Solicitar la prestación contributiva no es complicado si se tienen en cuenta estas sencillas recomendaciones.
Cuando un trabajador va a solicitar el paro por primera vez, se enfrenta a una nueva situación en la que es relativamente frecuente cometer algunos errores. En este caso vamos a analizar los más habituales cuando se pide la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro a que se tiene derecho por tener cotizaciones acumuladas y sin consumir de al menos 360 o más días en los últimos 6 años.
Error 1: No apuntarse al paro antes de pedir la prestación
El paro se solicita ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antiguo INEM), pero antes de acudir a sus oficinas, es absolutamente obligatorio inscribirse como demandante de empleo, es decir, apuntarse al paro. Y esto se hace en las oficinas del Servicio Autonómico de Empleo. Normalmente, en una oficina de empleo están los dos servicios, el Estatal (SEPE) y el autonómico (SAE, SERVEF, SOC, LANBIDE, etc), pero en la parte estatal nunca se tramitan solicitudes del paro si antes no se ha apuntado al paro en el servicio autonómico.
El orden correcto de las gestiones es:
1º) Apuntarse al paro en el Servicio Autonómico de Empleo y luego,
2º) Solicitar el paro al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Error 2: Olvidarse de que es obligatorio sellar el paro periódicamente
Cuando un trabajador en paro se inscribe como demandante de empleo, el servicio autonómico le entregará un documento justificativo de su demanda, llamado DARDE o “tarjeta del paro”, como se conoce coloquialmente. En esa tarjeta se especifica cuál será la próxima fecha en la que hay que renovar la demanda de empleo, presencialmente en la oficina o por internet.
Olvidarse de sellar el paro el día señalado es motivo de sanción y puede suponer la pérdida de un mes de cobro de la prestación.
Error 3: Presentarse directamente en la oficina de empleo sin pedir cita previa
Como hemos visto, una vez que estamos inscritos como demandantes de empleo, podemos solicitar el paro al SEPE, pero no se puede acudir directamente a cualquier oficina: es obligatorio solicitar cita previa (por teléfono o por Internet) y el sistema nos indicará cuál es la oficina que corresponde a nuestro domicilio, ya que la gestión no se puede hacer en cualquiera, sino en la que nos corresponda.
Error 4: Desconocer que el paro también se puede pedir por Internet
Si se ha hecho el trámite de apuntarse al paro en el servicio autonómico, la prestación por desempleo se puede solicitar al SEPE online desde su sede electrónica, haciendo todo el trámite online y sin tener que ir en persona a la oficina de empleo.
Error 5: Pedir la prestación antes o después del plazo
Para pedir el paro hay un plazo de 15 días hábiles desde el momento del cese en el trabajo (no cuentan sábados, domingos ni festivos), pero hay que tener en cuenta que si en el finiquito del último trabajo le pagaron vacaciones no disfrutadas, el plazo de los 15 días empezaría a contar desde el último día de vacaciones que la empresa le abona, ya que durante estos días el trabajador está dado de alta en Seguridad Social y por lo tanto no se encuentra en situación legal de desempleo.
Error 6: No buscar información antes de pedir la prestación
El SEPE tiene una web oficial en la que publica la normativa vigente en materia de prestaciones y además, existen blogs independientes como Loentiendo, con años de experiencia informando sobre prestaciones por desempleo, en los que se puede encontrar información práctica que no está disponible en la web oficial.
Error 7: No llevar la documentación preparada
Aunque en las oficinas de empleo le darán los impresos para solicitar su prestación, también desde Internet los puede descargar antes en casa y así comprueba los datos que tendrá que rellenar y los documentos que le van a solicitar.
La documentación necesaria depende de cada situación del trabajador y del tipo de cese en el trabajo que se haya producido. En esta guía sobre documentación explicamos los diferentes casos.
Error 8: No preguntar todas las dudas al funcionario del SEPE
El SEPE, además de tramitar las solicitudes del paro, es el responsable de informar sobre todo lo relativo a las prestaciones por desempleo. Aunque es cierto que tiene un buen servicio de información telefónica y que se puede pedir cita previa para hacer consultas, el mejor momento de aclarar dudas es preguntarlas al especialista del SEPE cuando está tramitando nuestra solicitud.
Error 9: Si te deniegan la prestación, no recurrir
Normalmente las resoluciones del SEPE se ajustan a la normativa, pero hay casos en los que puede producirse un error material o de interpretación de la normativa y si el trabajador cree que tiene derecho a la prestación, debe presentar recurso.
El primer paso es presentar alegaciones y reclamación administrativa previa ante el propio Servicio Público de Empleo, para que revise su resolución. Y si son denegadas, acudir a la vía judicial, presentando una demanda ante los Juzgados de lo Social.
Error 10: No aprovechar todos los servicios de que proporciona la oficina de empleo
Además de tramitar las prestaciones y subsidios, las oficinas de empleo cumplen otras funciones importantes: los Servicios Autonómicos ofrecen orientación laboral, acceso a ofertas de empleo y cursos de formación gratuita para desempleados.
Expertos en prestaciones y Derecho laboral
Hola, le hice la presolicitud del paro el 23 de diciembre a mí pareja. Puse todos los datos correctos, pero me equivoqué y puse en duda datos mi DNI en vez del suyo. Pero me puse en la unidad de convivencia junto a los hijos que tenemos en común. Además aporte el libro de familia donde aparece su DNI correcto. Cobrará en el mes de febrero?
Una de las ventajas del sistema de presolicitud es que cuando un gestor del SEPE abre la solicitud para tramitarla, si observa que hay algún error o que falta algún documento, contacta con el solicitante de la prestación por teléfono o por email para aclararlo y darle solución.
Presten atención en los próximos días a sus medios de contacto (móvil e email). Por el momento es lo único que puede hacer, porque mientras la presolicitud está en curso, técnicamente no se puede enviar otra ni anularla. Un saludo