¿Cuánto se cotiza por un trabajador a media jornada con el salario mínimo?

Comparte este artículo

Un lector nos ha pedido un ejemplo con cifras sobre cuánto cotizaría empresario y trabajador en el caso de una contratación a media jornada, con el salario mínimo.

INSS y TGSS

Actualizado: 21/10/2024

Cotizaciones de un trabajador a media jornada con salario mínimo

Para este ejemplo tomamos en cuenta el Salario Mínimo Interprofesional en 2024, que es de 1.134 euros en 14 pagas (1.323 euros al mes).

Conceptos

1. Salario a media jornada:
– El salario a media jornada será la mitad del SMI, es decir, 567 euros mensuales en 14 pagas.

2. Base de cotización:
– La base de cotización se ajusta proporcionalmente a la jornada laboral. Para un trabajador a media jornada, la base mínima de cotización será la mitad de la base mínima a jornada completa.

3. Contingencias Comunes:
– Tipo de cotización: 28,30% (23,60% a cargo del empresario y 4,70% a cargo del trabajador).
– Base de cotización: 567 euros.
– Cotización del empresario: 567 euros * 23,60% = 133,79 euros.
– Cotización del trabajador: 567 euros * 4,70% = 26,65 euros.

4. Contingencias Profesionales:
– Tipo de cotización: Varía según la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007, y es a cargo del empresario.
– Supongamos un tipo del 1,50% (ejemplo).
– Cotización del empresario: 567 euros * 1,50% = 8,51 euros.

5. Desempleo:
– Tipo de cotización: 7,05% (5,50% a cargo del empresario y 1,55% a cargo del trabajador).
– Cotización del empresario: 567 euros * 5,50% = 31,19 euros.
– Cotización del trabajador: 567 euros * 1,55% = 8,79 euros.

6. Fondo de Garantía Salarial (FOGASA):
– Tipo de cotización: 0,20% a cargo del empresario.
– Cotización del empresario: 567 euros * 0,20% = 1,13 euros.

7. Formación Profesional:
– Tipo de cotización: 0,70% (0,60% a cargo del empresario y 0,10% a cargo del trabajador).
– Cotización del empresario: 567 euros * 0,60% = 3,40 euros.
– Cotización del trabajador: 567 euros * 0,10% = 0,57 euros.

8. Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI):

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

– Tipo de cotización: 0,70% (0,58% a cargo del empresario y 0,12% a cargo del trabajador).
– Cotización del empresario: 567 euros * 0,58% = 3,29 euros.
– Cotización del trabajador: 567 euros * 0,12% = 0,68 euros.

Resumen de cotizaciones del empresario:

– Contingencias Comunes: 133,79 euros.
– Contingencias Profesionales: 8,51 euros.
– Desempleo: 31,19 euros.
– FOGASA: 1,13 euros.
– Formación Profesional: 3,40 euros.
– MEI: 3,29 euros.

Total cotización del empresario: 181,31 euros.

Resumen de cotizaciones del trabajador:

– Contingencias Comunes: 26,65 euros.
– Desempleo: 8,79 euros.
– Formación Profesional: 0,57 euros.
– MEI: 0,68 euros.

Total cotización del trabajador: 36,69 euros.

Por lo tanto, el empresario deberá cotizar un total de 181,31 euros mensuales por un trabajador a media jornada con el SMI en 2024, mientras que el trabajador contribuirá con 36,69 euros mensuales .

 

Otros artículos relacionados

¿Qué son las cotizaciones por contingencias comunes?

Cotización por contingencias comunes