El formulario U1 : imprescindible para cobrar el paro en la Unión Europea

El formulario U1

El formulario U1 (antes E301) es un documento en el que se certifican los periodos de cotización  que un trabajador tiene acumulados en los países de la Unión Europea, para el cálculo de las prestaciones por desempleo.

 

¿Qué es el formulario U1?

 
Este formulario U1 lo expide el servicio público de empleo (u organismo equivalente) del último país en el que el trabajador estuvo cotizando, a petición del interesado. Técnicamente se denomina PD U1 (Portable Document U1).
 
Los países que emiten y reconocen el U1 son los pertenecientes a la Unión Europea (UE) (Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido (antes del Bréxit), Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía) y los que también conforman el Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, los anteriores más Islandia, Liechtenstein y Noruega.

 

¿Para qué sirve el documento U1?

 
Este documento se presenta ante la administración del país en el que el trabajador va a solicitar una prestación por desempleo y sirve para certificar los periodos que ha cotizado en otros países europeos.  Es algo así como un “pasaporte europeo” de las cotizaciones que ha ido acumulando un trabajador.
 

Ejemplo:   María ha estado trabajando como enfermera durante dos años en Alemania y regresa a España. Mediante el formulario U1, el servicio público de empleo alemán acredita las cotizaciones que tiene acumuladas, para que María pueda pedir la prestación por desempleo en España.
 
Rodrigo se ha quedado en paro en España y le ofrecen trabajo en Irlanda. Con el U1 certificará ante el servicio de empleo irlandés las cotizaciones que tiene en España.

 
Cuando un trabajador solicita el U1 ante la administración del país en el que trabajó, ésta puede decidir si dicho documento se lo entrega directamente al trabajador o bien si lo envía a la administración del país de destino.  Para agilizar los trámites es preferible que sea el propio trabajador el que lo solicite directamente.
 
De este modo, un trabajador español que haya cotizado en países de la Unión Europea, puede solicitar el U1 al servicio de empleo del último país, antes de venir a España. También sería posible que lo pidiera a través del Servicio Público de Empleo español una vez que estuviera aquí, pero la primera opción, pedirlo directamente en el último país europeo, es la más rápida.  La normativa establece que esta petición de documentación la debería hacer directamente el SEPE al servicio de empleo del otro país europeo, pero la realidad que hemos encontrado consultando a muchos españoles que han retornado, es que lo más práctico es que sea el propio trabajador el que solicite el U1.

 

¿En qué dos situaciones necesitará el formulario U1?

 

a) El U1 al salir de España a un país Europeo

 
Si un trabajador español se desplaza por ejemplo a Irlanda buscando trabajo y tiene cotizaciones por desempleo sin consumir en España, que le dan derecho a recibir una prestación, puede hacer dos cosas:

1) Exportar la prestación por desempleo (+info), que es solicitar al SEPE (INEM) que le pague tres o un máximo de seis meses del paro español, mientras se encuentra en Irlanda buscando trabajo.

2) Si en Irlanda ha encontrado trabajo y se queda en paro, con el documento U1 podrá acreditar las cotizaciones que tenía sin consumir en España para poder pedir el paro al servicio de empleo irlandés.  Por eso, es recomendable llevarse ya el U1 desde España, antes de iniciar el viaje.

 

b) El U1 al regresar de un país europeo a España

 
Del mismo modo, si un trabajador español ha cotizado en un país europeo, es recomendable que cuando lo abandone (para ir a otro o volver a España), solicite allí su formulario U1 para justificar los periodos trabajados y cotizados.

Esta recomendación la hacen las propias Consejerías de Empleo de las embajadas de España en Europa (ejemplo)

Por ejemplo, si hubiera estado trabajando en Irlanda y fuera a retornar a España, el trabajador debería antes de salir solicitar al servicio de empleo irlandés el documento U1 . Se utilizaría, únicamente en este ejemplo, este formulario.
 
Hay una serie de recomendaciones generales sobre la documentación que debe solicitarse al salir hacia España desde de un país Europeo en el que se ha trabajado:
 
Debe solicitar:
 

  • La baja de su inscripción como residente en el Consulado, para poder empadronarse en España
  • Toda la documentación relativa a su trabajo en Francia (nóminas, liquidación, etc).
  • Un informe de las cotizaciones que tiene acreditadas en el país europeo.
  • La tarjeta sanitaria europea, para la cobertura de la asistencia sanitaria hasta que pueda obtenerla a cargo de la seguridad social española, por iniciar un trabajo u obtener alguna prestación en España que le permita la cobertura de este riesgo
  • El formulario comunitario U-1 para totalizar los periodos de cotización acumulados en el país europeo y poder cobrar el desempleo en España.

     

    ¿Hay una homologación automática de las cotizaciones por desempleo en la Unión Europea?

     
    Aún no. El documento U1, lo que hace es certificar los periodos de trabajo cotizados, pero hay que tener en cuenta en cada país hay un régimen distinto de prestaciones por desempleo, de modo que con unas determinadas cotizaciones, en unos países podríamos tener derecho a prestación por desempleo y en otros no, en función de su normativa.
     
    Del mismo modo, el documento U1 únicamente sirve para acreditar periodos cotizados (días trabajados) en el extranjero, pero no los importes ni las bases de cotización, que cada servicio de empleo calcula de forma diferente.  Eso si, la importancia del U1 es clave, porque sin él las cotizaciones en el extranjero nunca serían tenidas en cuenta en otro país.
     

    Por ejemplo: Elena tenía acumulados diez meses de cotizaciones en España. No pidió el paro y se marchó a Bélgica con un contrato de dos meses.  Terminado su contrato belga, regresa a España con el U1, que acredita dos meses de cotización, que unidos a los diez que tenía antes, le permitirán solicitar al SEPE la prestación contributiva, que exige un año total de cotización.

     

    Normativa,  fuentes y enlaces de interés :

  • Guía del retorno (Ministerio de Empleo)
  • Oficina española del retorno (Ministerio de Empleo)
  •  
    Cómo contactar con el  SEPE para solicitar o informarse sobre el U1

  • Formulario de contacto electrónico
  • Teléfonos de información del SEPE INEM
  • Directorio de oficinas y delegaciones provinciales del SEPE (estas expiden el U1)
  •  

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