¿Puedo negarme a ir a trabajar por los riesgos de una DANA?

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Ante situaciones de alerta meteorológica, el trabajador puede reclamar su derecho a no colocarse en situaciones de riesgo 

Trabajar en alerta meteorológica

Derechos del trabajador frente a fenómenos meteorológicos extremos

Actualizado: 31/10/2024

¿Pueden obligarme a trabajar durante una DANA?

La seguridad de los trabajadores es prioritaria, especialmente ante situaciones meteorológicas extremas como la reciente DANA, que ha devastado amplias zonas de la Comunidad Valenciana, causando importantes pérdidas humanas y materiales.

En esta situación, surgen preguntas sobre los derechos laborales: ¿pueden obligarte a trabajar si la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) emite alertas naranjas o rojas? ¿Qué dice la legislación sobre el trabajo en condiciones peligrosas?

Protección legal en situaciones de riesgo meteorológico

La legislación española prioriza la seguridad laboral frente a fenómenos adversos. El Real Decreto-ley 4/2023  (modificando el Real Decreto 486/1997) establece que las empresas deben prever medidas preventivas y adaptar las condiciones laborales si la AEMET emite alertas graves:

“En el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.”

Esto puede implicar desde ajustar la jornada hasta, si es necesario, suspender la actividad laboral temporalmente. Así, si no se puede garantizar la seguridad de los trabajadores, estos no están obligados a acudir al centro de trabajo.

Por otro lado, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 21, faculta a los trabajadores a detener su actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de peligro grave e inminente, sin sufrir represalias por parte de la empresa. Esta medida ampara a los empleados ante situaciones como la DANA.

“el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud

También el Estatuto de los Trabajadores (artículo 47.6) contempla la posibilidad de que ante situaciones de causa de fuerza mayor temporal, las empresas adopten medidas fr  reducción o suspensión de la actividad laboral.

¿Qué medidas debe tomar la empresa ante situaciones de máximo riesgo?

El Real Decreto-ley 4/2023 y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establecen los siguientes puntos clave:

  • Adaptación de la jornada: Cuando las alertas meteorológicas indican un riesgo alto (nivel naranja o rojo), la empresa debe ajustar las condiciones de trabajo.
  • Suspensión de la actividad: Si no se puede garantizar la seguridad, la empresa está obligada a suspender la jornada mientras dure el fenómeno peligroso.
  • Protección ante represalias: La ley protege a los trabajadores que, en caso de riesgo, decidan no acudir al trabajo o abandonar su puesto, impidiendo que la empresa tome medidas disciplinarias contra ellos.

¿Qué sucede si la empresa insiste en obligarme a trabajar?

Ante una situación de riesgo evidente, como una alerta por DANA, la Inspección de Trabajo tiene la facultad de investigar y sancionar a las empresas que no respeten las normas de seguridad laboral. Tal y como indicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el Ministerio está dispuesto a revisar los casos en los que los empleadores no protegieron debidamente a sus empleados.

Si tu empresa te obliga a trabajar bajo estas condiciones sin las garantías necesarias, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Para casos de despido, es posible llevar el caso al Juzgado de lo Social, ya que la ley prohíbe represalias por acciones justificadas de autoprotección laboral.

El Ministerio de Trabajo recuerda los derechos laborales en este tipo de situaciones

No obligación de ir a trabajar en situaciones de alerta roja
Aviso del Ministerio de trabajo sobre jornada laboral con DANA

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