Si estás cobrando el paro, tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo y decides buscar trabajo en algún país del Espacio Económico Europeo (EEE), puedes “exportar tu paro”. Esto te permitirá cobrarlo mientras encuentras trabajo, durante tres o seis meses.
Requisitos para solicitar la exportación del paro
Actualizado: 08/08/2024
“Exportar el paro” consiste en seguir cobrando la prestación o subsidio por desempleo españoles, pagados por el SEPE (INEM), mientras se busca trabajo en un país del Espacio Económico Europeo.
El pago de las prestaciones lo sigue haciendo el Servicio de Empleo español (SEPE) y en la misma cuenta bancaria en la que se ingresaba el paro anteriormente. Las prestaciones se pueden exportar a los siguientes países:
- Países de la Unión Europea (UE): Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Croacia, Portugal y Rumanía.
- Países del Espacio Económico Europeo (EEE): Además de los citados anteriormente, Islandia, Liechtenstein y Noruega.
- Suiza
Los requisitos que hay que cumplir para hacer la solicitud son todos los siguientes:
- Ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo en España. Se pueden exportar tanto la prestación contributiva como los subsidios ordinarios (ayuda familiar, mayores de 45, mayores de 52, insuficiencia de cotización, etc), pero no se pueden exportar las ayudas extraordinarias (ni el Subsidio SED, ni la RAI).
- Haber estado al menos 4 semanas inscrito como demandante de empleo en España, es decir, apuntado al paro.
- La solicitud de exportación de las prestaciones se hace en la oficina de empleo española, es decir, la que corresponde por el domicilio del trabajador en España, utilizando para ello (ESTE MODELO OFICIAL DE SOLICITUD (pdf). En la oficina de empleo española le entregarán el documento U2 (MUY IMPORTANTE), para presentarlo en el Servicio de empleo del país de destino. El U2 es un documento que autoriza a seguir percibiendo la prestación de desempleo mientras buscas trabajo en otro país. Tanto la autorización como el U2 tan solo son válidos para un solo país europeo.
- Cuando llegue al país Europeo, se debe de inscribir como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo del país, en el plazo de 7 días desde la autorización de la exportación de las prestaciones por desempleo.
La exportación del paro se concede por un periodo máximo de tres meses, con una única ampliación posible hasta tres meses más (seis meses en total), como explicamos en el punto siguiente.
Por comentarios de varios de nuestros lectores:
Si en su oficina de empleo habitual tuvieran algún problema para facilitar el formulario U2, puede contactar con la dirección provincial del SEPE de su provincia (la puede localizar aquí). Están más acostumbrados a realizar estos trámites que en algunas oficinas de empleo locales. Cuando allí se entrega el U2, también dan un documento con información para encontrar trabajo en el país de destino y una dirección de correo electrónico de contacto del SEPE a través de la cual estarán en comunicación y podrá enviarse documentación (por ejemplo solicitar la prórroga de la exportación otros tres meses más).
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el paro exportado?
La exportación se autoriza por un periodo máximo de 3 meses prorrogable durante otros tres más, hasta un máximo de 6, si se acredita ante el Servicio de Empleo español que se han realizado acciones de búsqueda de empleo y que hay oportunidades de conseguirlo.
Cómo solicitar una prórroga de 3 meses más en la exportación del paro
Cumplimente este formulario: FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE EXPORTACION DEL PARO (PDF) y recuerde que debe tramitarlo antes de que termine el periodo inicial de 3 meses. Una vez cumplimentado, se envía por mail o fax al SEPE. No hay información oficial en la web del SEPE sobre cómo se hace este trámite, pero por comentarios de nuestra comunidad, ellos llamaron al teléfono de información del SEPE 060 y les facilitaron el teléfono de contacto de la dirección provincial del SEPE. Allí contactaron con la persona encargada de las exportaciones, que les dió un fax e email para enviar la documentación.
El SEPE comprueba con el servicio de empleo extranjero que el trabajador español se ha inscrito en el país europeo. Es decir, si un trabajador español en desempleo se va a Alemania a buscar allí trabajo y quiere cobrar en Alemania el paro español, lo primero que debe hacer nada más llegar a Alemania es inscribirse en el Servicio de Empleo Alemán, para que el SEPE autorice a seguir pagándole allí su paro español.
Es muy importante tener en cuenta que transcurrido el periodo máximo de exportación concedido ( 3 o 6 meses) si la persona trabajadora no retorna a España, pierde todas las prestaciones que tenía reconocidas antes de salir y que le quedasen pendientes de cobrar.
Una vez en el país europeo, ¿qué es lo que puede suceder?
Cuando se exporta el paro se pueden dar distintas situaciones:
- Si en estos tres meses el trabajador español encuentra trabajo en el extranjero, se suspende la prestación por desempleo, tal y como sucedería si estuviera trabajando en España y cobrando el paro. Cuando una persona que cobra el paro encuentra trabajo, el pago de su prestación queda suspendido.
- Si el trabajador no encuentra empleo en el extranjero y vuelve antes de los 3 meses a España, podrá continuar cobrando el paro tal y como lo tenía reconocido antes de salir.
- Si no encuentra trabajo, y se supera el periodo máximo de exportación (3 meses o 6, si le concedieron la ampliación) y el trabajador no vuelve a España, entonces se extinguen las prestaciones, es decir, pierde definitivamente el paro que le quedase por cobrar. Por eso, si no se quiere perder las prestaciones por desempleo que se tengan reconocidas en España, es importante volver antes de que termine el plazo de la autorización, 3 o 6 meses (si solicitó la ampliación)
¿Puedo solicitar la exportación del paro español a un país europeo si soy extranjero?
Puede darse el caso de que haya ciudadanos extranjeros (no españoles) que estén cobrando el paro español por haber cotizado en España y se quieran desplazar a un país europeo. En estos casos, puede suceder lo siguiente:
- Si son nacionales de un país europeo, el procedimiento es el mismo que para los ciudadanos españoles (el que hemos explicado en los puntos anteriores).
- Si son nacionales de países no pertenecientes a la UE/EEE ni de Suiza pueden exportar la prestación para buscar trabajo en estos (excepto a Dinamarca, Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein), siempre que justifiquen la posibilidad de inscribirse en sus servicios de empleo y que van a desarrollar legalmente un trabajo en el país donde pretenden desplazarse, mediante la correspondiente autorización de residencia o de trabajo. Las personas nacionales de países no pertenecientes a la UE/EEE ni de Suiza, que cumplan las condiciones, podrán exportar las prestaciones por desempleo al Reino Unido, en aplicación del Reglamento CE 859/2003, que permite la exportación por un período de tres meses sin posibilidad de prórroga.
Regulación legal, procedimiento y más información:
Ficha resumen del SEPE:
- Impreso de solicitud de exportación del paro para desplazamientos a la Unión Europea
- Impreso de solicitud de prórroga de la exportación del paro
- Guía del SEPE sobre desplazamientos al extranjero
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¿Qué tengo que hacer si he trabajado en Europa y vuelvo a España y quiero cobrar aquí el paro?
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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Buenos días!
Mi consulta es la siguiente, actualmente trabajo cómo interina en Francia (algunos meses al año) pero no tengo residencia( la empresa me proporciona el alojamiento durante la duración del contrato) por lo que mantengo mi residencia en España. Nunca me he podido inscribir al paro francés precisamente porque una vez que finalizo mi contrato de trabajo me quedo sin alojamiento y tengo que regresar a España.
Cómo puedo cobrar mi prestación por desempleo en Francia?
Por otro lado tengo entendido que hay que ser demandante de empleo en Francia durante al menos 4 semanas para solicitar el U1, puedo estar inscrito y volverme a España y solicitar por internet el formulario? o me lo tienen que dar en el propio Pôle Emploi?
Gracias
Hola Berta. Si tu intención es regresar a España y permanecer aquí al menos a medio plazo, cuando en España te des de alta en un contrato de trabajo y termine este contrato, estarás en situación legal de desempleo y podrás pedir el paro español teniendo en cuenta todas las cotizaciones que tengas sin consumir en España y además, las cotizaciones por desempleo que tienes en Francia.
Cuando sucede esto (te quedas sin trabajo en España después de haber regresado y cotizado al menos unos días aquí), al ir a pedir el paro al SEPE tienes que indicar que tienes cotizaciones por desempleo en Francia. La teoría y el SEPE dicen que en ese momento, el servicio de empleo español y el francés se conectan con una aplicación informática (ESSI), intercambian datos y el SEPE tendrá en cuenta para tu paro los días que has cotizado en Francia.
En la práctica, y lo que se hacía antes y algunas personas siguen haciendo ahora, es que antes de abandonar Francia le piden al servicio de empleo francés el documento U1 E301, que es una especie de certificado en el que aparecen todas tus cotizaciones en Francia, la duración de los contratos, el motivo del fin de la relación laboral, etc. De este modo, aunque luego el SEPE confirme datos con el servicio de empleo de Francia, parece que todo es un poco más fluido, al existir ya el documento que concreta las cotizaciones acumuladas. Pero bueno, si preguntas en el SEPE te dirán que no hace falta llevar nada y que ellos lo piden.
Mi consejo: pide el U1 en Francia.
Un saludo.
Hola, Un amigo ha trabajado en España y cobró unos meses de paro. Ahora se va a Francia y al parecer necesita que la empresa le rellene el formulario U1, que está en francés. Hay un apartado en este formulario, sobre el paro, que entiendo que la empresa no rellenará. Entonces mi pregunta es si el formulario U1 lo tiene que rellenar el SEPE directamente, y si debería conseguir el formulario en castellano, no en francés. Mil gracias!
Respuesta de los moderadores
El formulario U1, E, lo cumplimentan los servicios públicos de empleo de la Unión Europea y en estos momentos, según indica el SEPE, no es incluso necesario al menos en España, porque el SEPE se conecta con la base de datos de los otros servicios europeos e intercambian datos. De todos modos, si por seguridad usted quiere tener físicamente el U1, se solicita a la Direcciones provinciales del SEPE. Un saludo
Hola, necesito haceros una consulta;
Un amigo ha exportado el paro a Bélgica para buscar trabajo. Ha seguido todos los trámites, pero no le dieron el U2. Ahora se lo piden allí y él no puede venir a la oficina del SEPE en Tortosa. Hemos buscado todas las maneras posibles de conseguirlo, vía web, por teléfono, pero la única factible parece ser personarse en el SEPE.
¿Conocéis algún medio directo y eficaz por el pueda solicitarlo al SEPE? Ya lo ha hecho online, pero no sé si por el canal adecuado, porque no ha obtenido respuesta.
¿Podría yo pedirlo en el SEPE, con cita previa, aportando la documentación necesaria? Y en ese caso, ¿a nombre de quién debo pedir la cita y por qué motivo? He pedido para información, a mi nombre, y no la hay hasta el 17/10.
Suerte que estáis aquí. La web es un laberinto en el que es imposible encontrar la salida cuando tu búsqueda no encaja dentro de los límites.
Muchísimas gracias.
Hola Pilar. Por alguna experiencia que hemos tenido en casos similares, aunque en el impreso del SEPE de salidas al extranjero se indica que “deberá solicitar la exportación de su prestación en su Oficina de Prestaciones, donde le será expedido el documento U2 para su presentación en el Servicio Público de Empleo del Estado miembro al que se desplace” antes lo que mejor funciona para las gestiones del U2 era contactar directamente con la Delegación Provincial del SEPE, en vuestro caso la Dirección Provincial del SEPE en Tarragona, PERE MARTELL, 45. 43005 – Tarragona. El problema es que ahora han unificado los teléfonos directos de contacto a través del 060. Antes era el 977 24 32 66, opción 3 en horario laboral de lunes a viernes (probad si sigue estando operativo). Si no, está la opción de enviar una instancia a dicha Delegación Provincial del SEPE a través del Registro Electrónico, que no es incompatible con solicitar cita previa y probablemente recibirá respuesta antes. Un saludo