Demanda de empleo: alta, baja y suspensión

Alta, baja y suspensión de la demanda de empleo

La demanda de empleo, lo que se conoce como “tarjeta del paro” puede estar en tres situaciones distintas; alta, baja o suspensión.

Cada una de ellas lleva asociados una serie de derechos y obligaciones.

Es muy importante tener en todo momento controlado en qué estado se encuentra la tarjeta del paro (alta, baja o suspensión), ya que en cada uno de ellos el demandante de empleo tiene distintos derechos y obligaciones.

Demanda en ALTA

Actualizado: 07/12/2021

 
La demanda está en situación de alta cuando el trabajador se ha inscrito en la oficina de empleo, es decir, está apuntado al paro y esta inscripción tiene plena efectividad. Las demandas en alta tienen una vigencia temporal y deben ser ser renovadas periódicamente, en general, cada 90 días. Es lo que se conoce como “sellar el paro”.
 
La falta de renovación de la tarjeta del paro supone el paso a la situación administrativa de baja y esto puede traer consecuencias negativas, como por ejemplo perder la antigüedad de demandante de empleo. La antigüedad es necesaria para poder solicitar algunas ayudas y prestaciones. Si se le ha olvidado sellar el paro, lea esta guía.
 
Cuando se encuentra en situación de alta, el demandante tiene una serie de OBLIGACIONES: buscar activamente trabajo, estar a disposición de los servicios de empleo, renovar la demanda, acudir a las citaciones de la oficina de empleo, aceptar ofertas de trabajo, comunicar cambios en las circunstancias personales, comunicar si hay incrementos de renta mientras recibe un subsidio, pedir autorización par viajar al extranjero, etc.) Las explicamos aquí: el compromiso de actividad.
 
Tener la demanda de empleo (tarjeta del paro) en situación de alta proporciona una serie de DERECHOS: recibir asesoramiento y orientación para la búsqueda de empleo, recibir formación mediante cursos, intermediación laboral para acceder a ofertas de empleo, etc.
 

Además, estar dado de alta como demandante de empleo es requisito imprescindible para solicitar cualquier prestación, subsidio o ayuda por desempleo.


Demanda en BAJA

La demanda está en situación de baja por distintos motivos:

  • Cuando el demandante haya encontrado trabajo
  • Por no haber renovado la demanda en la fecha establecida.
  • A petición del propio demandante.

  • Recuerde que si empieza a trabajar debe informar obligatoriamente a la oficina de empleo. Puede comunicarlo en la oficina, por teléfono o por internet ( cómo comunicar la colocación)

    Con la demanda en situación de baja ya no es posible recibir los servicios de la oficina de empleo.

     

    Demanda en SUSPENSIÓN

     

    La demanda de empleo puede estar suspendida temporalmente por diversas razones:

  • Incapacidad temporal del trabajador, descanso por baja maternal,
  • Estar realizando acciones de formación, cursos,
  • Privación de libertad, etc.

  • Son situaciones que dificultan o impiden el cumplimiento de las obligaciones del llamado “compromiso de actividad”. Por eso, mientras se mantengan las circunstancias o no se agoten los plazos que marca la norma, la demanda permanecerá suspendida.

     
    La demanda de empleo en suspensión puede estar a su vez en dos estados:
     

  • Suspensión con intermediación: quiere decir que el demandante desea seguir recibiendo ofertas de empleo, cursos de formación y el resto de servicios de intermediación.
  • Suspensión sin intermediación: supone que el trabajador no recibirá ninguno de los anteriores servicios.
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    Hay un tipo de demanda, que es la llamada “tarjeta de mejora de empleo” que permite a trabajadores en activo (dados de alta en el régimen general, en autónomos, empleados de hogar, etc) beneficiarse de los servicios que se ofrecen en las oficinas de empleo.
     
    Toda la información la hemos detallado en este artículo:

     

    Tarjeta de mejora de empleo


     

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