Con un contrato temporal ¿tengo los mismos derechos y permisos que los fijos de la empresa?

¿Tengo los mismos derechos que mis compañeros indefinidos? ¿Tengo que llevar algún tiempo para poder pedir mis derechos?. Estas consultas de trabajadores con contrato temporal son muy frecuentes.

Un trabajador temporal tiene los mismos derechos que un indefinido

 Actualizado: 17/04/2021

Los trabajadores con un contrato temporal tienen los mismos derechos que los trabajadores con contrato indefinido , ya que así lo establece específicamente el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores y las normativas europeas.

Art. 15.6 ET. “Los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades específicas de cada una de las modalidades contractuales en materia de extinción del contrato y de aquellas expresamente previstas en la ley en relación con los contratos formativos ( ).”

Los temporales tendrán derecho a los mismos descansos, vacaciones, permisos, excedencias, salario, etc. En el caso de que un derecho se obtenga en función a la antigüedad del trabajador, está específicamente indicado que no se puede hacer ninguna diferenciación por el tipo de contrato que se tenga.

Únicamente puede haber particularidades respecto a la finalización de la relación laboral, ya que los contratos temporales pueden finalizar por haber pasado el tiempo estipulado en el contrato o por finalizar la obra o el servicio, situación que no se da en los contratos indefinidos, pero la jurisprudencia europea  ha reconocido que los trabajadores temporales tienen derecho a la misma indemnización cuando se les acaba el contrato que cuando se extingue una relación indefinida. Esta Sentencia está empezando a ser aplicada ya por algunos Juzgados y Tribunales españoles.

También hay una particularidad respecto del periodo de prueba ya que se limita a un mes en contratos de duración inferior a 6 meses, salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario. Y se tendrá algunas especificidades como la necesidad de que el trabajo sea firmado por escrito.

Además los trabajadores temporales tienen el derecho a ser informados, a través de anuncios públicos en la empresa o de la forma que se haya pactado con los representantes de los trabajadores de las vacantes que haya para ocupar puestos indefinidos en la empresa.

Derechos que requieren un tiempo de permanencia en la empresa

Aunque un fijo y un temporal tengan los mismos derechos, algunos de estos derechos requieren llevar un mínimo de tiempo de permanencia en la empresa, independientemente del tipo de contrato que se tenga, pero obviamente afecta más a los trabajadores temporales si cambian mucho de empresa.

Algunos derechos que requieren un mínimo  en la empresa o en los que se tiene en cuenta la antigüedad son:

  • Se tiene derecho a un permiso retribuido de 20 horas al año para formación profesional, siempre que se lleve al menos 1 años en la empresa. Este permiso es acumulable hasta por 5 años.
  • En los ascensos, la antigüedad es un factor a tener en cuenta.
  • Algunos Convenios requieren un mínimo de meses en el puesto para poder acogerse a la subrogación .
  • Para pedir una excedencia voluntaria es necesario al menos 1 año en la empresa.

Asimismo se tiene derecho a la totalidad de las vacaciones siempre que se haya trabajado del 1 de enero al 31 de diciembre. Si se empezó a trabajar, a mitad de año, se tendrá derecho a la parte proporcional de las vacaciones.

Igualmente con las pagas extra que se generarán en su totalidad si se ha trabajado todo el semestre o todo el año, dependiendo de si son semestrales o anuales, si no se recibirá solo la parte proporcional.

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