¿Qué cambios debo comunicar al SEPE para no perder el subsidio?

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Si se recibe un subsidio por desempleo, la normativa impone la obligación de informar al Servicio Público de Empleo de este tipo de cambios:

Oficina SEPE

Cambio de situaciones que es obligatorio comunicar al SEPE si estás cobrando un subsidio

Actualizado: 31/08/2024

Cuando se solicita uno de los subsidios por desempleo, en el impreso aparecen indicadas una serie de obligaciones. Una de ellas dice lo siguiente:

“Obligación de solicitar la baja en el subsidio, cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción. “

Obligaciones de los beneficiarios de subsidios por desempleo

¿A qué situaciones se refiere en concreto el SEPE?

Debes comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en cuanto vaya a producirse, cualquier circunstancia que suponga una modificación de tu situación con respecto al momento en que fue aprobada tu solicitud de prestaciones. Por ejemplo:

– Tu colocación (a tiempo completo o parcial). Es decir, si has comenzado a trabajar por cuenta ajena.

– Si obtienes ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI vigente). Estamos hablando de tener rentas e ingresos que superen los 850,50 euros mensuales.

– El cambio de la situación de las personas que componen tu unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares para el acceso y mantenimiento del subsidio por desempleo: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc. Esto es obligatorio en aquellos subsidios que tienen en cuenta la existencia de cargas familiares.

– Variación del número de hijos o hijas a tu cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía de la prestación por desempleo. Ejemplos: que un hijo o hija cumpla 26 años o que obtenga rentas propias superiores al SMI, de forma que deje de estar a tu cargo, asimismo, el nacimiento o el fallecimiento.

– Variación de tu situación personal. Por ejemplo: matrimonio, viudedad, separación, etc.).

Se considerará pareja de hecho la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos de un año de antelación, no requiriéndose este requisito en el caso de que existan hijos o hijas en común

– La incapacidad temporal o la maternidad o paternidad.

– Recibir una prestación de Incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social que pueda ser incompatible con las prestaciones.

– El cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o salida del ámbito de protección del subsidio agrario si eres una persona trabajadora eventual del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.

¿Cómo se comunican estos cambios al SEPE?

Más información: SEPE

Descarga del impreso de solicitud de los subsidios por desempleo (pdf)

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