Nos están llegando muchos comentarios de personas que están perdiendo días de prestación por pedir cita previa antes de tiempo.
Atención al caso real que comentamos, similar a otros muchos que hemos recibido.

Actualizado: 06/01/2026
Vamos a ver dos casos que tienen que ver con los problemas que a veces se plantean por solicitar el paro antes de tiempo.
Contenidos de este artículo
CASO PRIMERO: CONCHI Y SU CITA PREVIA PEDIDA ANTES DE TIEMPO
Conchi fue despedida el día 3 de junio y la empresa le debía 10 días de vacaciones que no había disfrutado, por lo que se las pagó en la liquidación.
Cuando las empresas hacen esto, pagar por las vacaciones no disfrutadas, aunque el trabajador no esté ya en la empresa están obligadas a mantenerle dado de alta en la Seguridad Social hasta el último día de las vacaciones pagadas. En el caso de que tratamos (caso real que nos ha enviado una lectora), la empresa le mantuvo dada de alta hasta el día 13 de junio, incluido.
Conchi, que llevaba sin trabajar desde el día de su despido (el 3 de junio) pidió cita previa por Internet el día 13 de junio para solicitar el paro. La cita se la dieron para el día 7 de julio.
Cuando se presentó en la oficina de empleo para solicitar el paro, le comunicaron que perderá 23 días del cobro de la prestación (desde el 14 de junio al 7 de julio), porque solicitó la prestación por desempleo cuando aún estaba dada de alta.
Conchi nos comenta que presentará alegaciones y reclamación previa contra esta situación, claramente injusta. Aunque no se trate de una sanción propiamente dicha, resulta una penalización excesiva por haber solicitado la cita previa un día antes de lo debido.
¿Qué es lo que ha sucedido?
En ningún momento Conchi ha actuado de mala fe. Ella pensó que siendo el último día de vacaciones pagadas el 13 de junio, ese mismo día podía pedir la cita previa.
Muchos trabajadores desconocen que el Servicio Público de Empleo considera como fecha de solicitud de una prestación por desempleo el día en que el trabajador pide la cita previa, bien sea por teléfono o por Internet, no el día concreto asignado para la cita.
Esto tiene toda la lógica: hay oficinas de empleo que están saturadas y están dando cita previa a más de tres semanas, por lo que si no fuera así, el trabajador quedaría fuera de plazo para pedir el paro. Recordamos que el plazo para pedir la prestación es de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) después del cese en el trabajo.
De este modo, considerando como fecha de solicitud el día en que se pide la cita por Internet o por teléfono, el trabajador no se ve perjudicado por la demora de las oficinas de empleo.
Ahora bien, la contrapartida de esto es que NUNCA HAY QUE PEDIR LA CITA PREVIA CUANDO AÚN SE ESTÉ EN SITUACIÓN DE ALTA, aunque sea en alta por vacaciones pagadas.
Si se pide la cita previa cuando uno está dado de alta, no cumple los requisitos para pedir el paro, en concreto el de encontrarse en situación legal de desempleo y esa solicitud sería desestimada.
Así, lo que hace la oficina de empleo es que no toma en cuenta esa primera solicitud y considera que el desempleado hace una segunda solicitud, esta ya en plazo, cuando se presenta en la oficina de empleo y si resulta que han pasado los 15, estará pidiendo su prestación fuera de plazo y por lo tanto perderá todos esos días al considerarse que solicitó su prestación a destiempo.
No es una penalización en sentido legal, pero el desempleado, que es lo que importa, deja de cobrar unos días que son muy importantes, con un grave perjuicio económico.
CASO SEGUNDO: PABLO Y LA SOLICITUD POR SEDE ELECTRÓNICA ANTES DE TIEMPO
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El segundo caso que vamos a ver es parecido al anterior, pero en esta ocasión no hay una cita previa, sino una solicitud del paro por internet a través de la sede electrónica del SEPE.
Pablo era compañero de Conchi en el Gimnasio y trabajaba como monitor y su situación es la misma: le despiden con fecha 31 de julio y en el finiquito le abonan 15 días de vacaciones que no ha disfrutado.
Pablo se maneja bien con Internet y decide no solicitar cita previa, sino que pide su prestación por desempleo a través de la sede electrónica del SEPE el día 10 de agosto.
Un par de semanas más tarde, a Pablo le llega una notificación electrónica del SEPE y cuando la abre, se queda a cuadros: el SEPE ha rechazado su solicitud del paro y le envía una resolución explicando que se ha rechazado su petición del paro porque el día que la presentó, 10 de agosto, no se encontraba en situación legal de desempleo (en paro).
La decisión del SEPE es correcta. Aunque Pablo ya no tenía trabajo y llevaba más de una semana en su casa de brazos cruzados, la empresa le debía 15 días de vacaciones no disfrutadas y por lo tanto, la empresa le mantendrá dado de alta en Seguridad Social y cotizando por él, hasta el 15 de agosto. El día en que Pablo pide el paro (10 de agosto), él no estaba desempleado, sino en alta asimilada por vacaciones no disfrutadas.
Pablo no perderá derechos, pero tendrá que volver a pedir el paro de nuevo, a partir del 16 de agosto, que es el primer día en que realmente se encontrará desempleado, ya que en esa fecha la empresa le habrá dado ya de baja y no estará cotizando por él.
El tema de las vacaciones no disfrutadas que se abonan en el finiquito genera muchos problemas, ya que no todos los trabajadores conocen que las empresas siguen cotizando por ellos y por lo tanto, no se puede pedir el paro hasta que transcurre el último de esos días de vacaciones pagadas.
Ejemplo una resolución real del SEPE, similar a este último ejemplo que hemos comentado:
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)


Buenas.
Es mi primera vez echando el paro y he ido descubriendo todas estas situaciones de altas, citas y vacaciones sobre la marcha.
Mi situación es la siguiente; pedí cita previa estando de alta por vacaciones retribuidas y no disfrutadas el día 8 de septiembre, la cuál me dieron para el día 2 de octubre. Pero resulta que aun sin saber que la cita no se podía pedir estando en situación de alta, a los pocos días vi en la vida laboral que estuve de alta hasta el día 13 de septiembre (5 días de vacas que me debían) a lo que hice caso omiso porque desconocía todo esto.
Bien, pobre de mi me entero hoy de todo. En conclusión, pedí una cita el día 8 de sep, cuando verdaderamente estuve de alta hasta el 13 de sep. Pero al contar los días me he dado cuenta de que mi último día hábil para estar en el plazo es el 3 de octubre, por esto no he querido cancelar la cita, porque me quedaría un día hábil.
Mi pregunta es: ¿Cuando vaya a la oficina el día 2 de octubre denegaran mi solicitud y en el mismo instante podré rellenar otra solicitud para que este dentro del plazo? O ¿valdría la primera por estar dentro del plazo? ¿Que solución tengo?
Hola Cristian. La primera solicitud que hiciste el día 8 de septiembre no es válida, porque en ese momento no estabas técnicamente “en situación legal de desempleo”, sino que estabas dado de alta por la empresa, que cotizaba por ti a causa de las vacaciones no disfrutadas. El plazo para solicitar el paro es de 15 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) y se cuenta a partir del día siguiente al último en que estuviste de alta, en este caso, el plazo es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al último que la empresa cotiza por ti por las vacaciones no disfrutadas. Si estuviste de alta hasta el 13 de septiembre, el plazo para pedir el paro se termina el 3 de octubre, como tú bien has calculado. Cuando vayas a la cita previa en la oficina del SEPE, coméntales lo que te ha sucedido. Lo normal y si al funcionario del SEPE no se le atraviesa nada, es que te permitan presentar una nueva solicitud en ese mismo momento y como estás dentro del plazo, no habrás sufrido pérdida de ningún día de derecho. Un saludo
Buenas tardes,
En primer lugar, muchísimas gracias por esta página y su ayuda.
El 31 de julio finalicé contrato laboral y posteriormente tenía 4 días de vacaciones.
Había solicitado cita en el sepe para el 11 de agosto (pedida el 24 de julio) para solicitar prestación por desempleo, anulé esa cita en el sepe ya que me dijeron que igual volvía a trabajar.
Como no me llamaron del trabajo, el 8 de agosto, solicité nueva cita on line en el Sepe para el 1 de septiembre(hoy).
Hoy he ido al Sepe a solicitar mi prestacion y me dicen que me van a descontar dias de desempleo por pasarme de los 15 días, y no coger cita antes, pero yo la cita la cogí el 8 de agosto.
Esto es posible???
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Hola David. Si tu contrato finalizó el 31 de julio, con 4 días de vacaciones no disfrutadas pagadas en el finiquito, el primer día situación legal de desempleo sería el 5 de agosto y a partir de ahí comienza a contar el plazo de 15 días hábiles para pedir el paro. Si tú pediste la cita el 8 de agosto, lo has hecho dentro del plazo y el SEPE no te puede descontar nada. Solo faltaría que los trabajadores tuvieran que sufrir en forma de descuento de su paro el caos que tiene el SEPE dando citas casi un mes después de haberla solicitado. Un saludo
Hola de nuevo, presenté una nueva presolicitud SEPE después de cesar un trabajo y puse dos días de vacaciones retribuidos y no pagados en vez de retribuidos y no disfrutados. ¿Esto causa algún perjuicio a la hora de resolverme o se sobreentiende lo que quiero decir el SEPE? Ellos tienen el certificado de empresa y pone los dos días retribuidos y no disfrutados. Pregunté a los del SEPE q están en la entrada y me dijeron q como mucho el mal entendido ese me pudieran quitar esos dos días.
Respuesta de los moderadores
Como la presolicitud se tramita de forma manual por parte de un gestor del SEPE, cuando vaya a ver los datos de su solicitud y los compare con el certificado de empresa, se dará cuenta de que fue un error de redacción por su parte.
Hola, presente una predolicitud un día antes d cesar un contrato d trabajo y supongo q me la denegarán. Luego presente otra nueva en plazo ya acabado el trabajo y los días d vacaciones ya retribuidos y no disfrutados. Aún estoy esperando respuesta d la primera presolicitud. Llevo del 24 d julio hasta el 24agosto sin respuesta.
RESPUESTA
Buenos días Javier,
En esta guía te respondemos: ¿Cuánto tarda el SEPE en resolver una presolicitud?. Un saludo
Hola buenas.
Tengo una duda, he hecho una pre solicitud la empresa me despidio y si me debe vacaciones hasta el dia 21 de julio , pero igualmente en la seguridad social estoy dado de baja, esto qué significa? El sepe igualmente me cuenta las vacaciones o han hecho algo mal en la empresa? Gracias
Hola David. Es posible que usted haya recibido un SMS de la Seguridad Social confirmando su baja con fecha del despido. Incluso puede aparecer en esa fecha la baja en el informe de vida laboral, pero si la empresa le debe días de vacaciones no disfrutadas y lo tramita correctamente, esos días aparecerán en el informe de vida laboral como días de alta asimilada, porque durante ellos la empresa sigue cotizando por usted. Y hasta que no pasa el último de los días de vacaciones pagadas, usted no se encontrará en situación legal de desempleo. ¿Ha comprobado todo esto a través del informe de vida laboral?
Mi pregunta es, se me extinguió en contrato laboral el día 26 y hasta el día 2 tenía las vacaciones retribuidas por la empresa. Se que tengo 15 días para solicitar la cita justo el día posterior a que se haga efectiva la extinción de las vacaciones correspondientes. Querría saber ¿si cuando solicito la cita dentro de esos 15 días y elijo que la cita sea a final de este mes ( por asuntos familiares) incurriría a algún tipo de penalización?
Muchas gracias de antemano.
No, en absoluto, no habría penalizaciones. El plazo es de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) y aunque sea en el último día de plazo, si la solicita la cita dentro de ese periodo, todo estará correcto.
Un saludo
Buenas. Entiendo que este artículo está pensado para las citas presenciales, ya que requieren de días de espera ¿No? Si se hace todo desde la web con certificado digital, aunque te las denieguen por estar dado de alta en el periodo vacacional, basta con volver a mandarla al día siguiente de terminar dicho periodo y no debería haber consecuencias ¿No?
Eso es. Si se deniega por no estar en situación legal de desempleo el día de la solicitud, se debe tramitar solicitud nueva a partir del día siguiente en que no haya vacaciones pagadas. Un saludo
Si acabo el paro, y lo que quiero tramitar es la subvención mayores 52, también pasa lo mismo? Si pides la cita un día antes de que acabe el paro?
Así es. No se debe solicitar cita previa antes de la situación legal de desempleo, porque se expone a que el SEPE deniegue la solicitud del subsidio por este motivo (estar en alta el día de solicitud de subsidio). Hay oficinas de prestaciones que lo han hecho así. Un saludo.
Buenos días. En caso de haber hecho una solicitud de prestación por desempleo estando dada de alta y habiéndote dado cuenta cuando ya han transcurrido los 15 días, ¿podrías volver a solicitarla? ¿Simplemente te penalizarían o perderías el derecho a pedir la prestación?
Muchas gracias.
Respuesta de los moderadores
En ese caso, el SEPE rechaza la presolicitud porque el trabajador no se encuentra en situación legal de desempleo. Y es posible volver a solicitar la prestación, ya cumpliendo con los requisitos. El problema puede ser que la segunda solicitud se pida ya fuera de plazo e implique como penalización la pérdida de los días de prestación en que se haya superado el plazo máximo de solicitud. Si el trabajador se da cuenta del error antes de que el SEPE resuelva la presolicitud, yo intentaría comunicar antes al SEPE a través de la sede electrónica o pidiendo cita previa, que se desiste de la presolicitud en curso y que se tramita una nueva solicitud.
Buen día. Realicé mi solicitud de paro en periodo de vacaciones y me rechazaron, luego calculé mal y la realice nuevamente en el último día de vacaciones y me la rechazaron. Pero ahora que sí estoy en tiempo correcto para presentarla, cuando quiero iniciarla me indica que ya tengo una solicitud iniciada, aunque figura “rechazada”. Hay algún tiempo de espera para solicitarla ahora que sí estoy dentro del plazo correcto?. Muchas gracias por su tiempo
Buenas tardes, Denia.
Si hiciste una nueva presolicitud,es posible que esta aún no haya sido abierta y gestionada, de modo que por eso el sistema te impide presentar una nueva hasta que o bien la anterior haya sido gestionada totalmente o bien haya transcurrido un plazo, que creo recordar que era de una semana. Quizá el estado que veas como “rechazada” sea el de la anterior presolicitud o bien sea de esta, pero tendrías que esperar unos días para volver a enviar una nueva.
Mi consejo es que no te precipites. El plazo para pedir el paro es de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) a partir del último día de vacaciones no disfrutadas y pagadas. Es un plazo bastante amplio y siempre que hagas la presolicitud o la petición de cita previa dentro de ese plazo, el SEPE considerará que lo has pedido correctamente y te aprobará el paro, abonándolo con efecto retroactivo desde el primer día de situación legal de desempleo.
Te pongo un ejemplo: te quedas en paro el 31 de diciembre. Tienes 15 días hábiles para pedir el paro. Lo pides el 18 de enero (dentro del plazo). El SEPE lo tramita y resuelve el 2 de febrero. Pues bien, como lo pediste en plazo, el SEPE cuando te abone la primera mensualidad, te pagará desde el primer día en que tienes derecho al paro, es decir, desde el 1 de enero en adelante.
Un saludo.
Hola me ha ocurrido esto mismo, solicité la prestación estando desempleada pero en periodo de vacaciones. Si la desestiman ¿Puedo volver a solicitarla en el día correspondiente que acaban mis vacaciones ¿O se pierde el derecho?
Respuesta de los moderadores
No se pierde el derecho. Puede volver usted a solicitar la prestación a partir del día siguiente al último de vacaciones no disfrutadas y pagadas. Un saludo
Sucede lo mismo con la “Presolicitud de prestación individual” ? Es decir, se podría en este caso hacer la presolicitud estando aún de alta en la SS?.
Gracias!
RESPUESTA DE LOS MODERADORES
Así es, con la presolicitud sucede lo mismo: no se puede presentar la presolicitud hasta que han transcurrido los días de vacaciones disfrutadas y no pagadas, porque de lo contrario, el trabajador estaría presentando una solicitud de subsidio con efectos desde un día (el de la presolicitud), en el que aún está en situación de alta.