La Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)
La Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA) es una ayuda económica autonómica destinada a garantizar unos ingresos mínimos y fomentar la inserción de las personas vulnerables. Explicamos sus requisitos en 2026 y su relación con el Ingreso Mínimo Vital.

Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)
Actualizado: 23/09/2026
La Xunta de Galicia ofrece una serie de medidas de inclusión social basadas principalmente en dos pilares: una prestación económica mensual y un plan obligatorio de integración sociolaboral, dirigidas a personas con bajos recursos económicos que se encuentran en riesgo de exclusión.
Aviso importante (El Ingreso Mínimo Vital): En la actualidad, la RISGA es una ayuda de último recurso y estrictamente subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital (IMV) del Estado. Esto significa que es obligatorio solicitar primero el IMV a la Seguridad Social. Solo podrás acceder a la RISGA autonómica si te han denegado el IMV por algún motivo o para complementar económicamente tu situación si el IMV que te han concedido es inferior a los topes que marca la Xunta.
Requisitos para solicitar la RISGA
Para poder acceder a esta prestación, los solicitantes deben cumplir estrictamente los siguientes requisitos generales:
- Edad: Ser mayor de 25 años. (Existen excepciones que permiten pedirla antes si se tienen menores a cargo, se es víctima de violencia de género, se es huérfano absoluto o joven extutelado).
- Empadronamiento y Residencia: Residir legalmente en Galicia y haber estado empadronado de forma ininterrumpida en cualquier municipio de la comunidad durante al menos los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
- Carencia de recursos: Que los ingresos totales de la unidad familiar no superen el importe máximo que les correspondería cobrar por la propia RISGA.
- Solicitud previa de otras ayudas: Haber solicitado previamente todas las pensiones o prestaciones a las que se tuviera derecho, incluyendo las reclamaciones legales de pensiones alimenticias a familiares obligados y, por supuesto, el IMV estatal.
Exclusión importante: No podrán acceder a esta ayuda aquellas personas que ya estén percibiendo una Pensión No Contributiva (PNC) de jubilación o invalidez.
Tramos y Cuantías de la RISGA (2026)
La RISGA es una ayuda peculiar porque hace una diferenciación por “tramos” para calcular cuánto le corresponde a cada beneficiario. El importe base se vincula siempre a un porcentaje del IPREM vigente.
- Tramo Personal: Es la cuantía básica. En 2026, está fijada en el 75% del IPREM, lo que supone un ingreso de 450 euros mensuales para una persona que viva sola.
- Tramo Familiar: Si el solicitante no vive solo, a los 450 euros se le suman porcentajes adicionales del IPREM por cada miembro extra de la familia, hasta alcanzar topes máximos legales cercanos a los 800 euros para familias numerosas.
- Tramo de Inserción: Es un complemento adicional (15% o 35% extra del IPREM) para aquellas personas que se incorporen activamente a itinerarios intensivos de formación para el empleo. Tiene una duración máxima de 12 meses.
- Tramo de Transición al Empleo: Si un perceptor de la RISGA encuentra trabajo (con un contrato de al menos 6 meses), no le cortan la ayuda de golpe. Este tramo permite compatibilizar gradualmente el sueldo con una parte de la ayuda durante los primeros meses para no desincentivar el empleo.
¿Cómo solicitar la Renta de Inclusión Social en Galicia?
Aunque existe un registro telemático central, la propia naturaleza de esta ayuda exige una valoración social de tu caso, por lo que el trámite debe iniciarse a nivel local.
Vía Recomendada (Presencial):
Debes acudir a los Servicios Sociales del Ayuntamiento donde estés empadronado. Las trabajadoras sociales municipales son quienes tienen que abrir tu expediente, revisar tu documentación y, lo más importante, elaborar contigo el Proyecto de Integración Social (el compromiso de escolarizar niños, asistir a talleres, buscar trabajo, etc.). Una vez elaborado tu perfil, el Ayuntamiento derivará tu expediente a la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social de tu provincia (A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra).
Vía Telemática:
Si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o sistema Chave365, puedes presentar el impreso de solicitud (Anexo I) y anexar tu documentación (DNI, libro de familia, padrón histórico, certificados bancarios) a través de la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia. No obstante, posteriormente serás contactado por los Servicios Sociales de tu localidad para la firma del proyecto de integración.
Obligaciones del perceptor
La concesión de la RISGA no es un simple cheque en blanco; exige compromisos estrictos. Si la Xunta descubre que se han incumplido, suspenderá la ayuda y reclamará los cobros indebidos. Las principales obligaciones son:
- Comunicar a Servicios Sociales en el plazo máximo de un mes cualquier cambio de domicilio, alteración de los ingresos (como encontrar trabajo puntual) o cambios en el número de miembros de la familia.
- Cumplir puntualmente con todas las citas y actividades pactadas en el Convenio de Inclusión Sociolaboral.
- Escolarizar obligatoriamente a los menores a cargo y garantizar su asistencia al colegio.
Enlaces de información oficial:
- Portal de Política Social de la Xunta de Galicia
- Guía paso a paso para solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)