Acceder al subsidio de mayores de 52 años mientras se cobra la RAI

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Con la nueva normativa, si cumple los requisitos para solicitar el subsidio de 52 años (antes 55) y está cobrando la RAI, puede solicitar el cambio de una ayuda a otra

 
Este tema es uno de los que ha cambiado totalmente con la entrada en vigor del nuevo subsidio de mayores de 52 años (+info) a partir del 13 de marzo de 2019.
 
Antes, cuando el subsidio era el antiguo de mayores de 55 años, no se podía pasar de la RAI al subsidio directamente, ni tan siquiera al terminar de cobrar la RAI. Era necesario cotizar al menos 90 días después de la RAI para luego pedir el subsidio. Ahora esto ya no es así.
 

Con la nueva normativa (a partir del 13 de marzo de 2019) si se está cobrando la RAI y se cumplen los requisitos del subsidio de mayores de 52 años, es posible pedir el paso de ésta ayuda al subsidio, sin tener que esperar a agotar la Renta Activa de Inserción.

 
En esta nota oficial (pdf) sobre dudas frecuentes con la nueva normativa, el SEPE plantea el caso de alguien en esta situación:
 
“ACTUALMENTE TENGO 52 AÑOS Y ESTOY COBRANDO EL SUBSIDIO EXTRAORDINARIO DE DESEMPLEO (SED) O ESTOY COBRANDO LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI) ¿PUEDO COBRAR EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS?
 
Podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años si acredita las cotizaciones exigidas para ello, siempre que anteriormente haya percibido otro subsidio distinto del SED y que, desde entonces, haya mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida, o con interrupciones inferiores a 90 días naturales o que se deban a la realización de actividad. Para realizar su solicitud deberá pedir cita previa.”


 

De esta nota oficial extraemos dos conclusiones importantes:

  • Para tramitar el paso de la RAI al subsidio de mayores de 52 hay que pedir necesariamente cita previa. No se puede hacer el trámite a través de la sede electrónica del SEPE.
  • Se podrá hacer el cambio al subsidio de mayores de 52 si se cumplen los requisitos generales del subsidio (cotizaciones para la jubilación, cotizaciones por desempleo, carencia de rentas, etc) y además, se tiene una “vía de acceso” al subsidio. Esto quiere decir que es necesario que se haya agotado antes de cobrar la RAI otro subsidio (que no sea el SED) y desde entonces el trabajador haya estado apuntado al paro de forma ininterrumpida. No se interrumpe la inscripción si los periodos o lagunas sin estar inscrito son menores de 90 días o bien se deben a colocación del trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia.

 
Cumpliendo estas condiciones se puede solicitar el cambio de la RAI al subsidio de mayores de 52.
 
En esta guía explicamos con más detalle cómo se hace el cambio y por qué motivos es más beneficioso el subsidio de 52 que la RAI.
 

Cobro la RAI y cumplo los requisitos del subsidio de mayores de 52 ¿puedo pedirlo?


 

 

¿Qué sucede si estoy cobrando la RAI y no cumplo los requisitos del subsidio de mayores de 52?

 
En ese caso, se seguirá cobrando la RAI con normalidad. Cuando se agota la RAI, bien sea porque se han agotado los tres años seguidos de esta ayuda (victimas de violencia de género y discapacitados), o se está en el año en blanco que hay que dejar pasar entre una solicitud y otra (mayores de 45 desempleados de larga duración y emigrantes retornados), puede suceder que el trabajador no tenga derecho al subsidio de mayores de 52, bien porque aún no tenga esa edad cumplida, o porque le falte alguno de los requisitos de cotización.
 
Si el trabajador no tiene nuevas cotizaciones que le permitan pedir otro subsidio, la única ayuda disponible que puede pedir en este momento es el llamado Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), que es una ayuda de seis meses de duración (431 euros al mes), pero que exige entre otros requisitos, tener cargas familiares (cónyuge o hijos menores de 26 que convivan con el solicitante).
 
Si tras agotar la RAI, tampoco tiene derecho al Subsidio SED (por no tener cargas familiares o por haberlo cobrado anteriormente) ni a ningún otro subsidio por no tener nuevas cotizaciones, la única ayuda sería pedir una Renta Autonómica de Inserción.
 
Estas ayudas se solicitan a través de los servicios sociales de ayuntamientos y comunidades autónomas y existe en Espaa una diferente para cada comunidad. Puede consultar la normativa de la suya en este directorio: Rentas de Integración e las Comunidades Autónomas (+info).

 

¿Qué es la La Renta Activa de Inserción (RAI) para desempleados de larga duración mayores de 45 años?

 
Existe una ayuda de 430 euros mensuales durante 11 meses llamada Renta Activa de Inserción (RAI) que se otorga hasta un máximo de tres años a determinados colectivos de personas que tienen especiales dificultades para encontrar empleo, como personas con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género, emigrantes retornados o desempleados de larga duración mayores de 45 años.
 
Es este grupo, el de los desempleados de larga duración mayores de 45 años que cobra la RAI, el que normalmente se plantea la posibilidad de pasar al subsidio de mayores de 52 años cuando cumple edad. Los requisitos del subsidio de mayores de 52 son mucho más exigentes que los de la RAI para mayores de 45 y no todas las personas que cobran la RAI pueden pasar al subsidio, pero sin embargo, todo desempleado de larga duración cuando cumple los 52 y puede solicitar el subsidio, normalmente ha solicitado la RAI anteriormente.

 


Este artículo se publica a efectos meramente informativos y muy simplificado. No constituye asesoramiento legal. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad.

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