Las Agencias de colocación autorizadas por el SEPE

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¿Sabes qué son exactamente las Agencias de Colocación? ¿Son útiles para encontrar empleo? Resolvemos todas las dudas y te explicamos cómo consultar el listado oficial de entidades autorizadas por el SEPE en 2026.

Información sobre las Agencias de Colocación y el SEPE

¿Qué son las Agencias de Colocación?

Actualizado: 25/09/2026

Las Agencias de Colocación son entidades públicas o privadas que actúan como intermediarios entre los trabajadores que buscan empleo y las empresas que necesitan cubrir vacantes. Su objetivo es lograr la inserción sociolaboral cruzando perfiles y ofertas.

Para poder ejercer esta actividad de forma legal en España, estas entidades deben presentar una declaración responsable y obtener la autorización oficial del Sistema Nacional de Empleo (SEPE o Servicios Autonómicos).

¿Quién puede ser Agencia de Colocación? Entre las autorizadas encontramos Ayuntamientos, Cámaras de Comercio, fundaciones, ONGs (como Cruz Roja o Cáritas), plataformas de empleo online, centros de formación y también Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

El régimen de estas agencias está estrictamente regulado en el artículo 43 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Esta ley les impone dos líneas rojas infranqueables:

  1. Garantizar la igualdad de trato y la no discriminación en la selección.
  2. La total gratuidad de los servicios para los trabajadores. Las agencias tienen totalmente prohibido exigir dinero, tarifas o compensaciones al desempleado por ayudarle a encontrar trabajo.

¿Cuál es la diferencia entre una Agencia de Colocación y una ETT?

Es una de las dudas más frecuentes. Una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) también realiza labores de intermediación laboral, pero existe una diferencia jurídica abismal entre ambas figuras:

  • Quién contrata: La Agencia de Colocación solo hace de “intermediaria”; busca al candidato ideal y se lo presenta a la empresa, pero es la empresa final la que firma el contrato directamente con el trabajador. Por el contrario, la ETT sí contrata directamente al trabajador en su propia plantilla y luego lo “presta” temporalmente a la empresa cliente mediante un contrato de puesta a disposición.
  • El coste: La Agencia de Colocación actúa gratuitamente para el trabajador (aunque, si es privada y no colabora con el Estado en ese momento, le cobrará sus honorarios a la empresa que busca el talento). La ETT, como es el empleador real, asume el pago de la nómina y factura a la empresa cliente un margen comercial.

Nota: La ley actual permite que una misma empresa actúe a la vez como ETT y como Agencia de Colocación, siempre que diferencie claramente bajo qué paraguas está prestando el servicio.

Listado Oficial de Agencias de Colocación

El SEPE mantiene un registro nacional público y actualizado donde puedes buscar qué entidades están autorizadas cerca de tu domicilio, filtrando por provincia o por sector de actividad.

Puedes consultar el buscador oficial en el siguiente enlace del Sistema Nacional de Empleo:
Buscador Oficial de Agencias de Colocación Autorizadas (SEPE)

¿Qué son las Agencias Colaboradoras (ACC)?

De todo el listado anterior, algunas agencias privadas firman convenios específicos de colaboración (y financiación) con los Servicios Públicos de Empleo. Estas son las ACC. En estos casos concretos, la agencia no le cobra a la empresa privada por encontrar al candidato, sino que se financia con dinero público del SEPE. A cambio de subvenciones y pagos por objetivos de inserción logrados, la agencia asume la tarea de orientar, formar y buscar trabajo a parados de larga duración o colectivos vulnerables derivados por la oficina de empleo.

“He recibido un SMS del SEPE derivándome a una Agencia”

En ocasiones, las personas inscritas como demandantes de empleo (apuntadas al paro) reciben un SMS o correo electrónico similar a este:

“El Servicio Público de Empleo le comunica que la Agencia de Colocación ‘XYZ’ se pondrá en contacto con Vd. para intermediar en su inserción laboral.”

Esto significa que el SEPE ha externalizado temporalmente las labores de orientación de tu expediente a una de sus agencias colaboradoras (financiadas con fondos públicos). Esta agencia privada te citará para hacerte una entrevista personal, mejorar tu currículum, darte formación y enviarte a entrevistas de trabajo.

¡Cuidado! Esta derivación es de obligado cumplimiento. Cuando una Agencia de Colocación actúa como colaboradora del Servicio Público, rechazar sus llamadas, no acudir a las entrevistas concertadas o no participar en las sesiones de orientación se considera una infracción grave (igual que si dieras plantón al propio SEPE) y puede conllevar sanciones como la pérdida temporal o total de tu prestación por desempleo o subsidio.

Ejemplos prácticos de cómo funcionan

  • Ejemplo 1 (Ayuntamientos): El Ayuntamiento de Zaragoza, mediante su agencia de colocación municipal, recibe ofertas de empresas locales y gestiona procesos de selección priorizando a los vecinos inscritos en su bolsa de empleo municipal. El servicio es gratis tanto para la empresa como para el trabajador.
  • Ejemplo 2 (Agencias Privadas en Recolocaciones): Tras un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), la gran empresa que despide contrata a una Agencia de Colocación (como Lee Hecht Harrison o Ibecon) para que ofrezca un “Plan de Recolocación” obligatorio de 6 meses a los trabajadores despedidos, dándoles talleres, apoyo psicológico y cruzando sus perfiles con ofertas del mercado.

Más información oficial

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Nuestra recomendación es que no confíes tu futuro laboral a una sola carta. Inscríbete en el SEPE, en los portales de internet y también en las Agencias de Colocación de tu provincia. Para multiplicar tus opciones, lee nuestra guía actualizada:

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