Cómo reclamar si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital

El INSS reconoce que se han rechazado más de 400.000 solicitudes del Ingreso Mínimo Vital, sobre todo por superar los topes de renta  y patrimonio. ¿Cómo se puede reclamar si no se está de acuerdo?

Reclamación previa ingreso minimo vital

Cómo presentar una reclamación por solicitud denegada del Ingreso Mínimo Vital

Actualizado: 30/12/2023

Miles de solicitantes del Ingreso Mínimo Vital han visto rechazadas sus solicitudes, aproximadamente un 50% del total .Las causas más habituales son no cumplir los “requisitos de vulnerabilidad económica” o los de la “unidad de convivencia”.

Si es su caso y considera que tendría derecho a esta ayuda, no deje transcurrir los plazos y presente una reclamación.

 

Primero, esperar a recibir la comunicación oficial por escrito

La Seguridad Social (INSS) está obligada a comunicar por escrito tanto la aprobación como el rechazo de todas las solicitudes del Ingreso Mínimo.  Por eso, aunque se lo hayan comunicado por teléfono o mediante un SMS, espere a recibir la carta en su domicilio.

Las cartas que envía el INSS son como la que aparece a continuación.  En ella se comunica la aprobación o el rechazo de la solicitud, y en el caso de haberse denegado, el motivo. Es importante conocer el motivo, ya que la reclamación o recurso que presentaremos tendrá que centrarse en demostrar que el motivo alegado por el INSS no es correcto.

Ejemplo de comunicación de solicitud del Ingreso Mínimo Vital denegada

 

Resolución INSS rechazando solicitud Ingreso Mínimo Vital

 

También es importante tener en cuenta el día en que se ha recibido la notificación, ya que el plazo para presentar la reclamación administrativa es de 30 días hábiles a partir del día siguiente a que se reciba esta carta.   Los 30 días son días hábiles, es decir, no se cuentan sábados, domingos ni festivos.

 

Cómo presentar una reclamación administrativa previa por el Ingreso Mínimo Vital

Antes de acudir a la vía judicial, hay que hacer un paso obligado, que es  presentar lo que se conoce como “reclamación administrativa previa a la vía jurisdiccional”, es decir, la reclamación administrativa previa que también se da frente a otras decisiones de la Seguridad Social, el SEPE, etc.

Importante:  no sirve de nada presentar una simple reclamación o queja porque le hayan denegado el Ingreso Mínimo.  Para no perder ningún derecho, hay que presentar un escrito formal, la reclamación administrativa previa, a través de un registro oficial.

La estructura que deberá tener este escrito, así como la forma y plazos se regulan en el art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.   En el se establece el  plazo de los 30 días  hábiles para reclamar y que la Entidad (INSS) deberá contestar expresamente a la misma en el plazo máximo de 45 días. Si no lo hace, se considerará que la reclamación ha sido denegada por silencio administrativo.

La parte más importante de la reclamación no es el aspecto formal, sino poder aportar todos los argumentos y documentación para rebatir los argumentos con los que el INSS ha denegado la solicitud.  En algunos casos no es tarea fácil, por lo que puede ser recomendable pedir asesoramiento a una ONG, sindicato, abogado, graduado social o gestor administrativo.

 

Modelo de reclamación previa para el Ingreso Mínimo Vital

En el escrito de reclamación previa deberá incluir la siguiente información:

  • Órgano del INSS al que va dirigida (Dirección Provincial que aparece en la notificación de denegación que ha recibido).
  • La identificación completa de la persona que solicitó el IMV (nombre, apellidos, DNI o NIE,), su domicilio y teléfonos y/o email de contacto.
  • Referencia de solicitud del IMV (tal y como aparece en la carta que recibió del INSS)
  • Luego, se exponen las alegaciones y se solicita al INSS que teniendo en cuenta las alegaciones presentadas y con la documentación aportada, vuelva a dictar resolución aprobando la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.
  • Se indica el lugar y la fecha y lo firma el solicitante.

Este es un modelo orientativo facilitado por el INSS (son válidos otros con estructura similar):

 

Modelo orientativo de reclamación previa por denegación IMV

Si quiere descargarse ese formulario en pdf de la Seguridad Social, puede hacerlo desde este enlace:  formulario de reclamación previa INSS (pdf)

Modelo orientativo de ejemplo de reclamación previa por denegación del IMV

Puede descargarse este modelo (Word) genérico y orientativo sobre la estructura de una reclamación previa ante la denegación del IMV:  modelo reclamación previa IMV

 

¿Dónde se presenta el escrito de reclamación?

Hay varios modos de presentar la reclamación previa por denegación del IMV:

  1. Por Internet, en el Registro Electrónico Común de la Administración (RED SARA), para lo que deberá tener certificado digital o DNI electrónico.
  2. En persona, en los CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social), pidiendo cita previa (obligatoria).
  3. En cualquier oficina de Correos, enviando un correo administrativo.  Se presenta en un sobre abierto dirigido a la Dirección  Provincial del INSS  dos copias del escrito de reclamación previa.  Correos las sella y lo envía al INSS, dando un resguardo y la copia sellada al ciudadano.  Es importante indicar al trabajador de Correos que lo que se va a enviar es “un correo administrativo”, ya que no se trata de una simple carta certificada, sino que Correos actúa como Registro. Este servicio tiene coste, que depende del número de  páginas (suele estar sobre los 6 euros). Explicamos más detalles en esta guía (punto 4)
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registrosDirectorio de oficinas de Registro.
  5. La página de la Seguridad Social tiene un sistema especial que permite presentar una reclamación previa por Internet, sin tener certificado digital o clave.  El sistema de identificación se hace a través de una fotografía (del DNI y de su titular) y está disponible en este enlace: https://tramites.seg-social.es/acceso/reclamacion-previa.html

¿Qué sucede si el INSS deniega la reclamación administrativa previa del IMV?

Como hemos visto, la Seguridad Social tiene un plazo de 45 días hábiles para contestar la reclamación previa. Pueden suceder dos cosas:

-Que el INSS emita resolución rechazando la reclamación y se la notifique al ciudadano o bien,

-que pasen los 45 días hábiles y no hay contestación del INSS. En ese caso se interpretará como silencio administrativo negativo, es decir, como solicitud rechazada.

En ambos casos, queda terminada la vía administrativa y la única opción que le queda al solicitante de la ayuda es acudir a los Tribunales, presentando una demanda judicial contra el INSS en los Juzgados de lo Social.

Es muy importante recordar que la demanda judicial hay que presentarla en los 30 días hábiles siguientes a recibir la resolución por la que el INSS rechazaba la reclamación previa (o desde el día que se entienda denegada por el silencio administrativo negativo). Si se deja pasar este plazo, no es posible ya presentar la demanda.

Aunque para presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social no es obligatorio contar con la intervención de un abogado y el ciudadano se puede representar a si mismo, no es lo más recomendable. Está en juego una ayuda muy importante, el Ingreso Mínimo Vital, que una vez aprobada tiene carácter permanente. La normativa del Ingreso Mínimo Vital es muy farragosa y más aún las resoluciones del INSS denegándola, que no facilitan demasiada información sobre las causas del rechazo.

Para intentar que la demanda tenga las máximas oportunidades de éxito es importante contar con ayuda de un profesional, sea un abogado, graduado social, gestor administrativo, o expertos en asesoramiento en esta materia a través de sindicatos, organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones.

Más información relacionada:

Guía 2024 del Ingreso Mínimo Vital

Este contenido se publica a efectos meramente informativos y muy simplificado. No constituye en modo alguno asesoramiento legal. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad.

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3 comentarios en «Cómo reclamar si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital»

  1. Buenos días que bien artículo y que bien explicado,entonces es cuando a mí me surgen mis dudas.Me han denegado el complemento a l infancia,porque me indican que no está demostrado la unidad de convivencia en los 6 meses anteriores a la solicitud,soy mamá separada con 2 menores,lo que viene siendo familia monoparental,e imagino que lo indican porque viviendo con mis hijos sola llevaba desde Septiembre y la solicitud la eché en Enero y después de más de un año me deniegan,que me aconsejan que pueda hacer y como demuestro que mis hijos han sido mi unidad de convivencia siempre,gracias por el trabajo que realizáis.

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  2. Buenas,, yo estaba cobrando el inglés o mínimo,,, y vivo en casa d mi cuñado pues m cuñado sea empadronado en su casa,,, donde yo vivo,,, pues yo lo comunique,,, y melon quitado diciendo q no yeva seis meses, y yeva 14 mese,,, loe recurrido con l trabajadora social.. Queno esto de acuerdo… No se q pasará…. Por era lo único q cobraba esto desesperada….. M puede ayudar por fa….

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  3. Hola, que buen artículo, por fin alguien explica con pelos y señales, como, donde y cuando. Sin embargo, me queda una duda. Yo tenía el IMV y comuniqué un cambio de convivencia, ya que mi hija se ha mudado a los Países Bajos. Pero cuando ellos averiguaron el padrón, resulta que el instituto nacional de estadística no le había comunicado la baja del padrón a mi ayuntamiento aún y por tanto, me quitaron el imv por no cuadrarles la unidad de convivencia con el padrón.
    He reclamado está decisión el día 18 de octubre por la vía que habéis descrito aquí, todo correcto. Pero aún no tengo respuesta y en la página de mi caso pone que mi reclamación aún está en curso. Los 45 días están acabando. Que me aconsejáis hacer?

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