Las Agencias de colocación autorizadas por el SEPE

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 ¿Sabes cómo funcionan las Agencias de Colocación? ¿Son de utilidad para encontrar empleo?. Consulta el listado de las Agencias de Colocación autorizadas por el SEPE (INEM).

Las Agencias de Colocación

 ¿Qué son las Agencias de Colocación?

Actualizado: 03/08/2025

Las Agencias de colocación son entidades, tanto públicas como privadas, que una vez que tienen la correspondiente autorización por parte del Servicio Público de Empleo, actúan como intermediarios entre trabajadores y empleadores, para encontrar los puesto de trabajo adecuados para unos y otros.

Por ejemplo, son Agencias de Colocación algunos centros de formación, las cámaras de comercio, ayuntamientos, organizaciones no gubernamentales, empresas de empleo doméstico, asociaciones, colegios profesionales, y también algunas Empresas de Trabajo Temporal.

Las Agencias de colocación están obligadas a no cobrar por sus servicios a los trabajadores, garantizar la igualdad y no discriminación en la asignación de ofertas de trabajo y preservar la intimidad de la información que gestionen.

Las Agencias de Colocación se rigen por la Ley 3/2023, de 28 de enero, de Empleo , en concreto, en su artículo 43, donde se establece el régimen de las agencias de colocación, así como las condiciones de inicio de su actividad.

Listado de Agencias de Colocación Colaboradoras

Los Servicios Públicos de Empleo coordinan la actuación de todas las Agencias de Colocación, pero no todas estas agencias tienen la condición de Agencia de Colocación Colaboradora (ACC) de los Servicios de Empleo. Las ACC  son aquellas que tienen un convenio jurídico específico en el que queda regulada cómo se va a llevar a cabo dicha colaboración.

El listado de Agencias de Colocación autorizadas se puede consultar en :  https://www.sistemanacionalempleo.es/AgenciasColocacion_WEB/listadoAgencias.do?modo=inicio

¿Cuál es la diferencia entre una Agencia de Colocación y una ETT?

Una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) es aquella que realiza labores de intermediación laboral, entre ofertantes y demandantes de empleo. Hasta aquí coincide con el SEPE y con las Agencias de Colocación.
Sin embargo existen dos diferencias básicas entre ellas:

  • Las Agencias de Colocación no contratan por si mismas a los trabajadores seleccionados. En cambio, las ETT sí y los ceden a las empresas interesadas, mediante un contrato de puesta a disposición.
  • Las Agencias de Colocación actúan gratuitamente (no cobran al trabajador ni al empresario), mientras que las ETT si lo hacen, normalmente al empresario.

Desde que entró en vigor la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma laboral del mercado, las ETT que cumplan determinadas condiciones pueden ser, también, Agencias de Colocación. Para ello, tendrán que firmar el convenio de colaboración con el Servicio Público de Empleo que corresponda y ofrecer sus servicios gratuitamente.

 

¿Cómo colaboran con los Servicios Públicos de Empleo?

Las Agencias de Colocación reciben peticiones de las empresas para contratar a trabajadores y al mismo tiempo los ciudadanos les hacen llegar solicitudes de empleo. A partir de aquí,  estas agencias seleccionan a los candidatos que más se ajustan a las necesidades de la empresa y los ponen en contacto. Será la propia empresa quien decida a cuál de los candidatos preseleccionados contratará.

¿Cómo cobran las Agencias de Colocación por sus servicios?

Las Agencias de Colocación no cobran a trabajadores y empresarios, sino que se financian con los presupuestos de los Servicios de Empleo, en función de un contrato marco firmado, por el que se comprometen a obtener una serie de resultados y en función de ello se les retribuye.  En los próximos años está previsto que el presupuesto destinado por los Servicios de Empleo para este fin sea superior a los 60 millones de euros anuales.

¿Están funcionando ya las Agencias de Colocación?

Funcionan desde hace años. Existe incluso un buscador oficial del Servicio Público de Empleo (SEPE) para localizarlas. Con la publicación de las autorizadas para el Acuerdo Marco para la colaboración con Servicios Públicos de Empleo se pondrán en marcha convenios específicos con el SEPE y los Servicios Autonómicos de Empleo.

Nuestra recomendación para quienes buscan trabajo es que se inscriban en las Agencias de su sector o localidad. Ello no supone ningún coste económico para el trabajador y así  aumentarán sus posibilidades de encontrar empleo.

Ejemplos de funcionamiento de una Agencia de Colocación

  • Ejemplo 1: Proceso de búsqueda de empleo
    Una persona desempleada en Zaragoza acude a la Fundación Rey Ardid (agencia autorizada). Tras una entrevista de orientación, la agencia evalúa su perfil y lo incluye en su base de datos. La entidad recibe una oferta de una empresa local que busca personal de apoyo sociosanitario y considera a este candidato adecuado. La agencia gestiona el proceso de selección y, si la empresa decide contratar, la inserción laboral se notifica y computa como éxito del servicio
  • Ejemplo 2: Colaboración público-privada para inserción estable
    Ibecon, como agencia de colocación y empresa de recolocación autorizada por el SEPE, colabora con los servicios de empleo de Castilla y León. Gestiona tanto ofertas de empleo ordinarias como programas de recolocación tras expedientes de regulación de empleo. En un caso, trabajadores afectados por un ERE son derivados a Ibecon, que les ofrece orientación personalizada y gestiona ofertas en empresas colaboradoras. El objetivo es conseguir un empleo de, al menos, seis meses de duración, que es lo que el SEPE reconoce como “recolocación efectiva”.
  • Ejemplo 3: Ayuntamientos y asociaciones como agencias
    El Ayuntamiento de Zaragoza, mediante su agencia de colocación municipal, organiza ferias de empleo y programas de inserción para jóvenes. Recibe ofertas exclusivamente locales y gestiona procesos de selección para empresas del municipio, priorizando a los inscritos en la bolsa de empleo municipal. El seguimiento y estadísticas se coordinan con el SEPE.

¿Ha recibido un SMS como éste?

“El servicio público de empleo estatal le comunica que la agencia de colocación ABCD, se pondrá en contacto con VD para intermediar en su inserción laboral”.

En ocasiones las personas inscritas como demandante de empleo reciben este tipo de mensajes. Estos SMS, cuando provienen del Servicio de Empleo, significan que será la Agencia de colocación la que realice todas las gestiones de orientación e intermediación laboral para intentar ayudar al trabajador en paro a encontrar un empleo. La Agencia de Colocación le citará para realizar una entrevista personal, ayudarle en la redacción del curriculum, inscribirle en su base de datos o bolsas de empleo y proponerle ofertas de empleo.

Hay que decir que cuando la Agencia de Colocación actúa como colaboradora del Servicio de Empleo, es obligatorio acudir a sus citaciones y cumplir todo el proceso de orientación laboral , que es como si lo estuviera realizando directamente el servicio de empleo, solo que en este caso, se ha delegado en la Agencia de Colocación. Si se incumplen estas obligaciones el trabajador puede ser sancionado

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