Explicamos cómo se tienen en cuenta los ingresos de una pensión de alimentos por un hijo cuando la madre va a solicitar un subsidio o ayuda por desempleo.
CONSULTA
Mi unidad familiar somos mi hija (estudiante de 18 años) y yo. Para calcular el límite de rentas para poder cobrar la ayuda familiar por insuficiencia de cotización ¿se tiene en cuenta la pensión alimenticia que cobro por mi hija de su padre?
RESPUESTA
Los subsidios por desempleo son ayudas asistenciales y esto significa que antes de concederse, se comprueba que el solicitante y en determinados subsidios, su unidad familiar, se encuentran en situación de carencia de rentas, es decir, que sus ingresos no superan un tope determinado.
El subsidio por cotización insuficiente (ayuda familiar) permite cobrar una ayuda por desempleo a las personas que han perdido involuntariamente su trabajo y tienen acumuladas y sin consumir cotizaciones por desempleo de al menos 90 días.
Para conceder el subsidio se tiene en cuenta un doble requisito de rentas:
a) Que el solicitante, la madre trabajadora en nuestro caso, no tenga ingresos propios superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional. En 2019 este tope de rentas queda fijado en 675 euros al mes.
b) Que las rentas de su unidad familiar no superen tampoco ese tope de 675 euros. En este caso, las rentas de la unidad familiar se calculan sumando todos los ingresos de la unidad familiar y dividiendo entre el número de miembros. Ese resultado individual tampoco debe superar los 675 euros al mes por cada miembro.
¿La pensión de alimentos que se cobra en favor de un hijo se tiene en cuenta como rentas?
Si, la pensión de alimentos se tiene en cuenta como ingreso y forma parte de las rentas que hay que analizar para ver si la unidad familiar supera o no el tope máximo.
Es artículo 275 de la LGSS el que establece el sistema de rentas y en el caso de la consulta, se comprobará primero si la madre no tiene ingresos propios superiores a los 675 euros mensuales. Si no los tiene, luego calcularemos los ingresos de la unidad familiar.
Habrá que sumar todos los ingresos de su unidad familiar (2 miembros; ella y su hija) y dividir entre dos. La pensión de alimentos en favor de la hija se suma al resto de ingresos que pudieran tener.
Si la pensión de alimentos supongamos, es de 700 euros al mes y no hay ningún otro tipo de ingresos, las rentas de la unidad familiar serían de 350 euros al mes (700 euros dividido entre dos miembros), y no superarían el tope de los 675 euros mensuales de renta por miembro.
Otro caso distinto sería, por ejemplo, si la pensión de alimentos fuera de 700 euros y en un mes determinado, la hija, que convive con la madre, se pone a trabajar, con una nómina de 900 euros al mes. En este caso, las rentas de la unidad familiar serían de 800 euros por miembro (700 + 900 dividido entre dos) y como superan el tope por miembro que es de 675 euros, ese mes no podrían cobrar la ayuda familiar por superar el tope de rentas de la unidad familiar.
Como tercer caso, supongamos que la hija tiene reconocida una pensión de alimentos de 1.500 euros al mes. Las rentas de la unidad familiar serían de 750 euros por miembro (1.500 dividido entre dos) y por ello la madre, aunque estuviera en paro y no tuviera ella ningún tipo de ingreso propio, no podría solicitar la ayuda familiar con responsabilidades familiares, porque se pasan del tope de carencia de rentas.
Artículos relacionados:
¿Cómo se calcula el requisito de carencia de rentas?
El subsidio por cotización insuficiente con responsabilidades familiares
Expertos en prestaciones y Derecho laboral