Cómo devolver al SEPE un cobro indebido de ERTE

Cómo devolver al SEPE un cobro indebido de ERTE

El Servicio Público de Empleo comunica por carta a los trabajadores que han recibido indebidamente una prestación por ERTE, que deben realizar su devolución. Este es el procedimiento a seguir.

Actualizado: 25/01/2023

Todo el proceso de tramitación de las prestaciones por ERTE ha sido complicado y hay trabajadores que están recibiendo pagos que no les corresponden, sobre todo porque ya se han incorporado a trabajar y se les debería haber dado de baja la prestación.

 

Si ha recibido un pago indebido del SEPE por ERTE, no utilice ese dinero. En breve recibirá una notificación del SEPE reclamándole su devolución.

 

Cuando las empresas envían al SEPE la información mensual de periodos de actividad de sus trabajadores, el SEPE comprobará que el trabajador ya está dado de alta y se ha reincorporado a la empresa. Entonces le reclamará que devuelva las prestaciones que haya podido recibir4 indebidamente.  En estos casos de pagos indebidos por ERTE, el Servicio de Empleo reclamará la devolución del total, pero sin ningún tipo de recargo o intereses siempre que se devuelva en los 30 días hábiles siguientes a la notificación.

Nota informativa SEPE sobre devolución de cobros indebidos

Importante: para poder llevar a cabo la devolución es imprescindible esperar a que el SEPE le envíe una carta y el boletín para hacer el ingreso.

No haga ninguna devolución hasta que haya recibido esa comunicación oficial del SEPE, porque si adelanta usted el pago, es posible que el SEPE no lo asigne correctamente a su expediente, o bien que la cantidad no esté bien calculada.

Este es un ejemplo real de la notificación que le enviará el SEPE para que haga la devolución del cobro indebido:

Carta SEPE con devolución cobros indebidos

En la carta de recibirá el trabajador para la devolución del cobro indebido, hay dos partes:

 

1) LA CARTA propiamente dicha, en la que le explican el motivo de la devolución que debe realizar.

2) El BOLETÍN, que es un texto aparte donde se le facilita esta información:

  • El importe exacto que tiene que devolver
  • Una cuenta bancaria del Banco de  España a la que debe hacer la transferencia.En la transferencia bancaria es muy importante señalar siempre la referencia de quien hace el pago, tal y como indican en el boletín (NOMINA ERTE- DNI o NIE – y NOMBRE Y APELLIDOS).   
  • En el boletín también se suele indicar una dirección de email del SEPE a la que hay que enviar copia del resguardo de la transferencia realizada.

 

RECUERDE: Es muy importante que cuando se haga el ingreso a la cuenta bancaria del SEPE, DEBE INDICAR EN EL APARTADO “REFERENCIA”  los datos del trabajador que hace el pago, para que el SEPE pueda localizar quién es el que está haciendo la devolución de los cobros indebidos.

 

Algunos trabajadores nos han comentado a través del grupo de Facebook de Loentiendo que ellos se anticiparon a la llegada de la notificación del SEPE. Al comprobar en su cuenta bancaria que el Servicio de Empleo les había ingresado cantidades que no les correspondían, pidieron cita previa presencial en la oficina de empleo y allí el gestor del SEPE les hizo una liquidación de las cantidades a devolver, indicando la cuenta bancaria a la que debían hacer la transferencia y una dirección de email para enviar el justificante.

 

¿Qué hay que hacer si no estoy conforme con la reclamación de cobros indebidos que hace el SEPE?

También es posible que el trabajador no esté de acuerdo con la liquidación de cantidades que el SEPE le indica que tiene que devolver. En esto casos en la propia carta se indica lo siguiente:

“De no estar conforme con lo anterior,  deberá formular por escrito, ante la Dirección Provincial de Servicio Empleo Estatal, las alegaciones que entienda convienen a su derecho, en el plazo de 10 días, de acuerdo con en el artículo 33.1) del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.  Transcurrido dicho plazo, se emitirá a resolución correspondiente.”

Explicamos los pasos a seguir en esta guía: cómo presentar alegaciones y reclamación previa“.

 

¿Es obligatorio enviar al SEPE por mail o correo postal el resguardo de haber hecho la transferencia?

Durante los primeros meses fue obligatorio, pero el 17 de septiembre del año pasado, el SEPE publicó una nota informativa en la que señalaba que “NO es necesario que se presente el boletín de ingreso en la oficina de prestaciones. Se debe conservar por si fuese requerido más adelante.”

¿Qué plazo hay para devolver el dinero indebidamente cobrado por ERTE?

En el comunicado oficial se recuerda que el trabajador dispone de 30 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) para hacer la devolución. Si se supera este plazo, se producirá un recargo del 20 % sobre el importe del cobro indebido y los correspondientes intereses legales de demoras si no se realizase el pago.

No tengo dinero ahora ¿puedo devolverlo en plazos?

Si, es posible solicitar al SEPE la devolución del importe pendiente en pagos fraccionados. Explicamos en cuantos pagos es posible dividirlo, los recargos y la forma de solicitarlo en esta guía: Cómo solicitar el fraccionamiento en la devolución de un cobro indebido de la prestación por ERTE.

El SEPE no me reclama el cobro indebido …¿qué hago?

Lo que no hay que hacer es adelantarse y hacer el pago por iniciativa propia. Esto es un gran error, porque luego hay problemas para que el SEPE localice quien ha realizado el pago y lo vincule con el expediente del trabajador. Hay que esperar a que llegue la resolución del SEPE en la que comunique el importe a pagar. Lo que si se puede hacer hasta que esa resolución llegue, es comunicarle al SEPE, a modo informativo, que tenemos una cantidad pendiente de devolver, para que agilice los trámites. Esta comunicación se hace desde el formulario de pre-solicitud online, marcando en la primera página la opción “Incidencia en prestación individual” y en la segunda pantalla, indicando la existencia de un cobro indebido en el campo “Observaciones”.

 

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