La Renta Agraria

Los trabajadores eventuales del campo de Andalucía y Extremadura pueden acogerse a una serie de ayudas por desempleo específicas.

Analizamos los requisitos para solicitar la Renta Agraria y facilitamos toda la información y guías oficiales.

Prestaciones por desempleo agrario en Andalucía y Extremadura

La protección por desempleo en los trabajadores agrarios

Actualizado: 23/11/2023

El sistema de protección por desempleo previsto para los trabajadores eventuales agrarios incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) residentes en Andalucía y Extremadura está formado por dos clases de prestaciones:

A) La prestación contributiva por desempleo, como el resto de los trabajadores (salvo algunas particularidades)

B) Las ayudas asistenciales específicas para el sector agrario:

  1. El subsidio agrario
  2. El subsidio agrario para mayores de 52 años
  3. La Renta agraria, que es lo que vamos a explicar en este artículo

 

En qué consiste la Renta Agraria

La Renta agraria es una ayuda específica que se creó teniendo en cuenta el mayor volumen de trabajadores eventuales del campo existente en Andalucía y Extremadura y el alto porcentaje de desempleo entre este colectivo.

El Tribunal Constitucional avaló avaló la existencia de una ayuda específica para los trabajadores de dos únicas Comunidades Autónomas, por lo que se rechazó considerarlo como una prestación discriminatoria.

Requisitos para solicitar la Renta Agraria en Andalucía y Extremadura

Para solicitar esta ayuda se deben cumplir todas estas condiciones:

  • Pertenecer al colectivo de trabajador eventual agrario por cuenta ajena.
  • Estar empadronado y con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura un mínimo de 10 años.
  • No haberse beneficiado del subsidio por desempleo agrario en alguno de los 3 años anteriores a la solicitud.
  • Estar inscrito y haber cotizado en el censo del SEASS ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de jornadas reales.  Hasta el 31 de diciembre de 2023, solo son necesarios 10 jornales.
  • Tener carencia de rentas.  Esto significa no tener rentas de cualquier tipo que en cálculo anual superen la cuantía del salario mínimo interprofesional vigente (1.080 euros al mes en 2023) y no superar el límite familiar de rentas establecido. Para el cálculo de las rentas se tendrá en cuenta su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, será el que resulte de la diferencia entre los ingresos y los gastos que se necesiten para obtener dichos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
  • Inscribirse como demandante de empleo, manteniendo dicha inscripción durante todo el período de cobro de la ayuda y suscribir el compromiso de actividad (buscar activamente empleo, aceptar ofertas de trabajo, cursos y sesiones de orientación).

 

¿Cuánto se recibe en la Renta Agraria?

El importe que se cobra como ayuda varía según el número de jornadas reales trabajadas, y el IPREM (índice de precios anual)  vigente en cada momento.

Cuantía y pago de la renta según número de jornadas
Número de jornadas reales  Porcentaje sobre el IPREM
De 35 a 64 80%
De 65 a 94 85%
De 95 a 124 91%
De 125 a 154 96%
De 155 a 179 101%
Desde 180 107%

Según informa el SEPE, las jornadas realizadas como personas trabajadoras fijas discontinuas se tendrán en cuenta a todos los efectos, y no solo para el acceso al derecho. Por tanto, también se tomarán en consideración a efectos de la duración y cuantía de las prestaciones (disp. transit. 2ª, RD 5/1997 y arts. 4 y 5, RD 426/2003).

Duración de la Renta Agraria:

La duración depende de la edad del solicitante, de si tiene o no responsabilidades familiares y del número de días trabajados en los 12 meses anteriores.

Edad Sin responsabilidades familiares Con responsabilidades familiares
De 16 a 24 años 3.4 días por cada día trabajado (con un máximo de 180 días) 180 días
De 25 a 51 años 180 días 180 días
De 52 años o más 300 días 300 días

 

Se entienden por responsabilidades familiares, tener a cargo al cónyuge y/o hijos o menores acogidos, con los que conviva, cuando las rentas de la unidad familiar incluido el solicitante, divididas por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, 810 euros al mes (actualizado a 2023).

¿Cuándo se recibe la ayuda?

Se empieza a recibir al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en ese plazo el solicitante se coloque o participe en acciones de inserción laboral.  En ese caso el pago comienza el día siguiente al que finalice la primera colocación o se inicie la primera acción de inserción laboral.

Plazo para pedir la Renta Agraria

Debe de estar ya inscrito como demandante de empleo, o apuntarse al paro en el momento de pedir la Renta Agraria.

La solicitud de renta agraria podrá presentarse, si se solicita por primera vez, a partir de la situación de desempleo. Y en caso de haberla percibido con anterioridad, a partir de que hayan transcurrido 12 meses, al menos, desde el inicio del derecho anterior.

Documentación para solicitar la Renta Agraria y guías oficiales

Puede consultarlo aquí:

Regulación legal : Real Decreto 426/2003, de 11 de abril

 

Otros artículos relacionados

¿Cuántos jornales se necesitan para solicitar la renta agraria o el subsidio por desempleo?

Este contenido se publica a efectos meramente informativos y muy simplificado. No constituye en modo alguno asesoramiento legal. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad.

Puedes enviar una consulta personalizada a un profesional PULSANDO EN ESTE ENLACE

Reducción a 10 peonadas subsidio agricola

Si te ha parecido útil, comparte este artículo

Deja un comentario

Algunas respuestas se envían directamente por email y no se publican en la web.  Recuerda que es obligatorio marcar la aceptación en la casilla de "política de privacidad y normas de comentarios".

Responsable de los datos: Gestión Técnica Digital | Finalidad: Moderación de comentarios y resolución de dudas | Los datos de contacto y contenido del mensaje pueden ser cedidos a un especialista para resolver la cuestión planteada, sin compromiso por ninguna de las partes. En cualquier momento podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido |