Algunas oficinas de empleo acumulan demora de más de un mes en la tramitación de las pre-solicitudes, mientras que otras las gestionan más rápidamente. ¿Qué sucede en estos casos?
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¿Cuándo se debe utilizar el formulario de pre-solicitud?
Actualizado: 30/01/2022
El sistema de pre-solicitud de prestaciones es una solución de urgencia que puso en marcha el SEPE para intentar facilitar los trámites de los ciudadanos durante la crisis sanitaria.
Se trata de un formulario online que se envía desde la web del SEPE. Sin necesidad de certificado digital, DNI electrónico o clave, se puede solicitar desde una prestación por desempleo, hasta comunicar incidencias, solicitar la reactivación del paro, prórrogas, comunicar colocación del trabajador, modificar datos, etc.
Siempre que el trabajador tenga medios de identificación segura, es preferible utilizar la sede electrónica del SEPE, que es mucho más rápida, pero si nos tiene, el formulario de pre-solicitud es una buena opción para no tener que depender de conseguir una cita previa para ser atendido en la oficina de forma presencial. Con la escasez de personal y los límites de aforo, lograr una cita previa es más difícil de lo habitual.
¿Qué sucede cuando se rellena y envía el formulario de pre-solicitud?
Una vez que el trabajador ha cumplimentado los campos del formulario y lo envía desde la web del SEPE, el sistema le genera un resguardo que deberá conservar, ya que es la prueba de la fecha y momento en que ha realizado la gestión.
En materia de plazos, aunque el SEPE tarde semanas en tramitar la pre-solicitud, la fecha que se considera como momento en que se presenta la solicitud es la del día y hora en que se envió la pre-solicitud. Por ello, si lo envió dentro de plazo, aunque pasen muchos días hasta que el SEPE lo tramite, se considerará que la solicitud está realizada en plazo. Por eso es muy importante conservar el resguardo.
Una vez que se ha enviado el formulario, se genera un documento electrónico que se envía automáticamente a la oficina de prestaciones en la que está asignado el trabajador y ahí queda pendiente de que un gestor del SEPE lo abra y tramite.
¿Por qué unas oficinas de empleo tramitan más rápido las pre-solicitudes que otras?
Las pre-solicitudes no se gestionan desde las Direcciones Provinciales del SEPE, sino desde las oficinas de empleo (oficinas de prestaciones) y cada oficina las gestiona con sus propios medios humanos y materiales.
Hay oficinas de prestaciones del SEPE que están resolviendo las pre-solicitudes en apenas unos días, mientras que otras, acumulan retrasos superiores a un mes. Todo depende de la carga de trabajo pendiente que tenga cada oficina de empleo.
Por las informaciones que los lectores comparten en nuestros grupos de redes sociales, las oficinas de empleo de grandes poblaciones (Madrid, Barcelona, Valencia, Alicante, etc) son las que normalmente acumulan mayor carga de trabajo y por lo tanto, más retrasos en la gestión de las pre-solicitudes.
¿Por qué no aparece mi pre-solicitud como “pendiente de trámite”?
Este es uno de los grandes problemas del sistema de pre-solicitud: cuando el trabajador entra en la sede electrónica y utiliza el servicio de consulta del estado de su solicitud, se encuentra con que no aparece ni rastro de ella.
Las pre-solicitudes que están pendientes de tramitación no aparecen de ningún modo en la consulta web de estado de solicitudes. Ni tan quiera como “presentadas” o “en trámite”. Es como si no existieran, aunque han llegado a la oficina de prestaciones y están pendientes de que un gestor del SEPE las tramite.
Esta falta de información provoca que muchos trabajadores sientan la incertidumbre al pensar que no se ha tramitado bien su pre-solicitud, pero es como funciona el sistema.
Las pre-solicitudes llegan informáticamente a las oficinas de prestaciones y quedan a la espera de que un gestor del SEPE las tramite. Es cierto que el sistema informático del SEPE sabe que el trabajador las ha enviado, porque por ejemplo no permite pedir citas previas o enviar otras pre-solicitudes simultáneas, pero no quedan catalogadas como “solicitudes en trámite”.
¿Qué puede hacer el trabajador mientras se resuelve su pre-solicitud?
Realmente, no puede hacer mucho. Armarse de paciencia y esperar a que llegue el turno de que se tramite su pre-solicitud.
Es importante estar pendiente del teléfono y el email que se han facilitado como forma de contacto, porque si el gestor del SEPE necesita alguna documentación o aclarar dudas, contactará por estos medios. También es habitual que si todo está correcto, se tramite la solicitud y al ser aprobada, ya aparecerá en la información de la sede electrónica (consulta de mi expediente online). Y si hay un motivo claro para la denegación, será rechazada y también aparecerá así en la sede electrónica y será comunicada con una notificación oficial del SEPE al domicilio del ciudadano.
Aunque son llamativos los retrasos de algunas oficinas de prestaciones en tramitar las pre-solicitudes, en otras muchas oficinas del SEPE se están tramitando más rápidamente y este sistema evita tener que solicitar cita previa y desplazarse en persona a las oficinas.
Cómo evitar estas demoras
Un porcentaje muy importante de los trámites más habituales (solicitud de prestaciones y subsidios, comunicación de suspensión por colocación, reactivación, cambio de datos, etc) se pueden realizar de una forma semi-automática a través de la sede electrónica del SEPE. Tan solo hace falta tener certificado digital, DNI electrónico o cl@ave suficiente, ya que con estas formas de identificación segura se eliminan muchos procesos manuales y todo se tramita de forma mucho más rápida.
Nuestro consejo es que consiga un certificado digital. Es un trámite quizá algo laborioso, pero se realiza una vez cada cinco años y ahorra infinidad de tiempo en desplazamientos, esperas e incertidumbre y no solo ante las gestiones del SEPE, sino de toda la Administración estatal y autonómica.
Hoy en día es fundamental disponer de un certificado digital, ya que muchas de las gestiones habituales del SEPE se pueden realizar de forma automática desde su sede electrónica.
¿Cuál es el tiempo máximo que tiene el SEPE para responder a una solicitud?
Según establece la normativa, si pasados tres meses desde que presentó la solicitud de la prestación, no se ha recibido aún respuesta del SEPE a dicha solicitud, esta se considerará desestimada por silencio administrativo, es decir, denegada. Con esto, el trabajador tiene abierta la vía para presentar lo que se conoce como una reclamación previa administrativa ante tal denegación.
Cómo presentar alegaciones y reclamación previa ante el SEPE (INEM)
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Graduado en Derecho y experto en Seguridad Social. Coordinador de Loentiendo.com
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