Cómo tramitar una autorización para viaje de menores al extranjero

Comparte este artículo

Cada vez es más frecuente que menores de edad viajen al extranjero, por ejemplo, por viajes culturales o de estudios con el colegio.  En estos casos es necesario que lleven un permiso de sus padres autorizando dicho viaje.

Explicamos cómo tramitar esta autorización.

¿Por qué es necesaria una autorización?

 
La normativa exige que si un menor de 18 años va a viajar al extranjero y no va a acompañado de sus progenitores (uno o los dos) o de la persona que ejerza la patria potestad,  debe llevar necesariamente consigo una autorización de éstos.   Para que la autorización tenga validez, deberá ser tramitada en un puesto de la Guardia Civil, Policía Nacional, etc, y firmada por ambos progenitores.  El trámite es gratuito.
 
Con esto, se trata de evitar situaciones de robo de menores, problemas de custodias, etc.  Incluso en el caso de que uno de los progenitores, padre o madre, viaje al extranjero con el menor, se le puede requerir la autorización del otro progenitor.

 

Autorización para el viaje de menores a países europeos en los que no se exige pasaporte, solo DNI

 
Esta es el caso más frecuente: viajar a países de la Unión Europea en los que no es necesario el pasaporte, solo el Documento Nacional de Identidad (DNI) como identificación.
 
Estos países son: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, San Marino, Santa Sede, Suecia y Suiza.
 
En estos casos, en los que con el menor no viajan sus padres ni sus tutores legales, sino por ejemplo un profesor del colegio, o otros adultos, y el menor tiene como identificación el DNI, es necesario que se haya tramitado antes una autorización por parte de los padres.
 

Los menores de edad, si viajan solos o en compañía de otras personas, necesitan, además del DNI, la autorización del padre, madre o tutor legal efectuada mediante comparecencia personal en las Comisarías de Policía, Puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarias y Ayuntamientos.

La autorización se realiza también en la Oficina del DNI; deberá acudir el padre, madre o persona que ostente la tutela que deberá acreditar, con su DNI, el DNI del menor y Libro de Familia. El trámite es gratuito y la autorización tiene una validez de 90 días. Para este trámite no es necesaria cita previa.
 
A continuación explicamos cómo tramitar esta autorización en dos opciones: en las dependencias de la Guardia Civil, o de la Policía (Cuerpo Nacional de Policía).
 
Otra sugerencia importante es que el menor, en su desplazamiento por Europa, lleve consigo su Tarjeta Sanitaria Europea, por si fuera necesaria asistencia médica.  En este enlace explicamos cómo obtener la Tarjeta Sanitaria Europea (+info). 

 

Autorización para viaje de menores tramitada ante la Policía Nacional

 
La autorización se denomina “Declaración de permiso de viaje para menores o personas con capacidad modificada judicialmente” y está disponible en este enlace de la sede electrónica de la policía.
 
Según se indica en el documento, pueden acudir madre y padre personalmente para firmar la autorización (que se obtiene al momento en la sede de la policía), o bien uno de ellos, con la autorización firmada por el otro.
 
La documentación que se ha de aportar  el DNI  del padre, madre o tutor legal y el DNI del menor, todos ellos en vigor, y el  libro de familia.
 
Este es el impreso de autorización disponible en la web de la Policía (documento pdf)

 

[gview file=”https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/sede_electronica/ciudadanos/declaracion_permiso_viaje_menores.pdf” save=”1″]

 

Autorización para viaje de menores tramitada ante la Guardia Civil

 
Otra alternativa es solicitar el permiso en un puesto de la Guardia Civil.
La información sobre los permisos de salida de menores al extranjero está disponible en esta página web de la Guardia Civil.
 
Según se indica en la misma, “los menores que viajen solos necesitarán justificar ante los agentes fronterizos que no abandonan el territorio nacional contra la voluntad de las personas que ejerzan legítimamente la patria potestad. De igual forma, los menores que viajen acompañados de adultos que no ejerzan la patria potestad necesitarán justificar ante los agentes fronterizos que no se ha privado ilícitamente de la custodia del menor a las personas que legítimamente la tienen conferida.”
 
Es decir, que tanto en el caso de que el menor viaje solo, como si viaja acompañado de un adulto que no ejerza la patria potestad (un profesor, otro familiar, etc), es necesario formalizar por escrito una autorización previa de sus padres.
 
Una vez relleno e impreso el formulario deberá personarse en un puesto de la Guardia Civil con un documento de identidad (DNI o pasaporte) y el resto de documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte del menor, libro de familia, etc.). La autorización tiene una validez de 30 días desde su expedición.
 
El impreso oficial, que tiene la misma estructura que el de la Policía Nacional, está disponible en este enlace:  http://www.guardiacivil.es/documentos/pdfs/autorizacion_menor_extranjero/SALIDA_MENORES_5_2.doc

 

Autorización para la obtención de un pasaporte para un menor

 
Los menores de edad pueden obtener su propio pasaporte para viajar al extranjero, documento que es exigido en algunos países.
 
Para la obtención del pasaporte de un menor, deben comparecer obligatoriamente en las oficinas del DNI personalmente los dos progenitores (padre/madre), si la patria potestad la tienen otorgada ambos.
 
En este enlace se explican con detalle los requisitos del consentimiento:  autorización para la obtención del pasaporte a personas menores de edad o incapaces.

 

Recomendaciones generales para viajes de menores a otros países

 
Si se va a viajar con menores a otros países distintos de los europeos señalados anteriormente, es imprescindible hacer dos comprobaciones previas:

  • Consultar la legislación del país de destino en lo que se refiere a la documentación que podrán exigirle al menor y a sus acompañantes
  • Consultar la normativa de la compañía aérea sobre viaje de menores, ya que algunas son más exigentes con la documentación.

En este enlace de Iberia se explican con bastante detalle los requisitos: ¿Qué documentación necesita un menor para viajar?
 
Muchas compañías exigen que los menores, en sus viajes internacionales, lleven el pasaporte y si no lo tienen, el DNI, pero en este caso, siempre acompañado de la autorización de los progenitores (padre/madre), tramitada en las dependencias policiales, tal y como hemos explicado anteriormente.

 

Otros artículos relacionados:
 
Importancia de la Tarjeta Sanitaria Europea en los viajes a Europa
Recomendaciones para viajar seguro al extranjero

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento profesional para un caso concreto, puede solicitarlo a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


Deja un comentario

Algunas respuestas se envían directamente por email y no se publican en la web.  Recuerda que es obligatorio marcar la aceptación en la casilla de "política de privacidad y normas de comentarios".

Responsable de los datos: Gestión Técnica Digital | Finalidad: Moderación de comentarios y resolución de dudas | Los datos de contacto y contenido del mensaje pueden ser cedidos a un especialista para resolver la cuestión planteada, sin compromiso por ninguna de las partes. En cualquier momento podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido |