Uno de los documentos imprescindibles para pedir el paro es el certificado de empresa. La oficina de empleo debe tener los correspondientes a las empresas en que se haya trabajado durante los últimos seis meses, pero ¿cómo se obtienen estos certificados?
¿Qué es el certificado de empresa?
Actualizado: 06/08/2024
El certificado de empresa es el documento que emite la empresa con el que se acredita la situación legal de desempleo del trabajador y la causa de la misma, es decir, el motivo por el que ha cesado la relación laboral. Puede ser un despido, finalización del contrato temporal, cese por no superar el periodo de prueba, ERE, baja voluntaria, etc.
El certificado de empresa es importante, porque dependiendo de la causa que aparezca como motivo del cese de la relación laboral, se estará o no en situación legal de desempleo para poder cobrar el paro.
El SEPE, salvo que haya comprobaciones posteriores, considera que la razón por la que se ha terminado el contrato de trabajo es la que la empresa indica en el certificado.
Por ejemplo, si en el certificado la empresa comunicase como motivo del cese la “baja por voluntad del trabajador”, no se podría solicitar la prestación por desempleo. El SEPE no entra a analizar la dimisión del trabajador ni la razón por la que se ha producido. Únicamente tiene en cuenta que esa ha sido la causa del fin de la relación laboral.
El certificado de empresa también sirve para calcular el importe de la prestación o subsidio por desempleo que cobrará el trabajador, ya que en el certificado se indican cuáles han sido las bases de cotización y con ellas se calcula el paro.
Modelo oficial de certificado de empresa
Desde el siguiente enlace puede descargar el certificado de empresa en pdf:
El certificado, cuando se entrega en papel, debe venir firmado y sellado por el representante legal de la empresa y debe indicar:
- Causa de la extinción de la relación laboral (fin de contrato, despido, baja voluntaria, ERE, excedencia, no superación del periodo de prueba, etc). Es muy importante, pues en función del motivo se podrá tener o no derecho a una prestación.
- Tipo de contrato, jornadas de trabajo,
- Cotizaciones por contingencias comunes y de desempleo
- Vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, etc
Plazo para enviar el certificado de empresa
La empresa deberá emitir el Certificado de Empresa en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la situación legal de desempleo (despido del trabajador, fin de contrato temporal, etc).
El documento contará con toda la información para que el trabajador pueda solicitar la prestación por desempleo o un subsidio o ayuda extraordinaria.
Normalmente el certificado lo envía directamente la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antiguo INEM) a través de una aplicación informática, Certific@2 que es obligatoria en las empresas con mayor número de empleados.
Importante: en la mayor parte de los casos, la empresa no entregará el certificado en mano al trabajador, sino que lo enviará de forma telemática al Servicio de Empleo.
Como excepción, el Certificado se suele entregar en mano en aquellas empresas que por su actividad fija discontinua o temporal tengan diversos periodos de actividad o inactividad o sucesivos contratos temporales dentro del mes y también en empresas de tamaño muy reducido.
Si la empresa ha enviado el Certificado de forma electrónica, ¿puede el trabajador pedir una copia del certificado en la oficina de empleo?
Si. Según la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, que regula el envío de los Certificados, el Servicio Público de Empleo entregará una copia del certificado al trabajador si este lo solicita.
Consultar el Certificado de empresa por Internet
Ya hemos visto que es la propia empresa la que a través del sistema Contrat@ hace el envío al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y no lo entrega en mano, pero el trabajador puede obtenerlo por Internet.
A través de la página del SEPE, si se tiene DNI electrónico, certificado digital o clave de usuario, se puede consultar el certificado. Para ello acceda a través de este enlace;
Consulta Certificados Empresa Online (enlace), pulsando donde indica “Consulta de Certificados de Empresa“.
También hay disponible un manual de uso en pdf de esta herramienta.
¿Qué hacer si la empresa no entrega el Certificado o ha desaparecido?
Si la empresa se niega a entregar el documento, el trabajador debe solicitar la prestación de todos modos, para evitar que se le pase el plazo para pedir el paro (recordemos que es de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo).
Además de la solicitud de la prestación, adjuntará el impreso “Declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones”, disponible en la oficina de empleo. En la mayor parte de los casos el INEM (SEPE) requerirá directamente al empresario la entrega de la documentación.
Si la empresa ha desaparecido, el trabajador deberá señalarlo en el mismo impreso. El Servicio Público de Empleo Estatal intentará ponerse en contacto con ella, directamente o por medio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En casos de fuerza mayor el Certificado de Empresa o los documentos de cotización (TC) pueden sustituirse por otros medios de prueba, según indiquen en la oficina de empleo.
¿Además del Certificado de Empresa, debe la empresa entregar otros documentos?
La mayor parte de las empresas están obligatoriamente incluidas en un sistema informático que las conecta con la Tesorería General de la Seguridad Social, el Sistema RED (Remisión electrónica de documentos) . Con este cruce de datos el SEPE conoce automáticamente las cotizaciones del trabajador, por lo que no es necesario incluir documentación adicional.
Si la empresa no estuviera integrada en el RED, lo que no es frecuente, deberá entregar al trabajador los TC2 (documentos de cotización) correspondientes de los 180 días de trabajo anteriores al cese.
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¿Qué puedo hacer si la empresa no me quiere dar el certificado?
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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Tengo que agotar mi paro y después de ello tengo que echar la contributiva ¿me vale mi último certificado aunque haya pasado el mes?
Respuesta de los moderadores
Si, por supuesto, es válido. El certificado de empresa no tiene caducidad, es un documento en el que simplemente la empresa informa al SEPE de la extinción del contrato de trabajo, los motivos, las fechas, etc.
Buenos días.Mi empresa ha emitido el certificado de empresa con Baja voluntaria, y yo no he firmado nada. Me he puesto en contacto con ellos y dicen que ya están fuera de plazo para modificar dicho certificado. ¿Cuánto tiempo se dispone para dicha modificación del certificado?
Gracias
Hola, tengo una consulta.
Si la causa de fin de contrato es CESE EN PERIODO DE PRUEBA, se tiene derecho a la prestación?
Gracias
RESPUESTA DE LOS MODERADORES
Depende de varios factores: si el cese es por voluntad del trabajador, es decir, porque el trabajador ha realizado el periodo de prueba y no quiere trabajar en esa empresa, esto es similar a una baja voluntaria y provoca que no haya situación legal de desempleo y por lo tanto, no se puede solicitar la prestación en ese momento.