Subsidio y ayudas para desempleados mayores de 45 años. Requisitos y cómo solicitarlas.
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Ayudas del Sistema Público de Empleo para los desempleados mayores de 45 años
En el Sistema Público de Empleo, los 45 años de edad son el umbral a partir del cual se establecen ayudas específicas por la edad. Las analizamos a continuación.
El subsidio para mayores de 45 años
La primera de las ayudas específicas es el subsidio para mayores de 45 años.
Cuando un trabajador ha agotado su paro (la prestación contributiva) que se cobra cuando hay más de 360 días cotizados y tiene carencia de otras rentas, puede solicitar inmediatamente después un subsidio de 430 euros mensuales durante seis meses. Esta ayuda entra en juego si el trabajador no tiene ingresos, tiene más de 45 años y no tiene responsabilidades familiares (hijos o cónyuge económicamente a su cargo). Si tuviera responsabilidades familiares, en lugar de este subsidio cobraría la llamada “ayuda familiar”, un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que puede llegar hasta los 30 meses.
Más información: Guía 2018 del subsidio de mayores de 45 años (+info)
Tanto en el caso de agotar el subsidio para mayores de 45 años (si no tiene responsabilidades familiares), como la ayuda familiar (si las tiene), el trabajador podrá solicitar a continuación y por una sola vez una nueva ayuda para desempleados con cargas familiares y cualquier edad, llamada “Subsidio Extraordinario por Desempleo SED”, de 6 meses de duración y 430 euros al mes de ayuda económica.
La RAI para desempleados de larga duración mayores de 45 años
Cuando un trabajador tiene 45 o más años de edad, ha agotado todas las prestaciones por desempleo y subsidios posibles, tiene carencia de rentas y lleva inscrito como demandante de empleo más de un año, puede solicitar una ayuda específica: la Renta Activa de Inserción (RAI).
LA RAI es una ayuda de 430 euros mensuales que se cobra durante 11 meses seguidos y puede solicitarse hasta tres veces, es decir, tres anualidades, con el requisito de pedirla en años alternos. La RAI se cobra un año y hasta la próxima solicitud la normativa obliga a estar un año sin solicitarla. El principal problema de esta ayuda es que es de duración limitada (tan solo tres anualidades) y que se ha de solicitar en años alternos.
Más información: Guía 2018 de la Renta Activa de Inserción (+info)
Además de los parados de larga duración mayores de 45 años, pueden pedir la Renta Activa de Inserción otros colectivos con especiales dificultades para encontrar empleo, como personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y emigrantes retornados, cada uno con sus propios requisitos.
El subsidio para mayores de 55 años
Si el trabajador tiene más de 55 años y cumple determinados requisitos de cotizaciones para su jubilación a lo largo de su vida laboral, podría solicitar el subsidio para mayores de 55 años, que es más beneficioso que el de 45, porque se prolongará hasta la edad de jubilación y además de la ayuda mensual de 430 euros, cotiza para la jubilación del trabajador por la base mínima.
El subsidio para mayores de 55 años, resumido en una frase, sería una ayuda para aquellas personas que han acumulado cotizaciones suficientes como para acceder a una jubilación ordinaria, pero que están en desempleo y no llegan aún a la edad de jubilación.
Más información: Guía 2018 del subsidio para mayores de 55 años (+info).
Las Rentas de Integración de las Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas las competencias en materia de servicios sociales, tienen ayudas específicas para casos de situaciones de grave riesgo de exclusión social. Son las llamadas rentas de inserción autonómicas (+info) o “salarios sociales”.
Cada una de estas ayudas autonómicas tiene sus propios requisitos, duración y cuantía económica. En el enlace anterior se puede acceder a la normativa y requisitos de cada una de las ayudas en las diferentes Comunidades Autónomas. En muchas de ellas, además de la carencia de rentas y la existencia de responsabilidades familiares, se tiene en cuenta la edad del solicitante a la hora de conceder la ayuda.
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