Actualmente nos encontramos que hasta los juicios más rápidos en lo Juzgados de lo Social en ocasiones tardan meses en salir, superando incluso los plazos legales.
¿Es tan grave ese retraso? ¿cómo afecta a los trabajadores?
Contenidos de este artículo
El retraso en las conciliaciones
En la mayoría de los procesos laborales el primer paso es la presentación de una papeleta de conciliación, para la celebración de un acto de conciliación, con el cual se intenta que los trabajadores y las empresas lleguen a un acuerdo y no se tenga que acudir a los Juzgados.
La presentación de esta papeleta solo paraliza los plazos para demandar durante 15 días, por lo que lo normal es que se cite a las partes en ese plazo. Pero en algunos Centros o Servicios de Mediación, Arbitraje y Conciliación, como en el caso andaluz, están citando en 2 o 3 meses.
Este retraso hace que muchos trabajadores, para evitar que se le pasen los plazos, tengan que presentar la demanda ante el Juzgado antes de saber de si se va a poder llegar a algún acuerdo. Son demandas que luego se retiran por haber llegado a un acuerdo, pero que saturan a los Juzgados de lo Social.
El retraso en los Juzgados de lo Social
Cualquiera que haya tenido que demandar a su empresa conoce los retrasos que generalmente hay en los Juzgados de lo Social. Dependiendo de los Juzgados este retraso puede ser mayor o menor, pero en algunos casos como en Sevilla ya están citando para juicios en el año 2019, más de 4 años después de haber presentado la demanda.
Los peores retrasos suelen ser en los procedimientos en reclamaciones de Seguridad Social, sanciones o reclamaciones de cantidad, con un retraso de media de unos 2 años, dependiendo del Juzgado. Otros procedimientos prioritarios, como los de despido, tardan entre 3 y 12 meses.
Según los datos del Consejo General del Poder Judicial en el año 2014 los jueces de lo Social atendieron un 8,8% casos menos respecto al año anterior, y la tasa de litigiosidad ha descendido un porcentaje similar.
Es curioso que a pesar de este descenso, la duración media de un procedimiento laboral en el año 2014 es de 10,6 meses, lo que incrementa la duración casi un 11% respecto a los 9,5 meses del año anterior. Igualmente en los recursos resueltos por el Tribunal Supremo el tiempo de espera ha aumentado un 3,8%, de 10,7 a 11,1 meses.
Solo en los Recursos a los Tribunales Superiores de Justicia se han acelerado los trámites, pasando de tardar 6,8 meses a 5,6, lo que supone una reducción de 17,3%, a pesar de que han aumentado el número de recursos.
También llama la atención que a pesar de que los jueces en el año 2014 han atendido menos asuntos que en el año 2013 han dictado más sentencias. Este hecho puede ser debido a que a pesar de que manejan menos asuntos, las normas actuales animan poco a la conciliación entre trabajador y empresa.
Por ejemplo, antes de la reforma laboral de 2012, las empresas tenían que pagar salarios de tramitación en caso de que el despido fuese improcedente , por lo que eran las primeras interesadas en cerrar el procedimiento lo antes posible. Pero ahora, sin estos salarios, no existe ese plus que anima a llegar a un acuerdo rápido.
Motivos de estos retrasos
Existen varios motivos de estos retrasos, y dependerá del caso de cada Juzgado. Pero por lo general existen grandes deficiencias en los medios de los que disponen los Juzgados, y sobre todo una gran falta de personal. En algunos juzgados en los que debería haber 8/10 funcionarios, únicamente hay 4, siendo imposible la gestión a tiempo de todos los expedientes.
En algunas ciudades los abogados y jueces reclaman la creación de nuevos Juzgados, por ejemplo en Sevilla donde actualmente hay 11, y piden otros 6. En muchos casos existen los mismos Juzgados de lo Social que hace 15 años, pero el número de demandas se ha multiplicado debido a la crisis actual.
Cómo afecta este retraso a los trabajadores. Casos reales.
Obviamente el más perjudicado de estos retrasos es siempre el trabajador que ha acudido a la Justicia para que se solucione su situación y ve como el procedimiento se demora meses y meses.
Pero los perjuicios se ven mejor con ejemplos sacados de casos reales:
- A Jesús la empresa no le paga desde hace 6 meses. Harto ya de esta situación insostenible demanda pidiendo que el Juez finalice su contrato, reconociéndole la máxima indemnización legal. Pero claro, hasta que el Juez no resuelva, Jesús tiene que ir a trabajar, aunque la empresa no le pague. Cuando más tiempo tarde el Juez, más tiempo estará trabajando sin cobrar.
- A Carlos le han despedido disciplinariamente, aun no habiendo hecho nada. La empresa no le paga ni un euro de indemnización, y hasta que el Juez no resuelva que el despido es improcedente, no sabrá si la empresa le reincorpora o si le paga la indemnización.
- A Juanjo le despiden verbalmente, sin darle una carta de despido. Como no tiene carta de despido y la empresa ha puesto en el certificado de empresa que ha presentado una baja voluntaria, Juanjo no puede pedir el paro. Hasta que el Juez no diga que realmente ha sido despedido no podrá pedir posiblemente la prestación por desempleo. Por lo que día que se retrasa el juicio, día que se retrasa la solución a su situación.
- Carmen ha tenido un bebé, y al reincorporarse al trabajo después de la baja de maternidad pide varios medidas para conciliar su vida familiar y personal. La empresa no se las concede y Carmen demanda. Este procedimiento es urgente y tendría que celebrarse el juicio 5 días después de que la demanda sea admitida. Pero el Juzgado cita a Carmen y a la empresa 5 meses más tarde. Carmen durante esos 5 meses no puede conciliar su trabajo y el cuidado de su hijo.
- A Iván la empresa le ha cambiado por que sí las condiciones de trabajo. Le cambia lo que hacía, de centro de trabajo, de horario… Iván demanda a la empresa, en un juicio que también es urgente y también tiene que celebrar el juicio en 5 días desde que se admite la demanda. El juicio es a los 6 meses, y durante ese tiempo Iván está haciendo lo que no le corresponde y unas condiciones que no son las que ha firmado en su contrato.
- Amalia presenta una demanda y 4 meses después no sabe nada del Juzgado, ni siquiera si su demanda ha sido admitida. Acude al juzgado, y le indican que su demanda aún la están tramitando y que no han podido ver si se admite o no.
- Isabel está de baja médica y recibe el alta. No está de acuerdo con esta alta, ya que considera que sigue incapacitada para trabajar, e impugna el alta. El juicio es 12 meses más tarde. Durante ese tiempo tiene que seguir trabajando.
En cualquier Juzgado se dan miles de casos similares a estos a diario.
Pero a estos perjuicios se suma la posibilidad de que en todos los meses durante los que se demora el juicio la empresa que ya iba mal cuando no pagó los salarios o despidió objetivamente se quede sin bienes, desaparezca, o acabe en concurso de acreedores. De esta forma los trabajadores que han visto reconocidos sus derechos muchos meses más tarde ven peligrar cobrar las cantidades que les han sido reconocidas.
Retraso en el FOGASA
A estos retrasos judiciales hay que sumar los retrasos que acumula el FOGASA a la hora de realizar sus pagos.
A pesar de que este organismo tiene que resolver las solicitudes en 3 meses según la Ley, los retrasos suelen llegar a los 2 años, siendo Barcelona, Madrid y Valencia donde existe un mayor colapso. Además existe otro problema, ya que aunque haya aprobado la solicitud, en ocasiones el FOGASA retrasa el pago por falta de fondos.
Recientemente el FOGASA ha sido condenado a pagar intereses por estos retrasos, a pesar de no ser habitual. Sumando todos los retrasos puede darse el caso de que un trabajador que ha sido despedido o que la empresa no le ha pagado el salario, tarde 4 o 5 años en recibir por fin esas cantidades.
Intentos de solucionar los retrasos
Existen algunos intentos de paliar estos retrasos. En muchos Juzgados se han aprobado planes de refuerzos para aquellos que acumulan mayor retraso. De esta forma se adscriben temporalmente un juez de refuerzo a parte del juez titular, a fin de que se resuelvan más rápido los asuntos pendientes.
En los Juzgados de lo Social de Madrid, por ejemplo, existe desde junio de 2014 existe un plan de refuerzo (pdf) para 12 de los 41 juzgados. Pero estos jueces de refuerzo solo atienden algunas materias, sobre todo reclamaciones de cantidad o derechos, lo que hace que muchas veces vayan más rápido esos procedimientos que otros que deberían ser preferentes como los despidos.
A su vez, para acelerar los procesos del FOGASA se impulsó un plan para que parte de las solicitudes fuesen resueltas por una empresa, y en diciembre se concedió un alrededor de 900 millones para los pagos atrasados.
¿Qué hacer ante estos retrasos? ¿No demando?
A pesar de estos retrasos en la Administración de Justicia, siempre es recomendado que el trabajador demande para defender sus derechos cuando se ha sido despedido, o la empresa ha dejado de pagar.
A pesar de los grandes perjuicios de que la Justicia funcione lentamente, siempre es mejor una sentencia tardía, que no tenerla. Muchas veces hay que tomarse la demanda como una posibilidad tener un “pellizco extra” de dinero dentro de unos meses.
Además hay que tener en cuenta que los trabajadores no tienen que pagar tasas a la hora de demandar, y que los costes de un procedimiento laboralson inferiores al de otros juicios, y que siempre existe la posibilidad de pedir un abogado de oficio.
Ante retrasos excesivos, cabe la posibilidad de presentar una queja ante la Comunidad Autónoma, que es quien tiene la competencia de la Administración de Justicia. Además si el retraso es por un funcionamiento anormal de la Justicia, se pueden plantear también ante el Consejo General del Poder Judicial y el Defensor del Pueblo .
Anexo de información
Indicadores clave del conjunto de las jurisdicciones 2014 (pdf) CGPJ
Abogado laboralista. Colaborador de Loentiendo.com
Últimas publicaciones