El Salario Social Básico de Asturias
El Salario Social Básico de Asturias está destinado a garantizar unos ingresos mínimos a las personas en situación de vulnerabilidad. Explicamos sus requisitos en 2026, las nuevas cuantías y su convivencia obligatoria con el Ingreso Mínimo Vital.

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Aviso importante: El Salario Social frente al Ingreso Mínimo Vital
Actualizado: 23/09/2026
En el actual marco de protección social español, el Salario Social Básico (SSB) de Asturias es una prestación estrictamente subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital (IMV) estatal. Esto significa que es legalmente obligatorio solicitar primero el IMV a la Seguridad Social. Solo podrás acceder al Salario Social autonómico si te han denegado la ayuda estatal por algún motivo, o para complementar económicamente a tu unidad familiar si el IMV que te han concedido es inferior a lo que garantiza el Principado.
¿Qué es el Salario Social Básico en Asturias?
El Salario Social Básico es una prestación económica periódica y diferencial dirigida a personas que carecen de recursos suficientes para cubrir sus necesidades vitales. No se trata de un simple ingreso pasivo: la concesión de esta ayuda va unida a la obligación de suscribir y participar activamente en un Programa Personalizado de Incorporación Social y Laboral (PPISLA).
La ayuda se concede por unidad económica de convivencia independiente (UECI), lo que significa que solo es posible cobrar un único Salario Social por domicilio.
Nuevas cuantías y complementos (2026)
El importe exacto que se cobra es la diferencia entre el umbral máximo garantizado por Asturias y los ingresos que ya tenga tu familia (incluyendo lo que cobres del IMV). Los módulos básicos garantizados mensualmente se han actualizado y son los siguientes:
- 1 persona: 514,21 euros mensuales.
- 2 personas: 627,32 euros mensuales.
- 3 personas: 709,59 euros mensuales.
- 4 personas: 791,85 euros mensuales.
- 5 personas: 827,86 euros mensuales.
- 6 o más personas: 848,44 euros mensuales.
Complementos adicionales: El Principado suma a estas cifras base varios extras: un 10% adicional si hay menores de edad o jóvenes menores de 25 años en la familia, un 5% extra si hay personas con discapacidad o dependencia reconocida, y un complemento vital para el alquiler de vivienda que puede alcanzar hasta los 250 euros mensuales.
Requisitos para acceder al Salario Social Básico
Para que el Principado apruebe tu solicitud, debes cumplir rigurosamente las siguientes condiciones:
- Edad: Tener 25 años o más. La Ley 3/2021 contempla excepciones para jóvenes de entre 18 y 25 años si tienen menores o dependientes a cargo, son huérfanos absolutos, tienen una discapacidad superior al 45%, provienen de instituciones de tutela (extutelados) o son víctimas de violencia de género.
- Residencia y arraigo: Estar empadronado en cualquier concejo de Asturias y residir legalmente de forma ininterrumpida durante los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud (existen excepciones para emigrantes asturianos retornados o víctimas de violencia).
- Unidad de convivencia: Que la familia lleve constituida de forma independiente y estable al menos 6 meses.
- Carencia de rentas: Que los recursos económicos de toda la familia no superen el límite garantizado por el SSB para su tamaño.
- Búsqueda de empleo: Todos los miembros adultos deben estar inscritos como demandantes de empleo (apuntados al paro) y buscar trabajo activamente, salvo incapacidad médica.
- Solicitud previa de ayudas: Haber solicitado obligatoriamente el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y cualquier otra pensión a la que se pudiera tener derecho.
¿Qué documentación debo presentar?
Si no autorizas al Principado a cruzar tus datos con otras administraciones, la cantidad de papeles a presentar será muy alta. En cualquier caso, siempre es obligatorio aportar los formularios oficiales y la “Ficha de acreedor” (un documento bancario oficial donde indicas el IBAN en el que quieres cobrar). Como regla general se pedirá:
- Documento de identidad (DNI/NIE) y Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento histórico.
- Resolución de la Seguridad Social acreditando si te han concedido o denegado el Ingreso Mínimo Vital.
- Certificados bancarios con el saldo de todas las cuentas.
- Justificante de inscripción como demandante de empleo (SEPE/Trabajastur).
- Si pagas alquiler: contrato de arrendamiento y últimos recibos para pedir el complemento de vivienda.
Cómo solicitar el Salario Social Básico de Asturias
A diferencia de lo que ocurría en el pasado, actualmente existen dos vías plenamente operativas para realizar este trámite:
A) Presentación presencial (Vía recomendada)
Al tratarse de una ayuda que exige la firma de un programa de inserción, la vía más segura es acudir a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento. Allí, un trabajador social evaluará tu caso, te ayudará a rellenar la solicitud principal (junto con el Anexo 1 de datos de la unidad, el Anexo 2 de convivientes y el Anexo 3 de recursos) y elaborará el informe preceptivo para enviarlo a la Consejería de Derechos Sociales.
B) Presentación telemática (Por Internet)
Si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve, puedes presentar la solicitud completa directamente de forma online a través de la Sede Electrónica del Principado de Asturias o desde el registro de la Administración General del Estado. Deberás subir toda la documentación y anexos debidamente escaneados en formato PDF.
¿Cuándo se cobra y qué plazos hay?
Una vez registrada correctamente la solicitud, la Administración dispone de un plazo legal de tres meses para dictar y notificar la resolución (que llegará por correo certificado o electrónico). Si el expediente es aprobado, el pago de la ayuda se realiza a mes vencido mediante transferencia bancaria. Se ingresarán todos los atrasos generados desde el mes siguiente a la fecha de tu solicitud.
Para consultar dudas sobre tu expediente, el Principado de Asturias mantiene habilitados los teléfonos de información ciudadana 012 y 985 27 91 00.
Normativa legal e información oficial
- Portal oficial de Prestaciones de Asturias (Salario Social Básico)
- Sede Electrónica del Principado de Asturias (Para descarga de impresos y trámites)
- Ley 3/2021, de 20 de mayo, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales del Principado de Asturias (Norma que sustituye a la antigua ley de 2005).
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)