¿Debo comunicar a mi empresa que estoy afiliado a un sindicato?

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¿Están obligados los trabajadores a informar a la empresa de su afiliación a un sindicato? ¿Qué ventajas e inconvenientes puede tener para el trabajador y cómo se haría la comunicación?

Estoy afiliado: ¿tengo que decírselo a la empresa?

 
En España está reconocido como derecho fundamental la libertad de sindicación, lo que implica que un trabajador se puede afiliar a un sindicato, libremente, sin que esa situación pueda suponer un perjuicio. Esta libertad también implica la libertad para no afiliarse si no se quiere.

Al ser un derecho fundamental, está específicamente prohibida cualquier tipo de discriminación por pertenecer o estar afiliado a un sindicato. 

Será una decisión personal del trabajador informar a la empresa de este hecho o no, de modo que se puede estar afiliado y que la empresa no lo sepa.

Sin embargo, si se está afiliado es conveniente informar a la empresa de este hecho, para que la empresa lo tenga en cuenta a la hora de actuar, ya que como veremos más adelante esta situación puede implicar que el trabajador tenga una serie de derechos o ventajas.

 

Estoy demandando a la empresa: ¿tengo que informar de que estoy afiliado?

 
Cuando se demanda a la empresa es necesario indicar en la demanda si se es representante de los trabajadores como por ejemplo, un delegado sindical, pero no es obligatorio comunicar el simple hecho de ser un afiliado.

 

Ventajas para el trabajador de informar a la empresa de que pertenece a un sindicato

 
Cuando se está afiliado a un sindicato, y la empresa lo sabe, se tiene una serie de derechos o ventajas:

  • En caso de despido disciplinario la empresa tiene que dar audiencia a la sección sindical a la que se pertenece. Es decir, que no puede despedir al trabajador sin escuchar al sindicato y que este pueda defender a su afiliado.
  • Muchos Convenios Colectivos establecen esta obligación de audiencia a la sección sindical en caso de sanciones disciplinarias graves o muy graves.
  • Se tiene derecho a celebrar reuniones para dar información sindical al resto de trabajadores. Se tendrá que informar previamente a la empresa y se tendrá que hacer fuera de horas de trabajo y sin molestar a la actividad de la empresa.
  • Se tiene derecho a hacer una sección sindical. Más adelante explicando en qué consiste.
  • La empresa tendrá conocimiento de que el trabajador tiene un asesoramiento detrás por parte del sindicato y por parte de los abogados del sindicato. Esta situación puede hacer que la empresa tenga más cuidado a la hora de tratar al trabajador y no le imponga situaciones que sabe que no son legales, consciente de que pueden ser rápidamente revisadas por el sindicato.
  • En caso de tener que ir a juicio contra la empresa por las acciones sindicales hechas, el sindicato podrá igualmente demandar a la empresa, teniendo más fuerza.

 

Cómo comunicarlo a la empresa

 
La mejor forma es informar por escrito, indicando el sindicato al que se pertenece, y quedándose una copia firmada y sellada por la empresa de este escrito como prueba de que se ha comunicado.

En algunos casos, puede el sindicato poner en conocimiento directamente a la empresa de este hecho en nombre de su afiliado, pero deberá de consultarse con el sindicato al que se esté afiliado.

Además se puede pedir a la empresa, también por escrito, que proceda a descontar las cuotas sindicales de la nómina. Si se solicita, debe de constar en la nómina este descuento, y será una prueba del conocimiento empresarial de que se está afiliado, no pudiendo posteriormente negar que se supiese que el trabajador pertenecía a un sindicato.

 

¿Puede la empresa tomar represalias?

 
No. La empresa no puede tomar ninguna represalia por el hecho de estar sindicado ni por realizar acciones sindicales.

En caso de que la empresa tome medidas contra el trabajador por estos hechos, existe un procedimiento judicial específico para la defensa de los derechos fundamentales, como es el derecho a la libertad sindical. Además la Inspección de Trabajo puede imponer fuertes multas a las empresas que tomen represalias por estar sindicado o por actuar sindicalmente, pero para poder demostrar que la empresa ha tomado represalias es necesario demostrar que la empresa sabía que se estaba afiliado y demostrar las acciones sindicales realizadas en la empresa.

 

Las secciones sindicales

 
Una sección sindical es el conjunto de trabajadores de una empresa o de un centro de trabajo, afiliados a un mismo sindicato. Al formar una sección sindical, indicándole a la empresa la existencia de la misma, se tiene una serie de derechos sindicales en el caso de ser uno de los sindicatos más representativos en la empresa.

Se tendrá derecho a participar en la negociación colectiva, en los periodos de consultas , a tener un tablón de anuncios en la empresa para dar informar a los trabajadores, y en el caso de empresas de más de 250 trabajadores, un local para desarrollar la actividad sindical.

La forma para crear la sección sindical dependerá del sindicato al que se pertenezca.

 

Los delegados sindicales

 
Los delegados sindicales son un tipo de representantes de los trabajadores  y representarán a los trabajadores afiliados a un sindicato ante la empresa. Como representantes se tiene una serie de derechos y además una especial protección ante posibles represalias por parte de la empresa.

 

Referencias legales:
 
Estatuto de los Trabajadores
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical

 


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


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