La pasarela del Ingreso Mínimo Vital
Tras la reforma de los subsidios, el Gobierno puso en marcha un sistema para solicitar el Ingreso Mínimo Vital directamente desde el SEPE. ¿Cómo funciona?

Actualizado: 14/09/2026
Cuando el gobierno aprobó la reforma de los subsidios por desempleo (RDL 2/2024), sabía que algunas personas iban a quedar sin protección por desempleo con la nueva normativa. Esto sucede por ejemplo a los antiguos beneficiarios de la RAI o el subsidio SED, que han quedado derogados. Para estos casos, crearon un sistema que permitiría a estas personas solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) directamente desde el SEPE.
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y desde el Ministerio de Trabajo se comunicó la puesta en marcha de una medida para facilitar el proceso de solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV):
Esta es la información oficial. Y luego, mi opinión.
Contenidos de este artículo
La pasarela para solicitar el IMV desde el SEPE una vez agotado el paro
¿Qué es la pasarela al Ingreso Mínimo Vital?
Según declara el Ministerio “se trata de una medida de gran relevancia y muy demandada para que, quienes más lo necesitan, no tengan lagunas de ingresos. Con este mecanismo se mejora la coordinación entre las entidades que gestionan una y otra prestación, se eliminan cargas administrativas y se facilita el acceso al IMV a las personas que cumplen con los requisitos.”
Con la reforma de los subsidios por desempleo, se produce la desaparición de dos importantes ayudas, la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Para quienes tengan derecho a esas ayudas por haberlas solicitado antes de la entrada en vigor de la reforma (01/11/2024), se mantendrá la normativa anterior. Sin embargo, no habrá lugar a nuevas solicitudes y por ello, hay personas que quedarán sin protección. Por ello, se ha previsto que estos casos se deriven al Ingreso Mínimo Vital y que el SEPE facilite las solicitudes de esta prestación.
Así es como anuncia el gobierno esta pasarela
Funcionamiento de la pasarela
Se trata de un procedimiento automático, que sucede de esta forma:
- Antes de que vaya a terminarse el subsidio o la RAI, el SEPE avisa. Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, el SEPE informará a la persona beneficiaria sobre la posibilidad de remitir sus datos y los de su unidad familiar, a fin de tramitar la prestación de IMV.
- Hay que dar consentimiento. La persona beneficiaria deberá otorgar su consentimiento y, en su caso, suscribir una declaración responsable de que dispone del consentimiento de los integrantes de su unidad familiar.
- El SEPE pasa los datos al INSS o las entidades gestoras del IMV. Si el desempleado autoriza el consentimiento, el SEPE, dentro de los diez días siguientes a la fecha en la que se produzca el agotamiento del subsidio por desempleo, remitirá al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como entidad gestora de la prestación de IMV (o a los órganos competentes en los casos de País Vasco y Navarra), la información necesaria para su tramitación.
- Si se cumplen los requisitos del IMV, se reconoce y paga a partir del día siguiente al final del subsidio o RAI. En caso de reconocimiento del derecho al IMV, la fecha del hecho causante será la fecha del agotamiento del subsidio, y los efectos económicos se producirán el primer día del mes siguiente al del agotamiento del subsidio, es decir, es decir, no habrá un periodo de pérdida de ingresos para los perceptores. La persona titular del Ingreso Mínimo Vital será, en todo caso, la que fuese beneficiaria del subsidio por desempleo.
Esta es la comunicación que recibirás por parte del SEPE
Comunicación de los efectos de la posible transición al Ingreso Mínimo Vital:

¿Y qué cuando la pasarela envía la solicitud del Ingreso Mínimo Vital al INSS?
El INSS recibe la solicitud del IMV y revisa el cumplimiento de todos los requisitos, sin excepción, como si el ciudadano hubiera presentado la solicitud por su propia cuenta. Y una vez analizados los datos, aprueba o deniega el Ingreso Mínimo Vital.
Por ejemplo, en este documento real vemos cómo el INSS deniega una solicitud que le ha llegado a través de la “pasarela del SEPE”:
Mi opinión sobre la “pasarela” del SEPE al IMV
Esta “derivación” o “pasarela” desde el SEPE no es más que una solución técnica que trata de facilitar los trámites, de modo que el ciudadano que agota sus subsidios en el SEPE no tenga que dirigirse a continuación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar el Ingreso Mínimo. Digamos que la pasarela es una simplificación de trámites, pero nada más.
A pesar del bombo con el que fue anunciada, la pasarela al Ingreso Mínimo Vital no se puede utilizar en la mayor parte de los casos y por supuesto, no cambia los criterios de entrada al IMV, que son más rígidos que para los subsidios por desempleo.
Oficialmente se vendió la idea de que las personas vulnerables recibirían una “ayuda automática” al quedar sin protección por desempleo. Nada más lejos de la realidad.
El problema es que los requisitos de acceso al Ingreso Mínimo Vital siguen siendo los mismos, es decir, no hay ningún cambio o flexibilización y nos tememos que muchas personas que según la legislación anterior tendrían derecho a la Renta Activa de Inserción o al Subsidio Extraordinario por Desempleo, no podrán cumplir los requisitos de acceso al Ingreso Mínimo Vital, que son mucho más exigentes. Ya lo estamos comprobando en los comentarios que nos llegan de los lectores y en los casos gestionados por los asesores.
La diferencia entre el IMV y los subsidios o ayudas que desaparecen, es que cambia el concepto de “unidad familiar”, y se sustituye por el de “unidad de convivencia”, que es más amplio e incluye las rentas que pudieran tener otras personas que convivan en el mismo domicilio del solicitante, sin ser necesariamente cónyuge o hijos.
Por otro lado, el Ingreso Mínimo Vital se tienen en cuenta las rentas y además, la existencia de patrimonio por parte de la unidad de convivencia, con unos requisitos más severos que en los subsidios por desempleo.
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Guía completa y actualizada del Ingreso Mínimo Vital
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)

