El derecho a desconectar de la empresa durante las vacaciones

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¿Puede la empresa contactarte durante tus vacaciones? Descubre qué dice la ley sobre el derecho a la desconexión digital y tus obligaciones reales.

El derecho a desconectar de la empresa en vacaciones

¿Qué es el derecho a la desconexión digital?

Actualizado: 30/08/2025

El derecho a la desconexión digital en vacaciones es una de las garantías más relevantes del trabajador en la era de los móviles, el correo electrónico y la mensajería instantánea. ¿Debes contestar si te llama la empresa? ¿Puede sancionarte si no lo haces? ¿Qué pasa si ignoro un correo profesional estando de viaje? En este artículo te explicamos qué dice la ley española en 2025 sobre estas situaciones, con ejemplos y respuestas claras.

El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de los empleados a la desconexión digital, desarrollado en el marco de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Esta norma obliga a las empresas a garantizar que los trabajadores no estén obligados a atender comunicaciones profesionales fuera de su jornada laboral, incluyendo durante los periodos de vacaciones.

El derecho a la desconexión implica que el trabajador:

  • No tiene obligación de responder llamadas, correos o mensajes fuera de su jornada.
  • Puede apagar el teléfono corporativo durante las vacaciones.
  • Puede negarse a que la empresa use su número o correo personal para contactarlo.

Vacaciones como cierre de oficina

Imagina que tu puesto de trabajo es una oficina con llave. Cuando te vas de vacaciones, la oficina se cierra: nadie puede entrar ni operar dentro. La empresa, durante ese tiempo, no puede esperar que trabajes desde fuera ni obligarte a mantener la puerta entreabierta “por si acaso”. Vacaciones no son teletrabajo desde la playa: son desconexión total.

¿Qué pasa si me llaman o me escriben?

Legalmente, no estás obligado a contestar ni a atender comunicaciones profesionales durante tus vacaciones.

Esto incluye:

  • Llamadas de superiores o compañeros.
  • Correos electrónicos corporativos.
  • Mensajes de WhatsApp, SMS o cualquier canal digital relacionado con el trabajo.

Si decides responder, lo haces por cortesía o voluntad propia. No hay obligación legal, y la empresa no puede sancionarte por no responder.

¿Existen excepciones legales?

Sí, pero son muy restrictivas. La desconexión puede verse limitada únicamente en casos de fuerza mayor o urgencia crítica, como:

  • Incendio, accidente o emergencia grave en la empresa.
  • Acceso urgente a un recurso que solo tú controlas (por ejemplo, única clave o documento físico imprescindible).

Incluso en estos casos, si interrumpes tus vacaciones, el tiempo debe ser compensado posteriormente.

¿Estoy obligado a llevarme el teléfono de empresa o revisar el correo?

No. Salvo que tu contrato, convenio o política interna así lo establezcan (y estén debidamente justificados), no estás obligado a llevar encima ninguna herramienta de trabajo durante tus vacaciones.

Además, según la AEPD y la doctrina laboral reciente, el trabajador puede negarse a ser contactado en su teléfono personal, ya que forma parte de su ámbito privado.

¿Qué ocurre si no respondo y la empresa me sanciona?

Cualquier sanción basada en el hecho de no atender comunicaciones durante vacaciones sería ilegal y podría ser impugnada. De hecho:

  • La Inspección de Trabajo considera grave la vulneración del derecho a las vacaciones (art. 7.5 de la LISOS).
  • Las multas pueden alcanzar los 6.250 €.

¿Y si tengo un plus de disponibilidad?

Muchos trabajadores tienen asignado un plus de disponibilidad para estar localizables fuera del horario laboral. Sin embargo, esto no siempre se extiende a las vacaciones.

Consulta tu convenio colectivo: en la mayoría de casos, este plus cubre:

  • Guardias programadas.
  • Disponibilidad en días laborables fuera del horario.

No es automático que implique disponibilidad durante las vacaciones anuales retribuidas, salvo que se pacte expresamente.

Errores frecuentes que debes evitar

  • Pensar que si no contestas estás incumpliendo tu deber: no es así.
  • Responder “por si acaso” y luego verse obligado a seguir haciéndolo.
  • Dejar datos personales (teléfono, email) sin aclarar que no autorizas su uso fuera del trabajo.
  • No revisar lo que dice tu convenio colectivo.

Casos reales y precedentes recientes

En 2024, la Inspección de Trabajo ha sancionado a varias empresas que exigieron disponibilidad durante vacaciones sin causa objetiva ni compensación. Algunos convenios, como el de AXA Seguros o el Banco Santander, ya recogen expresamente el derecho a la desconexión en vacaciones.

Algunas preguntas frecuentes

Y recuerda: si sientes que tu empresa vulnera tus derechos, contacta con un abogado laboralista. Tu descanso también es un derecho protegido por la ley.

¿Tengo que llevarme el teléfono de la empresa o mirar el correo estando de vacaciones?

Con carácter general no es obligatorio llevarse el teléfono de la empresa o mirar el correo de la empresa cuando se está de vacaciones. Al no estar trabajando, no hay obligación alguna de utilizar herramientas de trabajo como es el teléfono o el correo de la empresa.

Si el trabajador, de buena fe, quiere llevárselo o mirar el correo, podrá hacerlo si quiere, pero no tendrá obligación de hacerlo. Como se ha dicho, puede que en casos excepcionales o de fuerza mayor el trabajador tenga que llevarse el teléfono o mirar el correo, pero esos casos tiene que ser la absoluta excepción.

Además la empresa no tiene porqué conocer el teléfono particular del trabajador, ni tiene porqué contactar a través del mismo si el trabajador no quiere.

¿Pueden pedirme que vuelva antes de vacaciones?

Una vez que el trabajador está de vacaciones debería de disfrutarlas sin interrupciones y la empresa no debería de llamarle para pedirle que las interrumpa y que vuelva al puesto de trabajo.

Estas situaciones pueden darse solo en las mencionadas circunstancias muy excepcionales, por ejemplo en el caso de un informático de la empresa que tiene una copia de seguridad en su casa del contenido del servidor de la empresa. Un cortocircuito ha destruido todos los ordenadores de la empresa y las copias de seguridad. En ese caso, de forma excepcional y por no haber otra solución, se le podría pedir al trabajador que volviese de sus vacaciones para dar la copia de seguridad. Pero como hemos dicho antes, el trabajador no tiene la obligación de coger el teléfono o ver el correo durante las vacaciones. En esos casos, las vacaciones deberán de ser repuestas.

¿Mi plus de disponibilidad es también implica disponibilidad en vacaciones?

Algunos trabajadores cobran un plus de disponibilidad para estar disponibles fuera de su horario laboral. Estos pluses dependen de los Convenio Colectivos  y la mayoría de ellos establecen que esa disponibilidad es para momento concretos, para cuando se está de guardia o para los descansos semanales o los días festivos, por lo que habrá que consultar en el propio Convenio cómo se regula la disponibilidad en periodo de vacaciones.

¿Pueden sancionarme si no contesto?

No, no habiendo obligación de contestar las llamadas de la empresa ni de leer  los correos electrónicos, no puede ser el trabajador sancionado por no hacerlo.

En el caso de que la empresa sancione disciplinariamente al trabajador o incluso le despida , el trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para impugnar la sanción o el despido, pudiendo ser anulada la sanción y pudiendo ser declarado el despido improcedente .

Conclusión

Durante tus vacaciones tienes derecho a desconectar completamente del trabajo. No estás obligado a responder llamadas, correos ni mensajes. Cualquier contacto de la empresa debe estar justificado y limitado a situaciones de extrema necesidad.

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