El Salario Social Básico de Asturias

Comparte este artículo

El Salario social de Asturias está destinado a las personas que no pueden cubrir sus necesidades básicas. Veamos los requisitos y cómo solicitarlo.

 

¿Qué es el Salario social básico?

 
Todas las comunidades tienen una prestación orientada a la ayuda de personas que se encuentran en una situación de dificultad económica y que no pueden cubrir las necesidades básicas, en Asturias hablamos del Salario social básico.
 
Esta ayuda consiste en una cuantía económica y la inclusión en un programa personalizado de incorporación social. El importe a recibir será de mínimo 440 euros mensuales, en caso de tratarse de una sola persona, y que irá aumentando según el número de miembros que formen la unidad de convivencia. En la actualidad reciben este salario social básico en Asturias más de 20.000 personas, con un total de beneficiarios (miembros de las unidades familiares) que supera los 45.000.
 
Es importante destacar que solo podrá solicitarse esta ayuda por un miembro de la unidad de convivencia, por lo que no es posible que se reciban dos salarios sociales en la misma vivienda.

 

¿Cuánto se cobra con esta ayuda?

 
El importe del salario social básico se calcula en función del número de personas que formen parte de la unidad económica de convivencia (UECI). Las cuantías figuran en las leyes de presupuestos del Principado de Asturias de cada ejercicio. Actualmente tales cuantías son:
 

  • Para una persona perceptora, un módulo básico de 442,96 euros mensuales.
  • Para UECIS de dos personas: 540,41 euros mensuales.
  • Para UECIS de tres miembros: 611,28 euros mensuales.
  • Para UECIS de cuatro miembros: 682,14 euros mensuales.
  • Para UECIS de cinco miembros: 713,16 euros mensuales.
  • Para UECIS de seis o más miembros: 730,88 euros mensuales.
  •  

    ¿Cuales son los requisitos para acceder al Salario social básico?

     
    Además de encontrarte en una situación económica difícil, deberás cumplir los siguientes requisitos para poder acceder al Salario social básico de Asturias:
     

  • Tener más de 25 años, o entre 18 y 25 años en algunos supuestos.
  • Llevar un mínimo de 2 años viviendo en Asturias y estar empadronado, salvo excepciones.
  • Que la unidad de convivencia lleve constituida al menos 6 meses.
  • Haber solicitado antes las prestaciones, pensiones o ayudas que puedan corresponder.
  • Buscar empleo de forma activa.
  • Que los recursos económicos de la unidad de convivencia no superen la cantidad que corresponda recibir por esta ayuda.
  •  
    Los requisitos de empadronamiento y residencia varían para ciudadanos no miembros de la Unión Europea, personas refugiadas, apátridas o transeúntes en situación de emergencia.

     

    ¿Qué documentación debo presentar?

     
    Será necesario presentar la solicitud de la ayuda con los anexos que correspondan, una ficha con los datos bancarios que expedirán en tu banco, y además:
     
    Documentación de la situación personal: copia de Libro de Familia en caso de matrimonio, certificados de inscripción en el registro civil en caso de parejas de hecho, así como la resolución judicial en caso de separación, divorcio, malos tratos o desahucios, y en su caso, certificado de discapacidad.
     
    Documentación laboral: certificado de alta como demandante de empleo, o en su caso, copia del contrato de trabajo y las últimas 3 nóminas o declaración fiscal si se es trabajador por cuenta ajena.
     
    Documentación de la situación económica: si se han tenido bienes inmuebles, copia de la escritura de compra venta o contrato de arrendamiento si lo hubiese, permiso de circulación y ficha técnica de los vehículos de que se dispongan y en caso de recibir becas, pensiones o ayudas de algún tipo, el documento de resolución positiva de las mismas o los documentos de solicitud.
     
    Si ninguno tiene ingresos, sólo será necesaria la documentación acreditativa de residencia, empadronamiento y el certificado de estar dado de alta como demandante de empleo.
     
    En cualquier caso, es conveniente preguntar en tu localidad la documentación necesaria en tu caso específico. Al final de este artículo hay un enlace hacia la normativa completa en materia de documentación que se ha de presentar.

     

    Cómo solicitar el Salario social básico de Asturias

     
    Este tipo de ayuda no se puede solicitar por internet, por lo que será necesario presentar la solicitud de forma presencial.
     
    Solicitar el Salario social básico de Asturias presencialmente
     
    Para solicitar esta ayuda deberás acudir a los Servicios Sociales de tu ayuntamiento y presentar la documentación necesaria: la solicitud (descargar en pdf) cumplimentada y los anexos necesarios.
     
    Para cada situación personal hay que presentar documentación específica, que se puede consultar en los formularios anexos.
     
    La respuesta de la administración autonómica te llegará por correo certificado, si no te localizan tras varios intentos se pasará a la publicación en el boletín oficial.
     
    Existe un teléfono de información oficia sobre el Salario Social Básico: 012 o 985 279 100

     

    ¿Cuándo se cobra el Salario Social en Asturias?

     
    El Principado de Asturias acumula varios meses de retraso en dar respuesta a las solicitudes del Salario Social, a pesar de estar establecido el plazo de dos meses por ley para responder a la solicitud, los retrasos continúan superando ese plazo.
     
    La Consejería expuso en diciembre que estaban buscando la forma de solucionarlo. Actualmente, se puede ver el estado de tramitación de solicitudes en la web de Asturias, donde se publica cada mes información respecto a la cantidad de solicitudes respondidas y pendientes.
     
    Se calcula que perciben el salario social más de 20.000 asturianos.
     
    Si has solicitado esta ayuda puedes dejar un comentario en la parte de abajo, indicando la fecha de solicitud, la de aprobación y la de pago (si has cobrado), para que le sirva de ayuda a otras personas en tu misma situación.

     

    Normativa legal y enlaces oficiales para la solicitud
     

  • Página web del Principado de Asturias (Salario social básico)
  • Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de salario social básico
  •  


    Este artículo se publica a efectos meramente informativos y muy simplificado. No constituye asesoramiento legal. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad.

    ¿Necesitas realizar una consulta personalizada profesional?

    HAZLO PULSANDO EN ESTE ENLACE

    2 comentarios en «El Salario Social Básico de Asturias»

      • Hola Borja. Es verdad que no es la petición más habitual, pero hay mucha gente que necesita dar de baja la prestación, por colocación, por recibir ingresos, para poder obtener otra ayuda incompatible, etc. Lo más sencillo es presentar un escrito a través del Registro dirigido al órgano que aprobó la prestación. Si tiene medio de identificación segura (certificado digital, clave o dni electrónico), lo puede presentar online desde cualquier registro electrónico de la Administración o si prefiere, entregarlo en un registro físico. El modelo genérico de instancia es este.

        Si necesita información específica, puede contactar con telefónicamente con los servicios del Principado, en el 985 27 91 00 o al 012 (985 27 91 00 desde fuera de Asturias) o pidiendo cita previa para la atención personalizada en las oficinas en https://sede.asturias.es/web/sede/contacta-con-nosotros/#persona o en los servicios sociales del ayuntamiento en que solicitó usted la ayuda.

        Un saludo

        Responder

    Deja un comentario

    Algunas respuestas se envían directamente por email y no se publican en la web.  Recuerda que es obligatorio marcar la aceptación en la casilla de "política de privacidad y normas de comentarios".

    Responsable de los datos: Gestión Técnica Digital | Finalidad: Moderación de comentarios y resolución de dudas | Los datos de contacto y contenido del mensaje pueden ser cedidos a un especialista para resolver la cuestión planteada, sin compromiso por ninguna de las partes. En cualquier momento podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido |