Si sufro daños por una caída en la calle por negligencia o descuido del ayuntamiento ¿cómo puedo reclamar los daños?
Responsabilidad de la Administración en el mantenimiento de la vía pública
Las caídas en la vía pública son un incidente frecuente que puede provocar lesiones, algunas de gravedad. Ante este tipo de situaciones, muchos ciudadanos se preguntan si es posible exigir una compensación económica a la administración pública responsable del mantenimiento del lugar donde ocurrió el accidente.
En este artículo, explicaremos de forma sencilla los pasos a seguir y en qué casos es posible reclamar.
¿Cuándo se puede reclamar una indemnización?
El derecho a reclamar surge cuando se puede demostrar que la caída se produjo por una deficiencia o negligencia en el mantenimiento de la vía pública, ya sea una acera, parque o cualquier espacio gestionado por una administración pública.
Ejemplos comunes son baches en la acera, baldosas sueltas, o falta de iluminación.
Sin embargo, no basta con que haya un desperfecto. Para que prospere la reclamación, es necesario demostrar que:
- Existía un defecto en el lugar del accidente.
- El desperfecto no era fácilmente visible ni evitable por el ciudadano.
- El accidente y las lesiones son consecuencia directa del defecto.
Un ejemplo: si una persona tropieza por una baldosa que está levantada y se lesiona, podría tener derecho a una compensación si el desperfecto era lo suficientemente grave y no estaba señalizado.
Procedimiento para reclamar
- Denunciar los hechos: El primer paso es documentar el lugar del accidente. Lo ideal es tomar fotografías y, si es posible, contar con testigos. También es importante guardar todos los informes médicos derivados de la caída.
- Reclamar ante la administración: En España, las reclamaciones por daños causados por la administración se realizan a través de un procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial. Esto significa que el ciudadano debe presentar una solicitud formal ante la administración responsable (generalmente el ayuntamiento o la comunidad autónoma), explicando lo sucedido y aportando pruebas. La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula este proceso. El ciudadano tiene un plazo de un año desde el momento en que ocurrieron los hechos para iniciar el trámite.
- Respuesta de la administración: Una vez presentada la reclamación, la administración tiene un plazo de seis meses para responder. Si la administración acepta la responsabilidad, concederá la indemnización correspondiente. Si no contesta en este tiempo, se entenderá que la reclamación ha sido rechazada (lo que se conoce como “silencio administrativo”).
¿Qué dice la jurisprudencia?
Los tribunales españoles han estudiado numerosos casos de caídas en la vía pública. En sentencias del Tribunal Supremo, se ha señalado que para que la administración sea considerada responsable, debe quedar demostrado que el desperfecto no era fácilmente visible o que el ciudadano no tenía la obligación de preverlo. En otras palabras, si el defecto era evidente y fácilmente evitable, la administración podría no ser responsable. En otras sentencias se destacó que la administración no puede ser responsable por cada desperfecto, pero sí tiene el deber de mantener la vía pública en condiciones adecuadas para evitar riesgos.
¿Cuánto se puede reclamar?
La cantidad a reclamar depende de varios factores, como la gravedad de las lesiones, los gastos médicos y el impacto que el accidente haya tenido en la vida del afectado. No existe una cuantía fija, pero es importante respaldar la reclamación con pruebas que justifiquen los gastos y las consecuencias del accidente.
Preguntas frecuentes sobre las caídas en la vía pública
- ¿Qué pasa si tropecé por mi descuido?
- Si se determina que la caída fue completamente por descuido del ciudadano y no por un desperfecto, es muy difícil que prospere una reclamación.
- ¿Y si el desperfecto estaba señalizado?
- Si el peligro estaba debidamente señalizado, la responsabilidad de la administración disminuye, y la reclamación es menos probable.
- ¿Cuánto tiempo tarda la administración en responder?
- La administración tiene un plazo de seis meses para contestar.
- ¿Necesito un abogado para hacer la reclamación?
- Aunque no es obligatorio, contar con asesoramiento legal especializado puede aumentar las posibilidades de éxito.
- ¿Qué debo hacer si la administración no responde?
- Si no recibes respuesta en seis meses, se considera que la reclamación ha sido rechazada. A partir de ese momento, puedes acudir a la vía judicial.
Regulación legal
La normativa más relevante en este tipo de situaciones es la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 32.1), así como la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 8441/2002) , que ha sentado precedentes claros sobre los supuestos en los que la administración debe responder por estos incidentes.
Art. 32. Principios de responsabilidad: “1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. ( ) “
Jurisprudencia
- Sentencia Contencioso-Administrativo Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 7044/1998 de 16 de diciembre del 2002
- Sentencia Contencioso-Administrativo 786/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 5269/2022 de 13 de junio del 2023
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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