Las personas que cobran la prestación contributiva, un subsidio por desempleo o una prestación por ERTE, pueden trabajar a tiempo parcial. Estas son las opciones y así se debe comunicar al SEPE.
Actualizado: 20/02/2023
Las opciones varían si lo que se está percibiendo es una prestación contributiva (el paro), un subsidio por desempleo, una ayuda extraordinaria, o un ERTE. Busca en el índice el epígrafe que te interese:
Contenidos de este artículo
I) Cobro la PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA por desempleo y me ofrecen trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando el paro contributivo (por haber cotizado más de 360 días) y te ofrecen un puesto a tiempo parcial puedes elegir entre dos opciones:
- seguir cobrando el paro mientras trabajas, pero reducido de manera proporcional a las horas trabajadas
- parar la prestación y reanudarla cuando se te acabe el contrato.
Veamos las opciones en detalle:
a) Cobrar el paro de manera proporcional a las horas trabajadas
Si deseas seguir cobrando el paro mientras trabajas a tiempo parcial, tienes que comunicar al SEPE (antiguo INEM) que quieres seguir percibiendo la prestación por desempleo reducida proporcionalmente.
Es decir, si por ejemplo el trabajo que te ofrecen es de media jornada, el 50%, tu prestación se verá reducida al 50%. Si por ejemplo te ofrecen un contrato a tiempo parcial de un 20 % de la jornada habitual, cobrarás el 80% de la prestación.
Si tu contrato finaliza y vuelves a quedarte en el paro, podrás volver a cobrar el 100% de la prestación, siempre que no se haya agotado, porque mientras la has cobrado, aunque reducida, los días seguían consumiéndose.
¿Durante cuánto tiempo seguiré cobrando el paro?
El plazo de finalización del paro no cambia, aunque estés cobrando durante un tiempo la prestación reducida.
Si, por ejemplo, te conceden una prestación por dos años (duración máxima) del 30 de junio de 2021 al 30 de junio de 2023, aunque parte de ese período estés cobrando la prestación parcialmente, la fecha de finalización del paro seguirá siendo la misma.
Por eso, si tu contrato es temporal, es recomendable calcular si te conviene más esta opción o parar el cobro y reanudarlo tras la finalización del contrato.
b) Parar la prestación mientras estoy trabajando y volver a cobrarla cuando se me acabe el contrato
Si decides detener el cobro del paro y reanudarlo cuando finalices tu contrato, tienes dos opciones:
- En el caso de que tu contrato a tiempo parcial dure menos de un año, puedes pedir que te reanuden la prestación y cobrarás todos los meses que te quedaron pendientes.
- Si, por el contrario, tu contrato dura más de un año, puedes elegir entre reanudar la prestación que dejaste interrumpida o pedir una nueva que tenga en cuenta lo que has cotizado mientras trabajabas a tiempo parcial. Es decir, tienes que echar cuentas para saber qué es más ventajoso para ti. Esto es lo que se llama “el derecho de opción”.
En cualquiera de los casos, en la prestación contributiva no se tiene en cuenta la cantidad que ganes con el contrato de trabajo a tiempo parcial. Sea cual sea el importe, no impedirá que sigas cobrando la parte proporcional del paro. En los subsidios no ocurre del mismo modo.
II) Cobro un SUBSIDIO por desempleo y me ofrecen trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando un subsidio (ayuda familiar, mayores de 52 años, etc) y te ofrecen trabajar a tiempo parcial, también tienes dos opciones, que puedes elegir libremente:
a) Seguir cobrando el subsidio, reducido proporcionalmente a las horas que trabajes.
Si te han ofrecido, por ejemplo, trabajar a media jornada, tu subsidio se verá reducido en un 50 %. Cuando se te acabe el contrato, volverás a cobrar el mismo subsidio que estabas recibiendo antes de empezar a trabajar.
Muy importante: En el caso de que el sueldo de tu nuevo contrato haga que superes el límite de rentas de 810 €/ mes (tope en 2023, el 75% del SMI vigente) y una de las condiciones para cobrar el subsidio) puedes recibir sanciones si no informas a tu oficina de empleo, ya que no se puede cobrar el subsidio cuando se tienen esas rentas. Por eso, a la hora de elegir la opción de seguir cobrando el subsidio, hay que tener cuidado de comprobar si lo que vas a ganar con el contrato hace que superes el tope de rentas de los subsidios, porque en ese caso no se podría seguir cobrando la ayuda, habría que suspenderla, como explicamos a continuación.
b) Si prefieres suspender el subsidio mientras trabajas
Si la opción anterior no te interesa, elige detener el cobro del subsidio. Cuando se te acabe el contrato, reanudarás el cobro del subsidio recibiendo lo mismo que estabas cobrando antes de empezar a trabajar y con los días que te quedaban. Eso si, si tu nuevo contrato hace que logres tener acumulados más de 360 días de nuevas cotizaciones, cuando el contrato se termine ya no recuperarás el subsidio, sino que tendrás derecho a solicitar el paro, es decir, la prestación contributiva.
Si por ejemplo, trabajas a tiempo parcial más de un año, habrás cotizado lo suficiente para pedir el paro. Y, aunque tu contrato haya sido inferior a un año, si le sumas las cotizaciones no utilizadas anteriores y el resultado es suficiente, podrás pedir también la prestación por desempleo. De no ser así, reanudarás tu subsidio.
Importante: el subsidio de mayores de 52 años tiene el mismo sistema que se ha explicado cuando el contrato es a tiempo parcial. Pero si la opción es un contrato a jornada completa, el sistema es incluso más favorable para la compatibilidad.
Recuerda: siempre hay que informar a la oficina de empleo
Cuando vas a aceptar un contrato de trabajo, tanto si cobras un subsidio como una prestación, hay que comunicarlo a la oficina de empleo. Es obligatorio hacerlo, porque de lo contrario, el SEPE cruzará los datos con la Seguridad Social y detectarán que estás trabajando dado de alta sin haberles informado. En el momento de comunicar que vas a comenzar a trabajar a tiempo parcial, podrás informarles de tu decisión de simultanear el cobro de la ayuda o detenerla hasta que termine el contrato. Al final del artículo explicamos cómo hacer la comunicación.
El caso especial de las AYUDAS EXTRAORDINARIAS (RAI, SED)
En este artículo hemos explicado lo que sucede cuando cobrando una prestación o subsidio por desempleo se tiene la opción de trabajar a tiempo parcial.
En el caso de las ayudas extraordinarias, cada una tiene su propio sistema para regular la opción de trabajar mientras se cobra. La información está disponible en cada una de las guías informativas: Renta Activa de Inserción (RAI) y Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
*Desde el 1 de mayo de 2018 han dejado de estar vigentes las antiguas ayudas del Plan Prepara y el PAE, que han sido sustituidas por el subsidio SED.
Estoy cobrando un ERTE y empiezo a trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando una prestación por ERTE covid-19 (aún quedan unos 20.000 perceptores) y te ofrecen un contrato a tiempo parcial, en esta guía te explicamos las distintas opciones.
¿Cómo se informa al SEPE de la colocación por cuenta ajena?
Ahora, con la crisis del covid19 y las restricciones sanitarias, hay varias opciones
- Utilizar el formulario de pre-solicitud online, con las opciones “baja de prestación” > subtrámite: “colocación por cuenta propia” e indicando en “observaciones” que se trata de un contrato de trabajo a tiempo parcial.
- Utilizar la sede electrónica del SEPE, si se tiene certificado digital, DNI electrónico o clave.
- Pedir cita previa para hacer el trámite en la oficina de prestaciones.
- Enviar un escrito a la oficina de prestaciones, desde un registro público o por correo administrativo.
Graduado en Derecho y experto en Seguridad Social. Coordinador de Loentiendo.com
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