El subsidio agrícola para trabajadores mayores de 52 años

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En Andalucía y Extremadura existe un subsidio especial para los trabajadores agrarios mayores de 52 años. Requisitos y cómo solicitarlo.
Los trabajadores agrarios por cuenta ajena (sistema especial de la Seguridad Social) en Andalucía y Extremadura, tienen como protección por desempleo dos tipos de subsidios:

  • 1) El subsidio agrícola para los trabajadores del campo que logran acumular al menos 35 peonadas y que dura normalmente 6 meses.  Hemos publicado una guía completa:  el subsidio agrícola de Andalucía y Extremadura.
  • 2) El subsidio especial agrícola para mayores de 52 años, que es el que vamos a explicar en esta guía.

 

Requisitos del subsidio agrícola para mayores de 52 años (Andalucía y Extremadura)

  • Ser trabajador por cuenta ajena de carácter eventual incluido en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y estar en situación de alta o asimilada al alta.
  • Tener el domicilio en alguna localidad de Andalucía o de Extremadura.
  • Ser persona desempleada e inscrita como demandante de empleo, así como suscribir el compromiso de actividad.
  • Tener cumplidos los 52 años y no haber cumplido la edad mínima que permita obtener una pensión de jubilación, salvo que no acredite cotizaciones suficientes para acceder a dicha pensión.
  • Haber percibido el subsidio agrícola en algún momento, durante los tres años anteriores a la fecha de solicitud, y haber transcurrido, al menos, 12 meses desde el inicio del último subsidio percibido.
  • Estar al corriente del pago de las cotizaciones por los períodos de inactividad en los que corresponda a la persona trabajadora la obligación de cotizar dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud. (es “el pago del sello”).
  • Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo anual superen la cuantía del salario mínimo interprofesional vigente, excluidas las pagas extraordinarias, y en su caso, de rentas de la unidad familiar que superen el límite legal establecido en función del número de miembros. (ver requisito de rentas en el subsidio agrario).
  • Si el/la solicitante del subsidio y/o su cónyuge, son titulares por cualquier concepto, de explotaciones agropecuarias, las rentas obtenidas de las explotaciones, en el año anterior a la solicitud, no podrán superar la cuantía del salario mínimo interprofesional vigente excluidas las pagas extraordinarias.
  • Haber cotizado al subsidio agrícola y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
  • Reunir el período de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación, es decir, tener acumulados al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación, sumando las de cualquier régimen, y que al menos 2 de esos 15 años se hayan cotizado dentro de los últimos 15 anteriores a la solicitud del subsidio.
  • Estar al corriente en el pago de la cuota fija por contingencias comunes al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social, en los doce meses naturales anteriores a la solicitud, o en su caso, en el periodo inferior que se haya mantenido en alta.

No tendrán derecho a este subsidio aquellos trabajadores mayores de 52 años que accedan al subsidio agrícola como trabajadores con contrato fijo discontinuo.

Una vez agotado el primer derecho a este subsidio, se podrá solicitar su reanudación cada 12 meses, sin necesidad de justificar jornadas y siempre que se cumplan el resto de requisitos, hasta que la persona trabajadora alcance la edad para poder acceder a cualquier tipo de jubilación.

Duración, importe y solicitud del subsidio

La duración anual del subsidio será de 360 días. Una vez agotado el derecho al subsidio a que hubiere lugar, se reanudará el derecho al mismo cada doce meses, a contar desde el inicio del primer derecho, sin necesidad de acreditar jornadas reales trabajadas.

La cuantía que se cobra de subsidio en 2023 es de 480 euros al mes, el  80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento.

La solicitud de este subsidio  y consultas de información se realizan en las oficinas del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), pidiendo cita previa por Internet o por teléfono.

Impresos y guías oficiales

Fuente :  Servicio Público de Empleo Estatal SEPE

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