Las personas que cobran la prestación contributiva, un subsidio por desempleo o una prestación por ERTE, pueden trabajar a tiempo parcial. Estas son las opciones y así se debe comunicar al SEPE.
Actualizado: 14/05/2024
No es lo mismo si te ofrecen trabajo mientras estás cobrando una prestación contributiva (el paro normal), un subsidio por desempleo, una ayuda extraordinaria, o un ERTE. Busca en el índice el caso que te interese:
I) Cobro la PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA por desempleo y me ofrecen trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando el paro contributivo (por haber cotizado más de 360 días) y te ofrecen un puesto a tiempo parcial puedes elegir entre dos opciones:
- seguir cobrando el paro mientras trabajas, pero reducido de manera proporcional a las horas trabajadas,
- parar la prestación y reanudarla cuando se te acabe el contrato.
Veamos las opciones en detalle:
Opción A) Cobrar el paro de manera proporcional a las horas trabajadas
Si deseas seguir cobrando el paro mientras trabajas a tiempo parcial, tienes que comunicar al SEPE (antiguo INEM) que quieres seguir percibiendo la prestación por desempleo reducida proporcionalmente. Al final del artículo te explico cómo comunicarlo.
Si por ejemplo el trabajo que te ofrecen es de media jornada, el 50%, tu prestación se verá reducida al 50%. Si por ejemplo te ofrecen un contrato a tiempo parcial de un 20 % de la jornada habitual, cobrarás el 80% de la prestación.
Si tu contrato finaliza y vuelves a quedarte en el paro, podrás volver a cobrar el 100% de la prestación, siempre que no se haya agotado su duración, porque mientras la has cobrado (aunque reducida) los días de prestación seguían consumiéndose completos.
¿Durante cuánto tiempo seguiré cobrando el paro?
El plazo de finalización del paro no cambia, aunque estés cobrando durante un tiempo la prestación reducida.
Si, por ejemplo, te conceden una prestación por dos años (duración máxima) del 30 de junio de 2021 al 30 de junio de 2023, aunque parte de ese período estés cobrando la prestación parcialmente, la fecha de finalización del paro seguirá siendo la misma.
Por eso, si tu contrato es temporal, es recomendable calcular si te conviene más esta opción o parar el cobro y reanudarlo tras la finalización del contrato.
Opción B) Parar la prestación mientras estoy trabajando y volver a cobrarla cuando se me acabe el contrato
Si decides detener el cobro del paro y reanudarlo cuando finalices tu contrato, tienes dos opciones:
- En el caso de que tu contrato a tiempo parcial dure menos de un año, puedes pedir que te reanuden la prestación y cobrarás todos los meses que te quedaron pendientes.
- Si, por el contrario, tu contrato dura más de un año, puedes elegir entre reanudar la prestación que dejaste interrumpida o pedir una nueva que tenga en cuenta lo que has cotizado mientras trabajabas a tiempo parcial. Es decir, tienes que echar cuentas para saber qué es más ventajoso para ti. Esto es lo que se llama “el derecho de opción”.
En cualquiera de los casos, en la prestación contributiva no se tiene en cuenta la cantidad que ganes con el contrato de trabajo a tiempo parcial. Sea cual sea el importe, no impedirá que sigas cobrando la parte proporcional del paro. En los subsidios no ocurre del mismo modo.
II) Cobro un SUBSIDIO por desempleo y me ofrecen trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando un subsidio (ayuda familiar, mayores de 52 años, etc) y te ofrecen trabajar a tiempo parcial, también tienes dos opciones, que puedes elegir libremente:
Opción A) Seguir cobrando el subsidio, reducido proporcionalmente a las horas que trabajes.
Si te han ofrecido, por ejemplo, trabajar a media jornada, tu subsidio se verá reducido en un 50 %. Cuando se te acabe el contrato, volverás a cobrar el mismo subsidio que estabas recibiendo antes de empezar a trabajar.
Muy importante: En el caso de que el sueldo de tu nuevo contrato haga que superes el límite de rentas de 850,50 €/ mes (tope en 2024, el 75% del SMI vigente) y una de las condiciones para cobrar el subsidio) puedes recibir sanciones si no informas a tu oficina de empleo, ya que no se puede cobrar el subsidio cuando se tienen esas rentas. Por eso, a la hora de elegir la opción de seguir cobrando el subsidio, hay que tener cuidado de comprobar si lo que vas a ganar con el contrato hace que superes el tope de rentas de los subsidios, porque en ese caso no se podría seguir cobrando la ayuda, habría que suspenderla, como explicamos a continuación.
Opción B) Si prefieres suspender el subsidio mientras trabajas
Si la opción anterior no te interesa, elige detener el cobro del subsidio. Cuando se te acabe el contrato, reanudarás el cobro del subsidio recibiendo lo mismo que estabas cobrando antes de empezar a trabajar y con los días que te quedaban. Eso si, si tu nuevo contrato hace que logres tener acumulados más de 360 días de nuevas cotizaciones, cuando el contrato se termine ya no recuperarás el subsidio, sino que tendrás derecho a solicitar el paro, es decir, la prestación contributiva.
Si por ejemplo, trabajas a tiempo parcial más de un año, habrás cotizado lo suficiente para pedir el paro. Y, aunque tu contrato haya sido inferior a un año, si le sumas las cotizaciones no utilizadas anteriores y el resultado es suficiente, podrás pedir también la prestación por desempleo. De no ser así, reanudarás tu subsidio.
Importante: el subsidio de mayores de 52 años tiene el mismo sistema que se ha explicado cuando el contrato es a tiempo parcial. Pero si la opción es un contrato a jornada completa, el sistema es incluso más favorable para la compatibilidad.
Recuerda: siempre hay que informar a la oficina de empleo
Cuando vas a aceptar un contrato de trabajo, tanto si cobras un subsidio como una prestación, hay que comunicarlo a la oficina de empleo. Es obligatorio hacerlo, porque de lo contrario, el SEPE cruzará los datos con la Seguridad Social y detectarán que estás trabajando dado de alta sin haberles informado. El propio SEPE insiste en ello:
En el momento de comunicar que vas a comenzar a trabajar a tiempo parcial, podrás informarles de tu decisión de simultanear el cobro de la ayuda o detenerla hasta que termine el contrato. Al final del artículo explicamos cómo hacer la comunicación.
El caso especial de las AYUDAS EXTRAORDINARIAS (RAI, SED)
En este artículo hemos explicado lo que sucede cuando cobrando una prestación o subsidio por desempleo se tiene la opción de trabajar a tiempo parcial.
En el caso de las ayudas extraordinarias, cada una tiene su propio sistema para regular la opción de trabajar mientras se cobra. La información está disponible en cada una de las guías informativas: Renta Activa de Inserción (RAI) y Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
*Desde el 1 de mayo de 2018 han dejado de estar vigentes las antiguas ayudas del Plan Prepara y el PAE, que han sido sustituidas por el subsidio SED.
Estoy cobrando un ERTE y empiezo a trabajar a tiempo parcial
Si estás cobrando una prestación por ERTE covid-19 (aún quedan unos 20.000 perceptores) y te ofrecen un contrato a tiempo parcial, en esta guía te explicamos las distintas opciones.
¿Cómo se informa al SEPE de la colocación por cuenta ajena?
Hay varias opciones:
- Utilizar la sede electrónica del SEPE, si se tiene certificado digital, DNI electrónico o clave.
- Utilizar el formulario de pre-solicitud online, con las opciones “baja de prestación” > subtrámite: “colocación por cuenta propia” e indicando en “observaciones” que se trata de un contrato de trabajo a tiempo parcial. Es la opción más cómoda para comunicarlo por Internet si no se tiene medio de identificación segura.
- Pedir cita previa para hacer el trámite en persona en la oficina de prestaciones del SEPE.
- Enviar un escrito a la oficina de prestaciones, desde un registro público o por correo administrativo.
Si tienes dudas o quieres dejar un comentario, puedes hacerlo al final del artículo
Doce consejos antes de firmar un contrato de trabajo
Cómo funciona el formulario de pre-solicitud para comunicarse con el SEPE
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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Hola buenas,si cobro un subsidio y lo compatibilizo con un trabajo parcial,esos dias trabajados sirven para futuras cotizaciones?O se pierden por cobrar el subsidio
Las cotizaciones mientras se está compatibilizando el cobro de un subsidio con el trabajo a tiempo parcial no se pierden. Es decir, se conservan para poder pedir con ellas en el futuro nuevas prestaciones o subsidios por desempleo.
Un saludo
Buenas noches,
Tengo la posibilidad de trabajar media jornada y complementar la otra media con el paro. Ahora bien, estoy embarazada y en noviembre me gustaría coger la baja (soy maestra de infantil) hasta enero que nazca el bebé. En este caso, la baja la cobraría de la empresa y del paro también?
En el momento de calcular la prestación de maternidad, se tendría en cuenta la media jornada+el paro?
Espero haberme explicado bien.
Gracias!
Hola, tengo 56 años estoy cobrando el subsidio por desempleo con cargas familiares, porque no tengo derecho al de mayor de 52 años, ya he cobrado los 6 meses que no se exige la carga familiar, y ahora estoy en la que si se requiere tener carga familiar. Dentro de unos meses, diciembre, he aprobado una oposición de un ayuntamiento, sería fijo a tiempo parcial, podría continuar cobrando la prestación.
Un saludo
Buenas tardes, Jose Antonio. Cuando se está cobrando un subsidio por desempleo, es posible trabajar a tiempo parcial, compatibilizándolo con el subsidio y con algunos ajustes. Entiendo que la contratación que le va a hacer el ayuntamiento ¿es con un contrato laboral?. Si estamos ante una contratación por cuenta ajena y cobra el subsidio, puede hacer dos cosas: a) suspender totalmente el cobro del subsidio y volver a reanudarlo cuando se le termine el trabajo, o bien b) compatibilizarlo, de modo que si el trabajo es por ejemplo a tiempo parcial, cobraría la mitad del subsidio mientras trabaja.
Lo explico con más detalle en esta guía. Un saludo
Hola!
Estoy cobrando paro de media jornada,y me ofrecen trabajo a tiempo parcial. En cuanto se vería reducida mi prestación? Porque se puede compatibilizar,no?
Gracias!
Hola, Alba María. Es perfectamente posible compatibilizarlo, como explicamos en el artículo. Eso si, lo que cobras de paro se reducirá de forma proporcional a las horas que trabajes. Por ejemplo, si cobras 900 euros de paro y te ofrecen un contrato a tiempo parcial de 20 horas semanales, eso es el 50% de la jornada ordinaria (40 hora semanales), y por lo tanto, cobrarías el 50% del paro que venías recibiendo, es decir, 450 euros al mes (50% de 900 €).
Buenas tardes estoy cobrando el subsidio mayores 52 para compatibilizar lo con trabajo a tiempo parcial para poder seguir cobrando que tendría que ganar entre subsidio y trabajo 850 entre las dos gracias
RESPUESTA DE LOS MODERADORES
No, para calcular el tope de rentas no se tiene en cuenta lo que cobra del propio subsidio. Es decir, con el contrato a tiempo parcial puede ingresar hasta 850,50 € (75% SMI), pero ni un céntimo más, porque si se pasa, habría que suspender el cobro del subsidio. Y tenga en cuenta, que el importe de lo que se cobra de salario se cuenta siempre en bruto y con la parte proporcional que corresponde de las pagas extraordinarias prorrateadas.
Buenas tardes, he terminado un trabajo de media jornada y cobraba mi prestación a la mitad. Cómo hago para que me vuelvan a pagar lo que cobraba antes de trabajar a media jornada? No encuentro la forma de hacerlo por internet. O es que ellos mismos lo hacen? Gracias
Hola tengo 58 años cobro el subsidio por desempleo (480€) y me ofrece una empresa de eventos trabajar los 4 sabados del mes como DJ , como tengo que actuar para seguir cobrando el subsidio el resto de dias del mes que no trabajo?
Gracias
Buenos días, estoy cobrando el SED al 50% porque lo compatibilizo con un contrato a tiempo parcial. Quizás en la empresa me cambien de contrato temporal de tiempo parcial, a contrato indefinido de tiempo parcial. Afectaría a mi prestación o podría seguir cobrándola ya que seguiría siendo a tiempo parcial? lo único que cambiaría es la duración del contrato. Un saludo
Hola, hace un mes he terminado un trabajo de 9 años lo cual me dejó una prestación por desempleo del 100% durante dos años. Me acaban de ofrecer un trabajo a media jornada. Me gustaría poder compatibilizar el cobro de la prestación con este nuevo trabajo. Si lo solicito, la prestación se va a quedar en un 50% de la cuantía que me corresponde y la duración será la misma que ya tenía. Mi pregunta es si esa cuantía no se puede ver afectada por la base salarial que establezca el contrato temporal que me ofrecen. Y mi otra pregunta, si cuando termine este contrato que estoy a punto de aceptar, cuales son los requisitos para poder solicitar mi prestacion de nuevo al 100% de cuantia (la que generé de mi anterior trabajo) y lo que reste de duración que me corresponda?, ya que entiendo que siempre será mejor poder tener el paro que he acumulado durante 9 años a jornada completa que el que pueda acumular ahora con un contrato a jornada parcial.
RESPUESTA DE LOS MODERADORES
Buenas tares. Le hemos enviado un email con más indicaciones, porque este tipo de consultas son casos de asesoramiento profesional en los que necesitaríamos disponer de documentación y más información. Un saludo
Buenos días, estoy trabajando media jornada y pedí la prestación contributiva que tenía de un trabajo anterior de un año, cuatro meses me han concedido.Ahora no estoy bien en el trabajo y lo quiero dejar. Cómo queda mi situación, pierdo toda la prestación? Gracias.
Buenos días Raquel. ¿Ha suspendido totalmente el cobro de su prestación contributiva o sigue cobrando el 50% de la base que le reconocieron? ¿comunicó su colocación al SEPE?
Buenas tardes, mi duda es la siguiente. Estoy trabajando a tiempo completo pero acabo de aprobar unas oposiciones, la cual me destinan a 500 km de mi casa y a tiempo parcial. Con lo que gano no tengo para todos los gastos. ¿Podría solicitar el desempleo a la vez que estoy trabajando??
¿Tendrían que despedirme en el primer trabajo para así cobrar desempleo?? Tienen que pasar algunos días para empezar el segundo trabajo??
Gracias
Respuesta de los moderadores
Hola Jose. Para poder hacer lo que comentas, tienes que estar en situación legal de desempleo respecto del primer empleo, es decir, haber perdido dicho trabajo por causas ajenas a tu voluntad, como por ejemplo un despido, fin de contrato temporal, etc. Si pides la baja voluntaria, no estarás en situación legal de desempleo y no podrás pedir el paro. Lee con atención este artículo: ¿puedo cobrar el paro después de una baja voluntaria?