TGSS, la Tesorería General de la Seguridad Social

La TGSS, Tesorería General de la Seguridad Social, es el órgano encargado de gestionar la caja única, donde van las cotizaciones de trabajadores y empresas y desde donde se realiza el pago de las prestaciones.

Teléfono de información, cita previa  y localización de las oficinas.

TGSS: Tesorería General de la Seguridad Social

 
La Tesorería General de la Seguridad Social, también conocida como TGSS, es un órgano que se encarga de gestionar los recursos económicos y la administración financiera de la Seguridad Social.
 
Este órgano, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, es el encargado de gestionar la caja única, como la define el art. 74 de la LGSS.
 
Esta “caja” que controla la TGSS es donde van a parar las cotizaciones y desde donde se realiza el pago de las prestaciones de la Seguridad Social, destacando, por ejemplo, las pensiones de viudedad, de jubilación, la prestación por maternidad o paternidad, la incapacidad temporal, las incapacidades permanentes, etc.
 
Sin embargo, a pesar de ser la TGSS quien realiza el pago, estas prestaciones no se solicitan en la Tesorería General de la Seguridad Social, sino en el INSS, el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
 

Oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social

Generalmente, no es necesario solicitar cita previa para acudir a una de las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social, ya que en la propia oficina se puede coger un número para el tipo de trámite que vaya a realizar. Esta es la regla general, aunque puede depender de la oficina, por lo que se recomienda llamar antes de acudir.
 
Buscador de oficinas
 
Puedes utilizarse este buscador para localizar la oficina de la TGSS más cercana o consultar esta guía para encontrar tu oficina de la TGSS.
 
Las oficinas del INSS, por el contrario, si exigen solicitar cita previa.
 
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Teléfono de la TGSS

 
La Tesorería también tiene un sistema de información telefónica, en el que se puede llamar por teléfono y realizar tu consulta sobre afiliación, inscripción, o cualquier cuestión de información general. El teléfono es el 901 50 20 50 y está disponible de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas.

 

Pedir un certificado de vida laboral en la TGSS

 
Uno de los trámites más destacados que realiza la TGSS es la solicitud de la vida laboral, un documento en el que aparecen tus datos identificativos y el periodo de tiempo que has cotizado a la Seguridad Social. Este documento se puede obtener de varias formas (en el momento online con certificado, por sms, por teléfono o envío a domicilio) .
 
Puedes consultar en este enlace las distintas formas de distintas formas de obtener la vida laboral (+información).

 

¿Qué competencias tiene la TGSS?

 
Además del pago de prestaciones y de la gestión financiera de la Seguridad Social, la TGSS se encarga de otras gestiones como:

  • La inscripción de empresas
  • La afiliación o alta de los trabajadores en la Seguridad Social, así como su baja o modificación de datos.
  • La recaudación o aplazamiento de cuotas.
  • Gestionar y administrar los bienes y derechos del patrimonio de la Seguridad Social.
  • Expedición de informes como el de vida laboral, o de certificados.
  • La constitución y gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
  • O la venta de bienes embargados en subastas públicas, entre otras funciones.

El primer contacto que suele tener con la Tesorería un trabajador se produce con su primer empleo, ya que si no ha trabajado antes es en la Tesorería  donde deberá acudir para solicitar el número de la Seguridad Social.

 

Subastas públicas en la Tesorería General de la Seguridad Social

 
Puesto que la TGSS se encarga de la gestión financiera y económica, cuando existe una persona con una deuda con la Seguridad Social, ésta intenta que sea abonada. A veces no es posible y esa deuda acaba con el embargo de una cantidad de dinero o de bienes. Si se produce un embargo de bienes, la Tesorería de la Seguridad Social deberá venderlos en una subasta pública, concurso o adjudicación directa. Generalmente la forma habitual será la subasta.
 
Para poder pujar en una subasta pública se deberá:

  • Presentar el documento de identidad, o el pasaporte o NIE en caso de ser extranjero.
  • Consignar el 30% del precio de salida del bien por el que se vaya a pujar mediante un cheque certificado a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social.

También se puede pujar presentando en un sobre cerrado una copia del documento de identidad, la cantidad que se puja, el bien del que se trata y el cheque certificado con el 25% del valor inicial de la subasta del bien.

Hay que tener en cuenta que en el resguardo justificativo de la consignación o del depósito debe constar la hora y el minuto en que se haya realizado la entrega y el número de orden que le haya otorgado.

Si quieres consultar más información sobre un bien puedes dirigirse a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social donde vaya a ser subastado o a la Unidad de Recaudación Ejecutiva (U.R.E.). También puedes consultar las Subastas y Concursos de bienes en la web de la Seguridad Social por comunidad autónoma o tipo de bien.
 
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La Seguridad Social: gestiones por internet

 
En las distintas webs y plataformas de la Seguridad Social se pueden realizar distintos tipos de trámites que competen tanto a la TGSS como al INSS.
 

El Sistema RED

 
Por otra parte, el Sistema RED es una plataforma destinada a facilitar la realización de trámites o la presentación de documentación entre empresas y la Seguridad Social. De este modo, las empresas pueden realizar gestiones por internet, tales como dar de alta a un trabajador o enviar un certificado de paternidad de un empleado a la Seguridad Social.

Se trata de un sistema utilizado generalmente por gestorias o despachos que actúan en nombre de los empresarios, ya que es obligatorio utilizar esta plataforma para, por ejemplo, las empresas o autónomos que tengan contratado algún trabajador, lo que puede resultar algo complejo.

Puedes encontrar más información en esta Guía sobre el Sistema RED.
 

Sede electrónica de la Seguridad Social

 
Este sistema permite realizar numerosos trámites como obtener certificados al momento, modificar tus datos, presentar solicitudes o, incluso pagar con una tarjeta de débito o crédito las deudas de la Seguridad Social que se encuentren en periodo de pago voluntario.

La finalidad de esta sede es facilitar la comunicación entre los ciudadanos y la administración de la Seguridad Social, permitiendo realizar trámites sin necesidad de ir a la oficina. Según la gestión se podrá realizar sin necesidad de certificado digital, DNI electrónico ni usuario y contraseña del Sistema Clave, aunque se recomienda tener uno de estos métodos de identificación para poder identificarnos y realizar todos los trámites disponibles en esta sede.

Puedes consultar aquí el listado completo de trámites disponibles en la Sede electrónica de la Seguridad Social.

 

Tú Seguridad Social

 
También existe un portal llamado ‘Tú Seguridad Social‘ al que puedes acceder siempre que cuentes con certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña del sistema clave de identificación.
 
La diferencia entre este portal y la sede electrónica es que al acceder a ‘Tú Seguridad Social’ tienes todos tus trámites disponibles. Puedes consultar tu cotización, tus pensiones, utilizar un simulador para calcular tu prestación por maternidad o tu jubilación, etc.
 
Se trata de un portal personal, por lo que el sistema cuenta con tus datos para cualquier consulta. Por ejemplo, si accedes al apartado ‘Asistencia Sanitaria’ automáticamente podrás ver si tienes derecho a ella o si tienes beneficiarios, sin embargo, desde la Sede electrónica (sin identificarte) tendrías que introducir todos tus datos y esperar una respuesta.

 

Otros artículos relacionados:
 

  • Oficinas de la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social).
  • Cómo modificar tus datos en la Seguridad Social.
  • El simulador de pensiones de la Seguridad Social.
  • INSS o TGSS, ¿dónde realizar los trámites de la Seguridad Social?
  •  
    Fuentes y más información:
     

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  • Página web de la Seguridad Social.
  • Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS)
  • Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Reglamento Recaudación)
  •  

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