Cobro la RAI y cumplo los requisitos del subsidio de mayores de 52 ¿puedo pedirlo?

Si estás cobrando la RAI y cumples los requisitos del nuevo subsidio de mayores de 52 años, debes pedir cita previa cuanto antes. Te explicamos las razones.

 

Ventajas del subsidio de mayores de 52 años frente a la RAI

 
La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria que pueden cobrar desempleados que se encuentran en situaciones de especial dificultad para encontrar un trabajo: víctimas de violencia de género, emigrantes retornados mayores de 45 años, discapacidades iguales o superiores al 33%, y desempleados de larga duración mayores de 45 años.
 
Este último grupo, el de personas que cobran la RAI para mayores de 45 años,  es el más numeroso.  Hasta el pasado 13 de marzo, muchos desempleados no podían solicitar el anterior subsidio de mayores de 55 años por no llegar a esa edad y encontraban en la RAI una ayuda económica provisional durante tres anualidades.
 

Ahora, con la rebaja de la edad de 55 a 52 años, hay un colectivo importante de personas que están cobrando la RAI y comprueban que también cumplen los requisitos del nuevo subsidio de mayores de 52 años.

 
¿Debe pedirse el subsidio de mayores de 52 años aunque se esté cobrando la RAI?
 
Si. Y hay que hacerlo cuanto antes. Aunque en ambos se cobra lo mismo, una cantidad constante de 430 euros al mes, estas son las ventajas del subsidio de mayores de 52 frente a la RAI:

  1.  El subsidio dura hasta la edad legal de jubilación ordinaria, mientras que la RAI tan solo dura un año, renovable como máximo en tres ocasiones.
  2. El subsidio cotiza para la jubilación por la base mínima, mientras que en la RAI no se cotiza para jubilación.
  3. El subsidio no tiene en cuenta las rentas del resto de miembros de la unidad familiar (cónyuge, hijos), tan solo las del solicitante.  La RAI si tiene en cuenta el incremento de rentas de la unidad familiar.
  4. El régimen de sanciones en el subsidio es mucho menos severo que en la RAI. Olvidarte de sellar el paro en un subsidio supone un mes de sanción. En la RAI, la pérdida total de la ayuda.

 


 

¿Qué debo hacer si estoy cobrando la RAI y pienso que puedo pedir el subsidio de mayores de 52 años?

 
Lo primero de todo es tener claro que no hay que renunciar formalmente a la  RAI que ya se tiene concedida.  Se solicita el subsidio para mayores de 52 años y en el momento en que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) reconozca el nuevo derecho al subsidio,  la RAI se dará de baja automáticamente.
 
El primer trámite que hay que hacer es pedir cuanto antes cita previa en la oficina de empleo.  Según se está indicando en las oficinas de empleo, este paso de la RAI al subsidio de mayores de 52 años no se puede tramitar a través de la sede electrónica del SEPE, sino que hay que hacerlo presencialmente en las oficinas de empleo del SEPE.  Para ello hay que pedir cita previa por teléfono o bien cita previa por Internet.
 
Como se viene haciendo hasta ahora, el SEPE tomará como fecha de solicitud el día en que se ha pedido cita previa, bien por teléfono o bien por internet. Por ello esa será la fecha de la “conversión de la RAI al subsidio de mayores de 52”, por lo que la cita  hay que pedirla cuanto antes.
 
Antes de solicitarlo, comprueba bien que cumplirás los requisitos para que te concedan el subsidio de mayores de 52.
 
No todas las personas que están cobrando la RAI pueden solicitar el subsidio. Los requisitos de esta ayuda los explicamos con detalle en la guía del subsidio de mayores de 52 años, y los resumimos aquí adaptados a las personas que están cobrando la RAI:

  1. Cumplir los requisitos para acceder en este momento a una pensión contributiva ordinaria de jubilación.  Esto significa tener a lo largo de la vida laboral al menos 15 años acumulados de cotizaciones para la jubilación y que de esos 15, haya al menos 2 que se hayan generado en los últimos quince años.
  2. Tener al menos 6 años con cotizaciones por desempleo.  Dentro del total de años de cotizaciones para la jubilación (15 como mínimo), debe haber como mínimo entre ellos al menos 6 años cotizados en el régimen general, que es el que cotiza por desempleo.
  3. Para hacer el paso de la RAI al subsidio, el SEPE pide además como condición específica que anteriormente a la RAI “se haya percibido otro subsidio distinto del SED y que, desde entonces, haya mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida, o con interrupciones inferiores a 90 días naturales o que se deban a la realización de actividad.”  Es decir, que desde el último subsidio o prestación que se cobró antes de la RAI, se haya estado continuamente apuntado al paro.

Si estás cobrando la RAI y cumples estas condiciones, pide cita previa cuanto antes para solicitar ya el subsidio.

 

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