Si se recibe un subsidio por desempleo, la normativa impone la obligación de informar al Servicio Público de Empleo de este tipo de cambios:
Cambio de situaciones que es obligatorio comunicar al SEPE si estás cobrando un subsidio
Actualizado: 31/08/2024
Cuando se solicita uno de los subsidios por desempleo, en el impreso aparecen indicadas una serie de obligaciones. Una de ellas dice lo siguiente:
“Obligación de solicitar la baja en el subsidio, cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción. “
¿A qué situaciones se refiere en concreto el SEPE?
Debes comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en cuanto vaya a producirse, cualquier circunstancia que suponga una modificación de tu situación con respecto al momento en que fue aprobada tu solicitud de prestaciones. Por ejemplo:
– Tu colocación (a tiempo completo o parcial). Es decir, si has comenzado a trabajar por cuenta ajena.
– Si obtienes ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI vigente). Estamos hablando de tener rentas e ingresos que superen los 850,50 euros mensuales.
– El cambio de la situación de las personas que componen tu unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares para el acceso y mantenimiento del subsidio por desempleo: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc. Esto es obligatorio en aquellos subsidios que tienen en cuenta la existencia de cargas familiares.
– Variación del número de hijos o hijas a tu cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía de la prestación por desempleo. Ejemplos: que un hijo o hija cumpla 26 años o que obtenga rentas propias superiores al SMI, de forma que deje de estar a tu cargo, asimismo, el nacimiento o el fallecimiento.
– Variación de tu situación personal. Por ejemplo: matrimonio, viudedad, separación, etc.).
Se considerará pareja de hecho la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos de un año de antelación, no requiriéndose este requisito en el caso de que existan hijos o hijas en común
– La incapacidad temporal o la maternidad o paternidad.
– Recibir una prestación de Incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social que pueda ser incompatible con las prestaciones.
– El cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o salida del ámbito de protección del subsidio agrario si eres una persona trabajadora eventual del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
¿Cómo se comunican estos cambios al SEPE?
- A través de la sede electrónica de la Seguridad Social, si tienes certificado digital, DNI electrónico o clave. Si no los tienes, mediante el formulario de pre-solicitud.
- De forma presencial en tu oficina de prestaciones del SEPE, solicitando cita previa por teléfono o cita previa por Internet.
Más información: SEPE
Descarga del impreso de solicitud de los subsidios por desempleo (pdf)
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