Un trabajador nos consulta si tiene derecho a que la empresa le de un permiso para ausentarse del trabajo porque tiene que ir al examen oficial del carnet de conducir
¿Hay un permiso laboral para acudir al examen del carnet de conducir?
Actualizado: 15/12/2024
Como veremos más adelante, acudir al examen del carnet de conducir no está regulado como un derecho automático a un permiso retribuido en el Estatuto de los Trabajadores. La clave estará en revisar el convenio colectivo aplicable y negociar con la empresa en función de las necesidades del puesto y las políticas internas.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el derecho a pedir permiso para acudir al examen de conducir?
En el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores se hace referencia a los permisos para concurrir a exámenes, pero precisa que han de serlo en estudios para la obtención de un título académico o profesional, por lo que hay duda sobre si se puede considerar el permiso de conducir como un “título académico o profesional”.
Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.
1. El trabajador tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional. ( )
2. En la negociación colectiva se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre trabajadores de uno y otro sexo. ( )
En este punto, sobre si el trabajador tiene derecho a un permiso para examinarse del carnet de conducir, hay sentencias contradictorias, aunque muchas de ellas admiten que se puede considerar el examen del carnet de conducir como un examen oficial (por ejemplo, Sentencia Social Nº 153/2006 del TSJ de Castilla y León).
Y si hay permiso laboral ¿es tiempo retribuido o no?
En el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que regula los permisos retribuidos , no hay mención a que este tipo de permiso figure entre los permisos retribuidos.
Sin embargo, hay algunos convenios colectivos que reconocen explícitamente que “los exámenes para la obtención del permiso de conducir igualmente se encuentran asimilados a los supuestos anteriores” (exámenes par la obtención de un título académico o profesional), como pone de manifiesto la Sentencia del TSJM 18 de octubre de 2023, que aclara que el derecho al permiso retribuido se genera únicamente cuando el examen se celebra dentro de la jornada laboral y durante el tiempo indispensable para la concurrencia al examen.
Recomendaciones para el trabajador
Ante esta falta de concreción del Estatuto de los Trabajadores, recomendamos lo siguiente:
- Consulta el convenio colectivo aplicable:
Algunos convenios incluyen permisos específicos para exámenes o circunstancias personales. Es imprescindible ver si en el convenio colectivo que se aplica al puesto de trabajo hay alguna mención a los exámenes para el permiso de conducir. - Solicita a la empresa el permiso por escrito e intenta llegar a un acuerdo:
Realiza la solicitud por escrito, especificando el motivo y las horas necesarias. Si llegas a un acuerdo con la empresa, deja también constancia del acuerdo en la comunicación. - Planificar con antelación:
Informa con suficiente tiempo a la empresa para evitar conflictos. Aporta siempre la documentación justificativa de tu convocatoria al examen y trata de encontrar soluciones negociadas.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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