Cobro subsidio de mayores de 52 años ¿qué pasa si caigo enfermo?

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Recibimos la consulta de una lectora, que cobra el subsidio de mayores de 52 años y está de baja médica de larga duración por enfermedad común ¿qué debe hacer?

Oficina de prestaciones del SEPE

Actualizado: 26/09/2024

CONSULTA:

Estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años y me han dado una baja de larga duración por enfermedad ¿qué tengo que hacer?

RESPUESTA

Si estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años y estás de baja por Incapacidad Temporal (IT)recibiendo un tratamiento médico de larga duración que te impide atender una oferta de trabajo, hay ciertos aspectos que debes considerar:

1. Comunica tu situación al SEPE:

Si no puedes atender ofertas de trabajo debido a tu situación médica, lo más importante es comunicar esta circunstancia al SEPE. Como beneficiario del subsidio para mayores de 52 años, uno de los requisitos es estar disponible para trabajar y buscar empleo de manera activa.  Es lo que se conoce como “el compromiso de actividad”. Sin embargo, en situaciones de incapacidad temporal (IT) por enfermedad, estarás exento de estas obligaciones mientras dure la incapacidad.

Es fundamental que informes al SEPE de tu situación médica presentando el parte de baja médica, para que tu caso quede debidamente registrado.

La comunicación al SEPE se puede realizar de forma presencial en las oficinas de prestaciones, solicitando cita previa, o desde la sede electrónica del SEPE. Si no tienes certificado digital o clave, puedes utilizar el formulario de pre-solicitud, con esta combinación:

  • Primera pantalla:  Trámite:  “Baja prestación”.  (aunque se elija “baja de prestación”, la prestación no se da de baja, es solo una denominación)
  • Segunda pantalla: subtrámite:  “Baja médica o IT”

Comunicar baja por IT mientras se cobra el subsidio de mayores de 52 años

 

2. Compatibilidad entre subsidio y baja médica:

Durante el tiempo que estés en incapacidad temporal, seguirás recibiendo el importe del subsidio para mayores de 52 años mientras no caduque la prestación, con la misma cantidad (480 euros en 2024), que abonará el SEPE.

Al finalizar el subsidio no tendrás derecho a prestación económica por incapacidad temporal aunque continúes enfermo o enferma, ya que no te encuentras en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social para esta prestación.

3. Extensión de la incapacidad:

Si tu tratamiento médico se prolonga por mucho tiempo, es importante que vayas renovando los partes de baja médica y mantengas informado al SEPE de cualquier novedad en cuanto a su situación de alta o baja.

4. Futuro acceso a incapacidad permanente:

En el caso de que la enfermedad y el tratamiento de larga duración acaben derivando en una incapacidad permanente, podrías tener derecho a solicitar una pensión por incapacidad si cumples los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

5. Suspensión de las obligaciones como demandante de empleo

Mientras el trabajador está de baja médica por IT y siempre que lo haya notificado al Servicio Público de Empleo, quedan suspendidas sus obligaciones de asistir a cursos de formación, sesiones de orientación laboral, entrevistas de trabajo o cursos de formación obligatorios.

 

Nota explicativa del SEPE

6. ¿Qué sucede si no informo al SEPE de la baja médica?

Si el SEPE no recibe la comunicación de la baja y desconoce que estás en Incapacidad Temporal (IT), te podrá citar a un curso obligatorio, o una oferta de empleo, o una sesión de control.

Si no has comunicado la baja y esa información le llega al SEPE al cruzar datos con la Seguridad Social, aplicará la suspensión del subsidio desde la fecha de la baja,  con obligación de devolución de cobros indebidos respecto a lo que se haya recibido a partir de esa fecha.

CONCLUSIÓN:  evita problemas  y si estás de baja médica mientras cobras el subsidio, comunícalo al SEPE.

 

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