8 trámites que deberás realizar tras el nacimiento de tu hijo

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Guía con los trámites necesarios tras el nacimiento de un hijo o hija. Inscripción, permisos, prestaciones, ayudas

Trámites tras el nacimiento de un hijo

Si te organizas bien, los trámites no son tan complicados y además, muchos de ellos se puede realizar incluso por Internet.

Lo primero es recopilar toda la documentación necesaria en el propio Hospital, para lo que tendrás que rellenar estos impresos:

  • Informe médico de maternidad firmado por el médico o la matrona que ha asistido al parto.
  • Cuestionario para la declaración de nacimiento que hay que cumplimentar con los datos de los padres, en caso de que el hospital en el que se haya producido el nacimiento se encuentre dentro de la medida de comunicación telemática de nacimientos a Registros Civiles desde centros sanitarios.
  • Alta hospitalaria de la madre y del bebé.
  • Si los padres viven en un municipio diferente del municipio de nacimiento (el del hospital normalmente) y van a inscribir al recién nacido en el Registro Civil del municipio donde viven, deben tene un Certificado que indique que no se ha promovido la inscripción del recién nacido en el Registro Civil de la localidad de nacimiento. En caso de comunicación telemática del nacimiento desde el centro sanitario bastará con que el parte médico no lleve la indicación “Datos comunicados a Registro Civil” o alguna fórmula equivalente y esté sellado por el centro sanitario.

Una vez que se tienen los impresos necesarios en el hospital, comienzan los trámites.

1. Inscripción de nacimiento en el Registro Civil o en el hospital

La inscripción del nacimiento es un trámite obligatorio que debes realizar como padre o tutor. Actualmente, este trámite se puede hacer de forma presencial en el Registro Civil o desde el mismo centro sanitario, de forma electrónica.

Ten en cuenta, que el plazo para inscribir al recién nacido es de 72 horas. Si transcurre ese periodo se deberá realizar en el Registro Civil, en el plazo de 10 días, ampliable hasta 30 si se dan causas justificadas.

Si vas al Registro para hacer el trámite en persona, tienes que elegir entre el Registro Civil del lugar en el que vives o el del lugar en el que haya nacido el bebé. Cómo regla general será el lugar de nacimiento. Si se está casado, es suficiente con que vaya al Registro uno de los dos progenitores, pero si no hay matrimonio, deberán ir los dos, para reconocer ambos al hijo. En el momento de la inscripción se podrá solicitar el certificado de nacimiento.

Si realizas la inscripción desde el hospital o centro sanitario de forma electrónica, te entregarán el formulario y ellos se encargarán de enviar los datos y la documentación necesaria al Registro Civil. Si no lo hacen, solicítalo, así evitarás acudir al Registro y posteriormente, será el Registro el que te enviará la certificación literal de nacimiento. Con la tramitación telemática, el libro de familia no se actualiza. Si quieres tenerlo actualizado debes acudir al Registro Civil, aunque legalmente las actualizaciones no son necesarias cuando se acompañe al libro de familia la certificación literal de nacimiento.

Puedes consultar si tu hospital dispone de esta opción aquí.

2. Solicitar el certificado de nacimiento

Aprovecha la inscripción para solicitar el certificado que lo acredita. Si has acudido al Registro Civil, puedes solicitarlo en el mismo momento y si has completado el formulario de inscripción en el hospital, te enviarán el certificado por correo.

En cualquier caso, si hay algún problema con el envío del Certificado de nacimiento se puede solicitar en cualquier momento a través de internet.

3. Empadronar al bebé

Es necesario inscribir al recién nacido en el padrón municipal. En muchos municipios el Registro Civil informa al propio Ayuntamiento y se realiza el trámite de forma automática. En este último caso, se inscribirá en el domicilio de los progenitores si viven juntos, o de la madre, en su caso.

En los municipios que no lo hagan de forma automática, se deberá acudir al Ayuntamiento y solicitar la inscripción.

4. Inscribir al recién nacido en la Seguridad Social

El siguiente paso es acudir a una oficina de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para dar de alta al nuevo miembro de la familia e inscribirlo con uno de los padres como beneficiario de la seguridad social.

La inscripción se puede realizar online ( a través del Portal Tu Seguridad Social) o de forma presencial.

Tramites Seguridad Social con nacimiento de hijo

Si decides acudir presencialmente hay que solicitar cita previa.

Será necesario presentar el DNI, el libro de familia actualizado o junto al certificado de nacimiento y el formulario cumplimentado.

5. Solicitud de la tarjeta sanitaria

Si tu bebé ya está apuntado en la Seguridad Social, deberás acudir al Centro de salud correspondiente a tu domicilio y pedir dos cosas: la tarjeta sanitaria y una primera cita dónde se le asignará un pediatra.

Recuerda llevar el libro de familia actualizado o junto al certificado de nacimiento y el documento de afiliación a la Seguridad Social del recién nacido.

6. Baja por maternidad

Tanto si acude la propia madre, como si va alguien en su nombre, para pedir la prestación por maternidad se deberá acudir a uno de los centros de atención e información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social o realizar la solicitud desde Tu Seguridad Social.

La baja tiene una duración de un mínimo de 6 semanas que pueden llegar como máximo hasta las 16 semanas. Esas 10 semanas de diferencia se pueden compartir con el padre.

Cuando tengas la baja tendrás que llevar el documento a la empresa y solicitar el certificado de empresa.

¿Qué documentación debes llevar?

  • Documento de identidad (DNI o NIE)
  • Libro de familia o documento de inscripción en el Registro Civil
  • Certificado de empresa informando la baja
  • Informe de maternidad, en algunos casos
  • Formulario de solicitud

 

7. Baja por paternidad

En 2022, al padre le corresponden, igual que a la madre, 16 semanas por permiso de paternidad.

La baja o permiso por paternidad se debe solicitar en los Centros de información de la Seguridad Social CAISS del INSS) o desde el portal web “Tu Seguridad Social”.

¿Qué documentación es necesaria?

  • Documento de identidad (DNI o NIE)
  • Libro de familia o documento de inscripción en el Registro Civil
  • Certificado de empresa informando la baja
  • Formulario de solicitud

 

8. Deducción por maternidad

Si se tienen hijos menores de 3 años, o han pasado menos de 3 años desde la adopción o acogimiento y la madre trabaja, se podrá solicitar una deducción de 100€ mensuales en la declaración de la Renta. Este trámite se llama Deducción por maternidad (Agencia Tributaria).

También las Comunidades Autónomas y algunos ayuntamientos establecen ayudas específicas en su ámbito tras el nacimiento de un hijo. No dejes de consultar las que existen en tu localidad. En el artículo Ayudas para las madres y la familia en general (+info) ampliamos el análisis de más ayudas.

9. Complemento de ayuda a la infancia (hasta 100 euros al mes por menor)

Los progenitores con bajos recursos y patrimonio pueden solicitar en 2022 el nuevo complemento de ayuda a la infancia. Es una ayuda de hasta 100 euros al mes por menor de 18 años a cargo.  Toda la información y requisitos para solicitarlo está en esta guía:  Nuevo complemento de ayuda a la infancia.

Si has seguido estos pasos tienes los principales trámites resueltos.

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Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento profesional para un caso concreto, puede solicitarlo a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.