Explicamos a un lector en qué se diferencia la prestación contributiva y los subsidios por desempleo.
Actualizado: 25/07/2024
“Prestación” y “subsidios”, son conceptos que a veces se intercambian, pero en materia de ayudas por desempleo, en sentido estricto, significan cosas distintas.
LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA
Por prestación se entiende “la prestación contributiva”, que es el paro que se cobra cuando un trabajador ha acumulado 360 o más días de cotizaciones por desempleo en los últimos 6 años antes de quedarse sin trabajo.
“Contributivo” quiere decir que se cobra en función de lo que uno haya cotizado: a más cotización y durante más tiempo, se cobra más y durante más tiempo. Y da igual que uno sea millonario y tenga muchos ingresos o no tenga recursos. Lo que se cobra depende de una fórmula matemática que tan solo tiene en cuenta la aportación que uno ha hecho al sistema y el tiempo que ha estado contribuyendo.
La prestación contributiva está regulada en los artículos 266 a 273 de la LGSS, Ley General de la Seguridad Social.
En esta guía ampliamos la información: La prestación contributiva por desempleo
LOS SUBSIDIOS POR DESEMPLEO
Los “subsidios por desempleo” son ayudas asistenciales y también se les conoce como “prestaciones asistenciales”. Esto quiere decir que únicamente se pagan a personas que además de cumplir algunos requisitos de acceso, tienen carencia de rentas, es decir, falta de ingresos.
Hay muchos tipos de subsidios, pero en todos ellos se cobra lo mismo: 480 euros al mes en 2024 (el 80% de un indicador de ayudas llamado IPREM) , y se cobra con independencia de si es para una sola persona o para una unidad familiar (aunque también hay subsidios parciales).
Los subsidios no dependen tanto de lo que uno haya contribuido, sino de la existencia de una situación de necesidad y carencia de rentas.
Un millonario que se quedase en paro podría cobrar una prestación contributiva, pero nunca un subsidio por desempleo, porque no tiene carencia de rentas. El umbral para determinar si hay o no carencia de rentas es el de no tener ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente. En 2024 esto sitúa el tope de rentas en no superar en ingresos los 850,50 euros al mes.
En esta guía explicamos qué se consideran rentas y qué no.
Hay subsidios que pueden durar más de 10 años, como el de mayores de 52 años y otros de apenas unos meses, como el subsidio por cotización insuficiente o el subsidio extraordinario por desempleo SED (6 meses).
Los subsidios, también llamados “prestaciones asistenciales”, están regulados en los artículos 274 a 280 de la LGSS
En esta guía mostramos un mapa general de los subsidios que existen, con los requisitos y cobertura de cada uno de ellos
Guía de todos los subsidios por desempleo activos en 2024
¿Cuánto se cobra de paro en las diferentes prestaciones y subsidios por desempleo?
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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