¿Cuál es el plazo para solicitar el subsidio por desempleo?.
Depende del tipo de ayuda que se vaya a solicitar. Explicamos los plazos de cada una de ellas.
Plazo para solicitar los distintos tipos de subsidios por desempleo
Actualizado: 02/01/2023
Antes de nada, conviene tener en cuenta tres conceptos:
- Los plazos se cuentan en “días hábiles”, que son todos excepto sábados, domingos y festivos, que no se cuentan.
- El día que el SEPE (INEM) tendrá en cuenta como fecha en la que se ha solicitado un subsidio no es el día de cita previa que nos asignan, sino el día en que nosotros la hemos pedido a través de internet o por teléfono.Eso si, el día de la cita tendremos que presentarnos en la oficina. Por ejemplo, si usted pide cita previa el 1 de octubre y se la dan para el 15 de noviembre, cuando tramite su subsidio el SEPE tendrá en cuenta que lo ha solicitado el 1 de octubre. Esto es importante tenerlo en cuenta, porque en la actual crisis sanitaria por el covid-19 hay oficinas que están dando la cita previa para más de un mes vista. A pesar de ello, si usted pide la cita previa o rellena el formulario de pre-solicitud en plazo, su subsidio se tramitará correctamente.
- En algunos subsidios existe el llamado “mes de espera”. Son 30 días que hay que esperar desde el agotamiento de la anterior prestación o desde que se cumple una determinada condición. En esos 30 días no se cobra ningún tipo de ayuda y que hay que dejar pasar obligatoriamente para pedir el subsidio. Tiene un artículo específico sobre este tema en el siguiente enlace > mes de espera.
1. Plazo para solicitar la Ayuda familiar
El plazo para presentar la solicitud de “la ayuda familiar” es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva. Sobre el resto de requisitos de la ayuda familiar, puede leer esta guía: el subsidio de ayuda familiar.
2. Subsidio para mayores de 45 años que agotan una prestación contributiva
Igualmente, el plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al cumplimiento del mes de espera, tras el agotamiento de la prestación contributiva (ver artículo completo el subsidio para mayores de 45 años)
3. Subsidio para mayores de 52 años
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el cumplimiento del mes de espera o desde que se acredita la situación legal de desempleo (por ejemplo por despido o finalización de un contrato temporal). Más información.
4. Subsidio por insuficiencia de cotización
En este subsidio, también llamado “por cotización insuficiente”, el plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo (el momento en que se produce en cese en el trabajo por despido, fin de contrato, etc). Ver artículo sobre el subsidio por insuficiencia de cotización.
5. Para los emigrantes retornados del extranjero, liberados de prisión, o los declarados capaces tras la revisión de una invalidez
Debe transcurrir al menos un mes desde la inscripción como demandante de empleo.
¿Qué sucede si se presenta la solicitud fuera de plazo?
Si se pide el subsidio fuera de plazo, no se pierde el derecho, pero no se cobran los días en que se hubiera excedido la fecha límite. Esto es importante porque algunas personas piensan que han perdido totalmente el subsidio por estar fuera de fechas y no es así, únicamente se dejan de cobrar (se pierden) los días de retraso sobre la fecha límite.
Plazo para pedir la prestación contributiva
Si tiene acumulados 360 o más días de cotizaciones por desempleo en los últimos 6 años, puede solicitar la llamada “prestación contributiva por desempleo”.
El plazo para pedir este paro por haber cotizado más de un año es de 15 días hábiles desde que se produce la situación legal de desempleo (desde la fecha del despido, el fin de un contrato temporal, etc.)
Los plazos en las ayudas extraordinarias RAI y SED
Para conocer el plazo para solicitar otras ayudas extraordinarias, consultar los respectivos enlaces:
Renta Activa de Inserción (RAI)
Nuevo subsidio extraordinario por desempleo SED
Plazos para solicitar la prestación contributiva
La prestación contributiva es el paro a que se tiene derecho cuando el trabajador ha acumulado al menos 360 días de cotizaciones por desempleo sin consumir en los últimos 6 años.
El plazo para pedir esta prestación es de 15 días hábiles desde el cese en el contrato o desde la finalización de las vacaciones si las ha pagado la empresa en el finiquito.
Otro artículo relacionado
¿Qué es el “mes de espera” que hay que aguardar antes de pedir algunos subsidios?
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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Hola. Tengo 61 años y 8 meses. El 24 de Agosto se me terminó la prestacion por desempleo. Estoy en tramites de pedir la jubilacion forzosa o anticipada por cese involuntario que en primera instancia me la acaban de denegar. Hace 2 años (cuando me despidieron) me dijeron que con 61 años podria jubilarme de modo forzoso pero durante este periodo donde he estado cobrando la prestacion por desempleo, ha habido un cambio en la normativa que me perjudica y por lo que he leido, hasta que no cumpla 62 años y 8 meses en el año 2025 no podré jubilarme de modo forzoso. Además, he hecho una reclamacion administrativa a la sentencia de la Seg. Social, solicitando además que se me compute el Certificado del Servicio Militar para que me reconozcan 34 años de cotizacion. Por otro lado, en el SEPE me han asegurado que, una vez terminada la prestacion por desempleo, puedo solicitar el subsidio y que podré percibirlo hasta que obtenga la jubilacion. Casualmente, en las fechas que estamos, he leido que tambien hay una reforma de los subsidios por desempleo aprobada en Mayo de 2024 y que entra en vigor en Noviembre de este año sin concretar, el dia exacto (lo desconozco). Mi idea es acogerme a la reforma del subsidio porque es más beneficiosa ya que si me conceden el subsidio antes de Noviembre no tendré derecho a ella. La pregunta es: ¿Puedo solicitar una cita previa a finales de Septiembre (un mes de espera desde que el 24 de Agosto se me ha agotado la prestacion por desempleo) para solicitar el subsidio en Noviembre y poder beneficiarme de las ventajas de dicha reforma del subisidio? Gracias anticipadas
Buenos días, Jose Luis. El sistema de cita previa tiene una configuración que en la mayor parte de los casos es una garantía favorable para el trabajador, pero que quizá en este caso concreto le pueda perjudicar. Me explico: cuando un trabajador pide cita previa, bien sea por teléfono o por Internet, el día en que ha pedido la cita previa es la fecha en la que a todos los efectos legales se tendrá en cuenta como fecha de su solicitud, cuando posteriormente se tramite en la oficina de prestaciones, con independencia de la demora o de la lejanía con que le asignen la fecha. Mejor lo explico con un ejemplo:
La reforma de los subsidios del RDL 2/2024 entra en vigor el 01/11/2024 (para la mayor parte de su contenido).
Si usted pide la cita previa el 25 octubre y el SEPE le concede la cita el 5 de noviembre, aunque usted acuda a la oficina de prestaciones el día 5 de noviembre, cuando ya está en vigor la reforma de los subsidios, a todos los efectos el SEPE tomará como su fecha de solicitud el día que pidió la cita previa (25/10/2024) y no el día en que ha hecho la gestión en la propia oficina de empleo (05/11/2024), por lo que en este caso, se consideraría que usted ha solicitado el subsidio conforme a la antigua normativa, antes de que entre en vigor la reforma de los subsidios.
Este sistema es una garantía para el ciudadano, ya que en ocasiones, por la demora en el servicio, el SEPE da citas previa a más de un mes vista y en estos casos, si se tomase como fecha de solicitud la de la gestión presencial, todos los trabajadores estarían pidiendo el paro fuera de plazo, porque hay un plazo de 15 días hábiles para pedir el paro. Para evitar esto, se toma como fecha de solicitud del subsidio el día que usted pide la cita previa por Internet o por teléfono.
Un saludo
Me he quedado sin trabajo desde el 20 de octubre de 2023, por finalizacion de contrato, por lo que no solicite el paro, pero estoy leyendo que puedo pedir una ayuda, tengo 40 años y una hija de 20 años a mi cargo, queria saber si hay alguna ayuda que pueda pedir y los pasos a seguir, muchas gracias
RESPUESTA DE LOS MODERADORES
Buenos días. Depende del total de días que tenga usted cotizados por desempleo. Si son 360 o más en los últimos seis años, puede pedir la prestación contributiva. Si son menos, el subsidio por cotización insuficiente con cargas familiares. Si nos facilita más información al mail que le hemos enviado, podemos darle más detalles.