El sueldo de los empleados y empleadas de hogar corresponde con el SMI, al igual que el resto de trabajadores. Te contamos cuál es el mínimo garantizado este año.
Sueldo de una empleada de hogar en 2024
Actualizado: 28/05/2024
Los empleados de hogar, no podrán cobrar un sueldo inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente cada año.
El salario mínimo interprofesional actual para los empleados de hogar en 2024 es de 1.134 euros al mes en 14 pagas, es decir, 15.876 euros brutos al año.
Te contamos cuáles son los sueldos que debe cobrar un trabajador del hogar dependiendo de si trabaja a jornada completa, parcial o por horas.
Salario mínimo de un empleado o empleada de hogar si trabaja a jornada completa, sin prorratear pagas extra
Los empleados o empleadas de hogar tienen los mismos derechos que el resto de trabajadores, pero debido al carácter especial de su relación, tienen algunas reglas particulares que afectan al salario. Además, si se es trabajador de hogar por horas, se tendrán reglas aún más específicas, que explicamos a lo largo del artículo.
No existe una cantidad fija que se tenga que pagar a una empleada de hogar, ya que no hay convenio colectivo para este sector, pero lo que sí existe es un límite mínimo de sueldo garantizado por ley: no se podrá cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional vigente (2024)
En 2024, el salario mínimo de un empleado o empleada de hogar que trabaje a jornada completa (40 horas semanales) tendrá que ser como mínimo de 1.134 € brutos al mes repartidas en 14 pagas anuales, es decir, 15.876 € brutos al año.
Salario mínimo de un empleado o empleada de hogar si trabaja a jornada completa, con pagas extra prorrateadas
Si el empleador y la trabajadora deciden que las pagas extra se cobren prorrateadas mensualmente, el salario mínimo sería de 1.323 € brutos al mes en 12 pagas (15.876 euros brutos al año, divididos en 12 pagas)
Salario mínimo si se trabaja a jornada parcial
Si se trabaja a jornada parcial, el salario mínimo se calculará proporcionalmente en función del número de horas que se trabaje.
Si utilizamos el sistema de incluir en la retribución la parte proporcional de pagas extra, tendríamos esta equivalencia entre el salario mensual de 1.323 euros (en 12 pagas), calculado proporcionalmente a las horas que se han trabajado. Lo mostramos en esta tabla
Horas Semana | Bruto/mes | Bruto/mes + paga extra | Grupo cotización | Neto/mes | Neto/mes + paga extra |
---|---|---|---|---|---|
1 | 28,35 € | 33,08 € | 1 | 11,15 € | 15,88 € |
2 | 56,70 € | 66,15 € | 1 | 39,50 € | 48,95 € |
3 | 85,05 € | 99,23 € | 1 | 67,85 € | 82,03 € |
4 | 113,40 € | 132,30 € | 1 | 96,20 € | 115,10 € |
5 | 141,75 € | 165,38 € | 1 | 124,55 € | 148,18 € |
6 | 170,10 € | 198,45 € | 1 | 152,90 € | 181,25 € |
7 | 198,45 € | 231,53 € | 1 | 181,25 € | 214,33 € |
8 | 226,80 € | 264,60 € | 1 | 209,60 € | 247,40 € |
9 | 255,15 € | 297,68 € | 2 | 230,57 € | 273,10 € |
10 | 283,50 € | 330,75 € | 2 | 258,92 € | 306,17 € |
11 | 311,85 € | 363,83 € | 2 | 287,27 € | 339,25 € |
12 | 340,20 € | 396,90 € | 2 | 315,62 € | 372,32 € |
13 | 368,55 € | 429,98 € | 2 | 343,97 € | 405,40 € |
14 | 396,90 € | 463,05 € | 3 | 363,01 € | 429,16 € |
15 | 425,25 € | 496,13 € | 3 | 391,36 € | 462,24 € |
16 | 453,60 € | 529,20 € | 3 | 419,71 € | 495,31 € |
17 | 481,95 € | 562,28 € | 3 | 448,06 € | 528,39 € |
18 | 510,30 € | 595,35 € | 3 | 476,41 € | 561,46 € |
19 | 538,65 € | 628,43 € | 4 | 494,44 € | 584,22 € |
20 | 567,00 € | 661,50 € | 4 | 522,79 € | 617,29 € |
21 | 595,35 € | 694,58 € | 4 | 551,14 € | 650,37 € |
22 | 623,70 € | 727,65 € | 4 | 579,49 € | 683,44 € |
23 | 652,05 € | 760,73 € | 4 | 607,84 € | 716,52 € |
24 | 680,40 € | 793,80 € | 5 | 625,74 € | 739,14 € |
25 | 708,75 € | 826,88 € | 5 | 654,09 € | 772,22 € |
26 | 737,10 € | 859,95 € | 5 | 682,44 € | 805,29 € |
27 | 765,45 € | 893,03 € | 5 | 710,79 € | 838,37 € |
28 | 793,80 € | 926,10 € | 5 | 739,14 € | 871,44 € |
29 | 822,15 € | 959,18 € | 6 | 757,30 € | 894,33 € |
30 | 850,50 € | 992,25 € | 6 | 785,65 € | 927,40 € |
31 | 878,85 € | 1.025,33 € | 6 | 814,00 € | 960,48 € |
32 | 907,20 € | 1.058,40 € | 6 | 842,35 € | 993,55 € |
33 | 935,55 € | 1.091,48 € | 6 | 870,70 € | 1.026,63 € |
34 | 963,90 € | 1.124,55 € | 7 | 883,64 € | 1.044,29 € |
35 | 992,25 € | 1.157,63 € | 7 | 911,99 € | 1.077,37 € |
36 | 1.020,60 € | 1.190,70 € | 7 | 940,34 € | 1.110,44 € |
37 | 1.048,95 € | 1.223,78 € | 7 | 968,69 € | 1.143,52 € |
38 | 1.077,30 € | 1.256,85 € | 7 | 997,04 € | 1.176,59 € |
39 | 1.105,65 € | 1.289,93 € | 8 | 1.023,48 € | 1.207,76 € |
40 | 1.134,00 € | 1.323,00 € | 8 | 1.049,72 € | 1.238,72 € |
Ejemplo: Silvia es contratada como empleada de hogar de lunes a viernes 4 horas al día, por lo que trabaja 20 horas a la semana, o lo que es lo mismo, hace media jornada. El salario que tiene que recibir al mes es, como mínimo, de 661,50 € brutos al mes en 14 pagas (la mitad de 1.134 €, que es el salario mínimo para la jornada completa).
Ahora bien, los salarios mínimos, tanto en jornada completa como a jornada parcial se pueden mejorar por acuerdos individuales o colectivos:
- Por pacto individual: si directamente se llega a un acuerdo entre empleado y empleador y así se recoge en el contrato de trabajo.
- Por acuerdo colectivo: como por ejemplo se ha llegado en algunas provincias como Valladolid, mejorando ligeramente el salario y otras condiciones. Este acuerdo no es de obligado cumplimiento, pero si establece la voluntad de mejorar un poco el salario de las empleadas de hogar. Hay varias entidades, como Cáritas, Cruz Roja y la Diputación Provincial entre ellas, que llegan a un acuerdo para intentar garantizar unos mínimos.
El salario de las empleadas de hogar por horas
Se considera que se es empleada de hogar por horas cuando a lo largo de un año contando el número total de días trabajados, no se llegan a los 120 días para un mismo empleador.
Si se es empleada por horas, se recibirá la cuantía que se pacte por cada hora trabajada, que como mínimo en 2024 será de 8,87 euros por hora efectivamente trabajada.
En esta cuantía van incluidos todas las retribuciones: el tiempo trabajado, el descanso semanal, las vacaciones, las pagas extra, etc. Ese importe cuando se trabaja por horas lo fija la misma norma que regula el salario mínimo interprofesional.
Se puede recibir parte del salario en especie, pero la cuantía monetaria que se reciba nunca puede ser inferior a la cuantía indicada (8,87 € a la hora).
Ejemplo: Marga suele trabajar para la familia López. Ana, una amiga de la familia la contrata para que un fin de semana puntual haga una limpieza a fondo de su casa. Marga va a trabajar para Ana 8 horas el sábado y 8 horas el domingo. Cuando vayan a pactar lo que Ana le tiene que pagar a Marga, tendrán que tener en cuenta que como mínimo tendrá que ser 141,92 € (8,87 € X 16).
Recuerda que si se acuerda el pago por día trabajado, el mínimo que establece la ley (SMI en 2024) es de 37,8 €/día.
Las pagas extraordinarias
Las empleadas de hogar, como cualquier trabajador por cuenta ajena, tienen derecho a 2 pagas extraordinarias. Estas pagas extra se pueden recibir al acabar junio o al acabar diciembre o se puede pactar que se prorrateen mensualmente, es decir, dividir estas 2 pagas extra entre las 12 pagas normales.
El importe de las pagas extra será el que se acuerde entre la parte empleadora y la empleada, pero como mínimo tiene que cumplirse que, al finalizar el año, el total recibido entre pagas extra y pagas ordinarias, sea como mínimo el salario mínimo anual, que como hemos visto es de 15.120 euros brutos al año.
Preguntas frecuentes
Entonces, ¿cuánto tiene que ganar una empleada de hogar?
Como ya hemos visto, en 2024, una empleada de hogar que trabaje a tiempo completo tiene que recibir de salario al año al menos el salario mínimo interprofesional (15.876 €). Esto se puede pagar en 12 pagas de 1.323 euros (con pagas extra prorrateadas), o en 14 pagas de 1.134 euros mensuales.
Si se trabaja a tiempo parcial, se debe recibir la parte proporcional de esta cuantía en proporción a la jornada que se hace, como vimos en los puntos anteriores.
Si trabajo 6 horas a la semana ¿tienen que pagarme las dos pagas extraordinarias anuales equivalentes a las 6 horas que trabajo?
No, ya que como hemos comentado, al tratarse de un trabajo por horas en régimen externo, en los 8,87 € que se paga por hora ya va incluida la parte proporcional de los domingos y festivos, pagas extra y las vacaciones.
¿Se pueden descontar parte del salario por determinados conceptos?
En ocasiones, cuando se es empleada de hogar se puede recibir parte salario en especie, como el alojamiento o la manutención, por lo que se podrá descontar del salario la parte correspondiente a estos conceptos, pero siempre sin superar el 30% del salario total, por lo que nunca se podrá descontar más de este 30%. Además, la empleada de hogar tiene que recibir en dinero como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional mensual.
Llevo tiempo trabajando para la misma familia, ¿tengo derecho a subidas de salario?
La revisión de la cuantía que cobra cada empleado de hogar se acuerda entre ambas partes, al menos esta es la norma general que se aplica, así como los incrementos salariales que se produzcan.
En el contrato de trabajo se debe establecer cuál será el sistema para actualizar el sueldo anualmente. Se puede decidir, por ejemplo, que suba lo mismo que el IPC o que el salario mínimo interprofesional, o no indicarse nada. Por ello, lo primero que hay que hacer para comprobar si corresponde una subida de salario al comenzar el año, es consultar cómo se acordó en el contrato de trabajo.
En todo caso, lo que está garantizado es que la empleada de hogar no puede cobrar menos de lo establecido en el salario mínimo interprofesional (15.120 € al año). De modo que, si su salario anual ha quedado por debajo de ese tope, hay que actualizarlo obligatoriamente, aunque no se diga nada en el contrato. Es un incremento obligado por ley para los salarios que se hubieran quedado por debajo de ese tope.
No obstante, si las partes no se ponen de acuerdo para fijar subidas de salario, la norma contempla una regla de aplicación supletoria. En estos casos, se aplica un incremento salarial en cuantía que será equivalente al incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos, teniendo en cuenta siempre el SMI que corresponda al año vigente.
Modelo de nómina de empleada de hogar
El empleador tiene que pagar el salario de la forma que se pacte con la empleada: en metálico, con talón o a través de transferencia.
Como todos los trabajadores, una empleada o empleado de hogar tienen derecho a que se les entregue su recibido de nómina, donde se indique la cuantía de salario que han recibido.
El empleador tiene la obligación de dar este documento de nómina al pagar el salario.
Descarga modelos de nómina y finiquito:
- MODELO DE NÓMINA EN PDF
- MODELO DE NÓMINA EN EXCEL
- MODELO DE NÓMINA EN WORD
- MODELO DE FINIQUITO Y LIQUIDACIÓN (PDF)
¿Y si el empleador lo paga todo en mano en metálico?
Si se recibe en metálico, es conveniente acudir lo antes posible al banco e ingresar todo el dinero que se ha recibido, indicando en el concepto del ingreso que es la nómina, aunque luego se vaya al cajero y se saque parte o todo. De esta forma queda constancia en el banco de la cuantía que se ingresa cada mes y qué día se ingresa, y será una prueba del salario que se recibía en el caso de que en el futuro hubiese problemas con el empleador, teniendo en cuenta el gran número de empleadas de hogar en situación irregular . Es importante que quede constancia del salario que se recibe realmente, sobre todo para el cálculo de una futura indemnización al finalizar el contrato.
Recibos de salario
Hay que tener en cuenta que los empleados o empleadas de hogar deben recibir un justificante del pago cuando reciban su salario, de la manera en que empleador y empleado acuerden.
No existe un modelo de recibo de salario establecido por ley, pero normalmente debe contener la siguiente información:
RECIBO DE SALARIO
Periodo de liquidación: Del dd/mm/aa a dd/mm/aaaa.
D./Dña. __________ (EMPLEADO/A) recibe en este acto de
D./Dña. __________ (EMPLEADOR)
la suma total de ____ euros, en concepto de SALARIO POR HORAS /SEMANAL/ MENSUAL del periodo indicado.
El presente documento sirve como justificante de pago a todos los efectos.
En ____ a ____ de___ de 2024
RECIBÍ,
D./Dña. ______________ (EL EMPLEADO/A)
Referencia legal
- Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024.
- Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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