¿Qué puede hacer el trabajador al que han despedido por whatsapp?

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Despedir a un trabajador a través de whatsapp o SMS es ilegal.  ¿Qué debe hacer un trabajador en estos casos para defender sus derechos?

 
En menos de diez años, whatsapp ha pasado de ser un simple sistema de mensajería a convertirse en la red social favorita de los españoles.
 

Whatsapp es una aplicación muy fácil de utilizar, eficaz y gratuita, por lo que su uso se ha generalizado y está comenzando a evolucionar

 
Ahora whatsapp no solo es un instrumento útil en la búsqueda de empleo y en la comunicación de las empresas con clientes y trabajadores.
 
También se está utilizando como medio para realizar estafas con falsas ofertas de empleo y algunos empresarios hacen un uso abusivo de la herramienta, invadiendo la intimidad del trabajador y utilizándola para lesionar sus derechos laborales.
 
Los SMS (mensajes cortos de texto) generan los mismos problemas que los whatsapp y que vamos a analizar a continuación.

 

La empresa no puede utilizar el whatsapp o un SMS para despedir a un trabajador

 
Despedir a un trabajador a través de un mensaje de whatsapp (o de SMS) es ilegal.
 
El despido, por la gravedad que supone para el trabajador cesado, está rodeado de una serie de garantías y una de ellas es la relativa a la forma de comunicación.
 
Los despidos deben ser notificados al trabajador obligatoriamente a través de una carta de despido y un whatsapp o un SMS no cumplen esos requisitos.
 
El contenido de una carta de despido dependerá del tipo de despido que la empresa utilice para poner fin a la relación laboral, pero en todo caso deben justificarse las causas que lo han provocado, el derecho del trabajador a la indemnización que corresponda y además, debe quedar acreditado quién lo notifica y en qué momento lo recibe el trabajador.
 
Todos estos elementos son fundamentales para no provocar la indefensión del empleado. Si no conoce ni el tipo de despido de que se trata, ni los motivos alegados por la empresa, o incluso si no es notificado correctamente, verá perdidas las opciones de defender sus derechos.
 
Por ello, el Estatuto de los Trabajadores es claro al exigir la comunicación del despido por escrito, tanto en el caso de un despido disciplinario (art. 55), como si se trata de un despido por causas objetivas (art. 53).
 





 

¿Qué puede hacer el trabajador en estos casos?

 
Los expertos recomiendan que aunque el trabajador haya recibido la comunicación de un despido a través de whatsapp, acuda normalmente a su puesto de trabajo.
 
Si no lo hace, el empresario podría considerar que se ha producido un abandono por parte del trabajador y lo tramitaría como una baja voluntaria. Las consecuencias de ello serían nefastas para el empleado, ya que tras una baja voluntaria no hay derecho a indemnización ni a solicitar la prestación por desempleo.
 
Una vez en su puesto de trabajo, si el empresario insiste en que la relación laboral ha cesado, el trabajador deberá exigir que se le entregue la correspondiente carta de despido. 
 
Si el empresario insiste en no entregar la carta por escrito, se deben poner en marcha una serie de acciones que explicamos en esta guía: como defenderse ante un despido verbal.
 
En cualquier caso, no se debe olvidar que el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles (no cuentan domingos ni festivos), dentro de los cuales se deberá presentar la papeleta de conciliación ante el organismo administrativo de conciliación y arbitraje en su Comunidad Autónoma.

 

El despido comunicado por whatsapp o SMS es un despido improcedente

 
Al no haberse cumplido los requisitos formales de comunicación, el despido que fue notificado por whatsapp será calificado por el juez como un despido improcedente.
 
En el despido improcedente, el empresario tendrá la opción de readmitir al trabajador o abonarle la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con prorrateo de los días correspondientes y hasta  un máximo de 24 mensualidades.
 
Si en en la verdadera causa del despido hubiera otras ilegalidades, como discriminación, situaciones de embarazo, vulneración de derechos fundamentales, etc y no solo un defecto de forma, estaríamos ante un posible despido nulo, que tras ser así declarado en vía judicial, provocaría la obligación de readmitir al trabajador.

 

La comunicación de no superación del periodo de prueba se puede hacer por whatsapp

 
En muchas ocasiones, los trabajadores llamamos “despido”a todo lo que supone para nosotros el fin de la relación laboral.
 
Sin embargo, para la ley no son despidos la comunicación por parte de la empresa de que el trabajador no ha superado el periodo de prueba, o de que no habrá renovación en su contrato temporal que vence próximamente.  En estos casos, los requisitos formales de comunicación son mucho menos estrictosy algunos tribunales han admitido la comunicación de estas decisiones a través de correos electrónicos o incluso de whatsapp.

 

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