“Prejubilación” y “jubilación anticipada” son dos situaciones distintas que a menudo se confunden. Explicamos qué las diferencia y cómo acceder a cada una de ellas.
¿Qué es la jubilación anticipada?
Actualizado: 19/04/2024
Jubilarse anticipadamente significa hacerlo antes de la edad legal de jubilación, de tal forma que el trabajador se anticipa al momento de la jubilación ordinaria.
En España el sistema legal de jubilaciones tiene establecido un régimen transitorio por el que se va incrementando año tras año la edad de jubilación, hasta llegar al objetivo final, que es que en el año 2027 la edad de jubilación ordinaria quede fijada en los 67 años, o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
Mientras tanto hay un sistema progresivo y en 2024, la edad de jubilación es de 65 años si se tienen 38 o más años cotizados, o de 66 años y seis meses, si no se llega a esa cantidad, pero se tiene al menos el mínimo necesario para jubilarse (15 años)
Guía sobre la edad legal de jubilación:
¿Cuándo puede jubilarse un trabajador de forma anticipada?
La jubilación anticipada puede ser voluntaria o involuntaria.
a) Un trabajador puede decidir jubilarse de forma anticipada voluntariamente. Para ello se exigen una serie de requisitos de cotización mínima, estar en situación de alta o asimilada al alta y tener la edad mínima de 63 años, como explicamos en esta guía. Por lo tanto, un trabajador que esté trabajando, puede decidir por su propia voluntad anticipar la jubilación dos años.
Ejemplo de jubilación anticipada voluntaria: Concha lleva 40 años trabajando como cocinera de un hotel y a sus 63 años cada vez le cuesta más esfuerzo mantener el ritmo de trabajo de sus compañeros. Como tan solo le quedan 2 años para jubilarse, decide pedir la jubilación anticipada. Aunque pierda algo de pensión, lo compensa el hecho de poder retirarse de un trabajo muy duro.
B) La jubilación anticipada involuntaria o forzosa se produce cuando el trabajador se encuentra en situación de desempleo como consecuencia de un ERE o un despido objetivo por causas económicas. En estas situaciones, la jubilación anticipada es “forzosa”, porque el trabajador se ha visto arrastrado a estar en paro. Para poder jubilarse anticipadamente en estas situaciones de desempleo se exige tener al menos 61 años de edad y 33 años de cotización efectiva.
Ejemplo de jubilación anticipada forzosa: A Paco le despidieron de la empresa de construcción con un ERE y 62 años de edad. Lleva toda la vida trabajando, pero desde el despido no ha encontrado empleo y ya ha agotado todas las prestaciones y ayudas del paro. Con 64 años decide pedir a la Seguridad Social su jubilación anticipada.
En la jubilación anticipada, tanto voluntaria como forzosa, la pensión se ve reducida, ya que se empieza a cobrar pensión antes de lo que le correspondería en situación normal. Por ello, la ley impone una serie de coeficientes reductores que se van recalculando por trimestres, en función de los periodos de cotización que tiene el trabajador acumulados.
Los requisitos y condiciones de la jubilación anticipada, como hemos visto, son iguales para todos los trabajadores, ya que los regula la Ley General de la Seguridad Social.
¿Qué es la prejubilación?
Las prejubilaciones son acuerdos privados y específicos que negocian los trabajadores y sus empresas para finalizar la relación laboral. No pueden acceder a ellas todos los trabajadores, porque no están reguladas en una ley general.
Mediante estos acuerdos de prejubilación, la empresa logra su objetivo de dar por terminada la relación laboral que tiene con el trabajador, pero a cambio se compromete a aportarle una cantidad económica para complementar las prestaciones por desempleo y las cotizaciones hasta que llegue el momento de la jubilación legal. La idea es que el trabajador acepte voluntariamente este acuerdo por el que dejará de trabajar, pero de tal modo que sus ingresos no se vean afectados demasiado.
Aceptar una prejubilación viene a ser algo así como dejar de trabajar, pero seguir cobrando de la empresa una cantidad suficiente para que no se resienta la economía del trabajador hasta que llegue el momento de jubilarse. Además, las empresas suelen comprometerse a sufragar un convenio especial para que el trabajador siga cotizando a la Seguridad Social para su futura jubilación.
Ejemplo: Una gran banco, ante la necesidad de cerrar la mitad de sus oficinas llega a un acuerdo de prejubilación con los trabajadores por el que se pondrá fin al contrato de aquellos que tengan más 55 años, ofreciéndoles seguir cobrando el 85% de su salario y un convenio especial de cotización hasta que se puedan jubilar.
Realmente el nombre “prejubilación” induce a error, ya que el trabajador no está legalmente jubilado, sino en situación de desempleo y lo que realmente tiene es el compromiso de la empresa de que le abonará una cantidad de dinero hasta que se pueda jubilar realmente. Eso si, desde un punto de vista psicológico, viene a ser casi lo mismo que estar jubilado, ya que se tiene la tranquilidad de tener unos ingresos garantizados sin tener que trabajar.
A diferencia de lo que ocurre con la jubilación anticipada, no hay una edad mínima para las prejubilaciones. Hace años se dieron casos de trabajadores prejubilados por sus empresas a la edad de 45 años, conservando un 90% del sueldo.
En la actualidad es muy difícil encontrar estas “prejubilaciones de oro” y ahora se producen a mayores edades. Por poner un ejemplo, en 2018, una compañía de telefonía móvil acordó en enero una prejubilación para los trabajadores de 55 o más años afectados por un ERE, que conservarán el 85% de su salario neto anual. En esta página del sindicato UGT se pueden ver las condiciones y el acuerdo íntegro de prejubilación.
En diciembre de 2020, el Banco Sabadell cerró con los sindicatos un acuerdo de prejubilaciones con un 75% del salario anual asignado para los trabajadores afectados, y como otro ejemplo el mismo banco ofrece ahora prejubilaciones con “hasta el 55% del sueldo”.
En la prejubilación, por lo tanto, no es la Seguridad Social la que abona todos los meses una pensión al trabajador, sino que los pagos que este recibe son por cuenta de la empresa con la que firmó el acuerdo.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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