Información del Consorcio de Compensación de Seguros

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El Consorcio de Compensación de Seguros informa respecto a los trámites que deben seguir los afectados por las recientes inundaciones para reclamar las indemnizaciones de sus seguros.

Actualizado: 13/11/2024

(*Nota de la redacción:  enviamos un abrazo y nuestro ánimo a las miles de personas afectadas por esta catástrofe)

Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Web oficial:  https://www.consorseguros.es/

Tercera nota informativa del Consorcio de Compensación de Seguros

Descargar 3ª nota en pdf

 

Tercera nota informativa del Consorcio de Compensación de Seguros

 

Segunda nota  informativa del Consorcio de Compensación de Seguros

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Segunda nota informativa CCS

 

Primera nota informativa del Consorcio de Compensación de Seguros

 

Reproducimos la primera nota informativa del Consorcio de Compensación de Seguros sobre los daños provocados por la DANA:  descargar nota completa en pdf

Primera nota informativa consorcio de compensación de seguros

 

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El Consorcio de Compensación de Seguros: ¿Qué es y cómo actúa en caso de catástrofes naturales?

En situaciones de catástrofes naturales, como las recientes inundaciones provocadas por la DANA en Valencia, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) desempeña un papel fundamental. Este organismo público asegura una cobertura frente a eventos excepcionales que normalmente no son contemplados por las pólizas de seguros privadas.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que depende del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa de España. Su misión principal es garantizar la cobertura de riesgos extraordinarios en aquellos casos en que las aseguradoras privadas no se hagan cargo. Estos riesgos pueden incluir fenómenos naturales (como inundaciones, terremotos o erupciones volcánicas), actos de terrorismo y otros eventos excepcionales.

El Consorcio actúa como un “asegurador de último recurso”, y su financiación proviene de las primas que los asegurados abonan obligatoriamente en sus pólizas de seguro en España, en especial aquellas de bienes inmuebles, vehículos y seguros de vida. Esta aportación permite al CCS intervenir cuando se producen daños a la propiedad o vehículos en situaciones que se consideran excepcionales.

¿Qué tipo de daños cubre el Consorcio?

El CCS actúa en eventos que cumplen con la clasificación de “riesgos extraordinarios,” entre los que se encuentran:

Fenómenos naturales: inundaciones, terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, y tornados.
– Actos de terrorismo y violencia política.
– Acciones de las Fuerzas Armadas o de los Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.

Estos eventos, al ser considerados extraordinarios, no están contemplados en las pólizas estándar de las aseguradoras. Por eso, cuando suceden, el CCS entra en acción para cubrir los daños sufridos por los asegurados.

 

Daños provocados por la DANA

La DANA que ha afectado a Valencia, Albacete, Cuenca y Andalucía oriental ha provocado daños irreparables: casi un centenar de personas han perdido la vida. Enviamos a sus familiares y seres queridos nuestro pésame y un abrazo de ánimo.

Los daños materiales en industrias, empresas, hogares, comercios y vehículos, sí pueden recuperarse, al menos en parte.  El CCS asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se hayan producido y continúen produciéndose.

En esta guía intentamos facilitar la información sobre el procedimiento para reclamar las indemnizaciones al Consorcio de Compensación de Seguros.

Pasos para reclamar  al Consorcio de Compensación de Seguros por los daños sufridos

Según la información facilitada por la propia entidad:

  • El CCS indemnizará:
    a. los daños producidos a las personas aseguradas.
    b. los daños en los bienes asegurados, ya se trate de viviendas o comunidades de propietarios; vehículos automóviles; locales de oficina; establecimientos comerciales y de servicios y otros inmuebles de uso no industrial; industrias; y obras civiles e infraestructuras, ya fueran todos los citados bienes de titularidad privada o pública.
  • El requisito para acceder a la cobertura del CCS es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización al CCS.
  • El CCS indemniza tanto los daños materiales producidos por la inundación, como los daños inmateriales que sea consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado.

¿Dónde hay que presentar las solicitudes de indemnización?

Las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado o, en su representación, por su aseguradora o por su mediador (agente o corredor) de seguros. Para ello bastará, alternativamente:

  • Una llamada al centro de atención telefónica del CCS (teléfono gratuito 900 222 665) para facilitar los datos identificativos del asegurado y de las personas o bienes que han sufrido los daños, que tengan seguro,  o bien
  • Cumplimentar esa misma información por internet en la página web del CCS (www.consorseguros.es).
  • Al terminar la conversación o la cumplimentación de datos en pantalla, la solicitud queda instantáneamente registrada en el sistema informático del CCS y se facilita al afectado su número de referencia.
  • El CCS registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros desde que se produjeron los daños.

 

El Consorcio de Compensación de Seguros señala que no resulta necesario ni aconsejable presentar las solicitudes de indemnización presencialmente ni de manera indirecta en oficinas de otros organismos públicos, sistemas que no conllevan el inmediato registro informático de las solicitudes.  Las solicitudes se deben presentar directamente al Consorcio

¿Cómo es el proceso?

1. Comprobación de cobertura: Es fundamental que el afectado cuente con una póliza de seguro que incluya el recargo destinado al Consorcio de Compensación de Seguros. Esto suele estar presente en seguros de hogar, vehículos, comercios, entre otros.

2. Comunicación de daños: Una vez confirmada la cobertura, el siguiente paso es notificar los daños al Consorcio. Esto puede hacerse a través de su página web o mediante una llamada telefónica al centro de atención del CCS. La notificación debe incluir detalles sobre el tipo de daño sufrido, y en algunos casos, documentos gráficos pueden ser útiles para apoyar la solicitud. Asegúrate de contar con pruebas fotográficas o en vídeo de los daños, ya que estas pueden facilitar el proceso de reclamación.

3. Evaluación y peritaje: El CCS designará un perito para evaluar los daños. Este profesional se encargará de inspeccionar la propiedad o el bien afectado, así como de cuantificar el coste de los daños.  No todos los daños están cubiertos: el Consorcio cubre los daños materiales directos, pero puede haber exclusiones, como daños estéticos o pérdidas indirectas.

4. Cobro de la indemnización: Una vez que el perito completa la evaluación y la reclamación es aceptada, el Consorcio procede a realizar el pago la indemnización. correspondiente, en función del tipo y magnitud del daño sufrido.

Para más información:

  • Página web del Consorcio de Compensación de Seguros: www.consorseguros.es
  • Teléfono de atención al asegurado: 900 222 665

Recuerda que ante cualquier duda, lo mejor es contactar con tu compañía de seguros o con el propio Consorcio para recibir asesoramiento personalizado.

Recomendaciones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)

La OCU ha publicado una nota de recomendaciones en relación a los daños sufridos por las inundaciones y el Consorcio de Compensación de Seguros

Cómo actuar si sufres daños por un temporal

 

  • 1. Revisa las condiciones de tu seguro y reclama. Si el siniestro es claramente extraordinario, comunícalo inmediatamente al Consorcio: puedes hacerlo en www.consorseguros.es. Si no está claro, comunícalo tanto a tu aseguradora como al Consorcio.
  • 2. Es importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar el origen y consecuencias del daño (desde recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policia, protección civil, bomberos…) y, si es posible, busca testigos.

¿Anularon tu viaje?
La DANA y los temporales de estos días han obligado a cancelar muchos viajes previstos, trayectos en tren o autobús. Si te quedaste sin viajar, te recordamos que tienes derecho a ser transportado a tu destino lo antes posible, o a que te devuelvan el importe del billete.

 

El Ministro de Economía, de quien depende el Consorcio de Compensación de Seguros, ha informado de que ya se han recibido más de 40.000 comunicaciones:

Nota del Consorcio de compensación de Seguros

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2 comentarios en «Información del Consorcio de Compensación de Seguros»

  1. Si estoy trasladando mi actividad de una poblacion a otra, estimo tardare unos 10 dias ¿que tengo que hacer para tener cobertura de Consorcio en ambos riesgos?

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  2. Buenos días, es una queja al consorcio de seguros de Valencia, ya que creo que van un poco perdidos e desorganizados, debería ir calle por calle y hacer en una mañana las casas de una calle, no esta casa mañana esta otra, no adelantan, se que tienen mucho trabajo, pero deberían tener un poco más de empatía y educación, ya que muchos muy mal hablados, encima de lo que tenemos perder casa, pertenecias, senseres, etc… para que nos traten como nos tratran, No tiene mombre, esta mañana un tal Agustin por la calle Ribera Alta de Algemesí , no queria ni identificarse, y muy mal hablado se que están desbordados pero ese no es mi problema mi problema es otro, necesito que sean eficaces y rápidos. Mejor organización ser más eficientes y más educados y respetuosos.

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