Renta Activa de Inserción para desempleados con discapacidad.
La RAI ha quedado derogada desde el 1 de noviembre de 2024
Actualizado: 03/03/2025
Importante: la reforma de los subsidios del RDL 2/2024 derogó la RAI a partir del 01/11/2024. Es decir, a partir del 1 de noviembre de 2024 ya no se pueden solicitar nuevas RAI ni prórrogas de las antiguas, como explicamos en este artículo.
Eso si, las personas que ya tenían reconocida una RAI antes de la reforma, podrán seguir cobrándola, ya que la normativa permite que se les siga aplicando la legislación antigua hasta que terminen totalmente la duración de la ayuda.
Para las personas que mantienen una RAI con la normativa antigua publicamos la siguiente información:
Requisitos de la RAI para personas con discapacidad que hay que mantener durante la percepción de la ayuda
Los requisitos para pedir esta ayuda en esta situación son los siguientes:
- Estar desempleado
- No tener 65 años o más.
- Tener una discapacidad del 33% o superior o una incapacidad permanente del 33% o superior.
- Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo en algún momento anterior durante la vida laboral. Se tienen en cuenta las ayudas cobradas desde octubre de 1980. Este es uno de los requisitos que más dificulta solicitar la RAI a las personas con discapacidad, ya que en definitiva supone que únicamente la pueden solicitar aquellos que en algún momento a lo largo de su vida laboral hayan cobrado alguna de las modalidades de paro.
- Ser parado de larga duración, es decir, llevar inscrito como demandante de empleo al menos 12 meses. Para este cómputo no se considera que se ha interrumpido el periodo de inscripción si se trabaja menos de 90 días. La salida al extranjero por cualquier motivo se considera una interrupción.
- No haber pedido esta ayuda ya tres veces. Como máximo se pueden pedir tres anualidades de la RAI, no más.
- No superar el límite individual de carencia de rentas, que actualmente es 850 euros al mes (2024) (850,50 € es el 75% del Salario mínimo Interprofesional).
- No superar el límite de carencia de rentas en la unidad familiar, que es de 850 euros al mes por cada miembro de la unidad.
- Haber realizado la Búsqueda Activa de Empleo. Recuerde que antes de solicitar la RAI ante el SEPE (servicio de empleo estatal), tiene que acudir al Servicio de Empleo de su Comunidad Autónoma para que ellos le sellen el certificado de haber hecho las acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Sin ese certificado, el SEPE no autorizará la RAI.
- Suscribir el compromiso de actividad.
Estos requisitos se tienen que cumplir al pedir la ayuda y mantener durante toda la duración de la misma.
¿Qué discapacidad es necesaria para pedir esta ayuda?
Para pode pedir esta ayuda es necesario tener reconocida una discapacidad igual o superior 33% o una incapacidad que suponga una disminución en la capacidad para trabajar del 33%.
En el caso de la incapacidad esta tiene que estar reconocida por la Seguridad Social o por el Ministerio de Defensa en el caso de la retiro por incapacidad o inutilidad. En el caso de la discapacidad esta tiene que estar legalmente reconocida mediante el certificado de discapacidad expedido por el IMSERSO o la Administración de la Comunidad Autónoma.
Duración y cuantía de la Renta Activa
Esta ayuda dura 11 meses, y se recibe desde el día después de la solicitud, una vez que es aprobada. La cuantía de la ayuda es el 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes en 2024.
¿Cómo se pide y que documentación se necesita para solicitar la RAI?
La ayuda se puede pedir de varia formas:
- De forma presencial, en la oficina de prestaciones, solicitando cita previa al SEPE.
- Desde la sede electrónica del SEPE,, en este enlace, si tiene certificado digital, DNI electrónico o clave.
- Desde la web del SEPE, sin certificado digital, utilizando el formulario de pre-solicitud.
Es necesario presentar la siguiente documentación:
- El modelo de solicitud, que se entrega en la propia oficina.
- El DNI/NIE.
- En el caso de formar una unidad familiar, el DNI/NIE y el libro de familia de los integrantes de la familia.
- Si en la unidad familiar hay hijos discapacitados mayores de 26 años, el certificado de la discapacidad.
- El certificado que acredita que ha realizado la Búsqueda Activa de Empleo. Este certificado lo facilita el Servicio Autonómico de Empleo y es imprescindible para solicitar la RAI
- Los documentos que acrediten que no se supera el límite de rentas.
- Los documentos que acrediten el reconocimiento de la discapacidad.
El plazo para resolver la solicitud es de 15 días desde que se presenta.
¿Puedo trabajar cobrando la RAI?
La RAI tiene un régimen propio de compatibilidades e incompatibilidades con el trabajo>. Es compatible con trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, siempre que no se supere el límite de rentas; y es incompatible con trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
Pero para favorecer la inserción laboral hay una ayuda específica que se puede pedir cuando se empieza a trabajar por cuenta propia o ajena, y que dura un máximo de 180 días. Esta ayuda es igual al 25% de la cuantía de la RAI, es decir 106,50 euros al mes.
Otras preguntas frecuentes de la Renta Activa de Inserción
¿La Renta Activa de Inserción cotiza?
Cobrando esta ayuda no se cotiza ni por desempleo ni por jubilación, solo por otros conceptos como la asistencia sanitaria.
¿Cuántas veces se puede pedir la RAI?
Esta ayuda se puede pedir 3 veces en total, pudiendo pedir las 3 seguidas, por lo que se puede llegar a cobrar 33 meses (11+11+11). No es una renovación, si no es una nueva solicitud la que se tiene que hacer cuando se agote una, cumpliendo de nuevo todos los requisitos.
Itinerario Personalizado de Inserción
Esta ayuda lleva aparejadas una serie de acciones de inserción laboral, como el Itinerario Personalizado de Inserción, la gestión de ofertas de empleo, la incorporación a planes de empleo y formación, o la oferta de cursos.
Sanciones y obligaciones de la Renta Activa
Cuando se recibe la RAI hay que tener especial cuidado cumplir todas las obligaciones y evitar todas las acciones que pueden suponer una <sanción, ya que cualquier infracción supone la pérdida de la ayuda, por lo que es especialmente importante acordarse de sellar siempre la demanda de empleo, informar siempre que se supere el límite de rentas, o de cualquier trabajo que se realice.
Si tengo una Incapacidad Permanente Total ¿puedo pedir directamente la RAI por discapacidad?
Directamente, no. Las personas que tienen una IPT tienen que aportar en su solicitud el certificado de discapacidad que dan los Centros base de las Comunidades Autónomas. Si se pide la RAI por discapacidad sin aportar el certificado, el SEPE lo deniega con una respuesta como esta:
Incompatibilidades de la RAI
La RAI es incompatible con:
- Superar el límite de carencia de rentas (850,50 € al mes).
- Recibir la prestación contributiva por desempleo, un subsidio por desempleo, el subsidio extraordinario (SED) o la renta agraria.
- Recibir pensiones o prestaciones de la Seguridad Social que a su vez sea incompatibles con el trabajo.
- Con trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
Regulación e información legal
Si ya no se puede pedir la RAI ¿qué ayuda la sustituye?
Hay muchas personas que quedan sin protección por la derogación de la RAI desde el 01/11/2024, por ejemplo las que iban a solicitar la ayuda por primera vez, o bien su segunda o tercera RAI renovadas. En estos casos, el gobierno ha previsto que sea el Ingreso Mínimo Vital (IMV) la ayuda que la sustituya, pero cumpliendo los requisitos de acceso del IMV (que en ocasiones son más severos que los de la antigua RAI).
Desde el SEPE se enviará una comunicación al trabajador desempleado por si está interesado en solicitar el IMV a través de la llamada “pasarela de transición al IMV”.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)