el requisito de carencia de rentas; los ingresos de la unidad de convivencia y también,  su patrimonio.

¿Qué documentación hay que presentar?

Será necesario acompañar la solicitud de la prestación con el DNI o NIE de los miembros de la unidad de convivencia, certificado de empadronamiento, libro de familia, declaración de la renta, vida laboral, tarjeta de demandante de empleo y copia de los extractos bancarios que reflejen el saldo medio de los tres meses anteriores.

En cualquier caso, según la situación, también habrá que aportar documentos como el documento de residencia legal, último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles o resolución judicial de divorcio.

 

Cómo saber el estado si te han aprobado la PCI de Canarias

Hay tres formas de comprobar el estado de la solicitud de la Prestación Canaria de Inserción: 

  1. A través de su Ayuntamiento, consultando a la trabajadora o trabajador social que haya tramitado la ayuda.
  2. A través del teléfono de información del Gobierno de Canarias 012 o en los números 922 470 012 – 928 301 012 – 902 111 012 .
  3. A través de la Sede Electrónica, con clave Pin o/y Firma Electrónica, rellenando formulario de contacto, donde se solicita la información. Tras su envío, recibirá un correo con los datos disponibles del estado del expediente.

¿Cuándo se cobra la Prestación Canaria de Inserción?

El pago se realiza los primeros días de mes, y se efectúa a mes vencido. Es decir, si conceden la ayuda el día 5 de junio, la parte correspondiente a junio se cobra durante los primeros días del mes de julio, y así sucesivamente.

Ingreso Mínimo Vital y Prestación Canaria de Inserción

La prestación Canaria de Inserción tiene carácter complementario y subsidiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV).  Es decir, tiene prioridad y es obligatorio solicitar antes el Ingreso Mínimo, la ayuda estatal de la Seguridad Social.

El artículo 6 de la Ley de la PCI modificada por el Decreto Ley 16/2020 de 24 de septiembre, indica lo siguiente:

1. La ayuda económica básica tendrá carácter subsidiario de las pensiones que pudieran corresponder a los miembros integrantes de la unidad de convivencia de la persona solicitante, sean del sistema de la Seguridad Social, o de cualquier otro régimen público de protección social.

2. Dado el carácter subsidiario de la prestación, su otorgamiento quedará condicionado a que la persona peticionaria y su unidad de convivencia que tenga derecho al percibo del Ingreso Mínimo Vital o de alguna de las prestaciones o pensiones mencionadas en el apartado anterior, lo acredite fehacientemente con carácter previo, tanto de haberlas solicitado, como en su caso, de haberlas obtenido del organismo correspondiente.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, la ayuda económica básica tendrá carácter complementario, hechas las deducciones correspondientes, hasta el importe que corresponda percibir a la unidad de convivencia beneficiaria de la prestación, respecto de los recursos de que dispongan sus miembros, así como de las prestaciones económicas a que pudieran tener derecho.

4. En el caso del Ingreso Mínimo Vital, será suficiente con la acreditación de la solicitud de dicha prestación en la solicitud de la ayuda económica básica y en las renovaciones reguladas en el artículo 18 de esta ley, quedando obligada la persona titular a presentar en su ayuntamiento la resolución, sea esta negativa o positiva, una vez le haya sido notificada por la Administración de la Seguridad Social.

5. La no concesión en plazo del Ingreso Mínimo Vital por la Administración de la Seguridad Social no será obstáculo para que sea reconocida a la misma unidad de convivencia el derecho a la ayuda económica básica que le pudiera corresponder, quedando obligada la persona titular a informar a su ayuntamiento una vez se haya resuelto la solicitud de dicha prestación estatal, a efectos de realizar, en su caso, las revisiones, modificaciones, deducciones o reintegros que procedan en relación al percibo de la ayuda económica básica.

Normativa legal y más información oficial

La regulación oficial es la contenida en la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción (versión del BOE actualizada).

Como hemos indicado,  siempre recomendamos solicitar esta ayuda a través de los Servicios Sociales, con el asesoramiento de los Trabajadores Sociales. 

Puede encontrarse más información en la web oficial:  https://www.gobiernodecanarias.org/derechossociales/inclusionsocial/pci/

La web oficial del Gobierno de Canarias dispone de un apartado especial titulado: preguntas frecuentes sobre la Prestación Canaria de Inserción (columna de la derecha “preguntas frecuentes”). 

 

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Cómo solicitar en 2023 la ayuda del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

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