Explicamos qué es el certificado de búsqueda activa de empleo (BAE)
¿Qué es la Búsqueda Activa de Empleo (BAE)?
Actualizado: 10/03/2025
Hay que distinguir dos conceptos:
- El Certificado de Búsqueda Activa de Empleo, que era un requisito formal que se exigía para solicitar antiguas ayudas como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), que desde la reforma de los subsidios por desempleo están derogadas en 2025.
- La Búsqueda Activa de Empleo, como obligación general que se exige a todas las personas que están cobrando un subsidio o prestación por desempleo y que sigue vigente en 2025.
Explicamos cada uno de ellos.
El antiguo “Certificado de Búsqueda Activa de Empleo”
Hasta el 01/11/2024 estuvieron en vigor dos ayudas que ya no se pueden solicitar, pero que aún hay miles de personas que las están recibiendo, ya que las aprobadas antes de esa fecha siguen vigentes hasta que termine su duración. Hablamos de la Renta Activa de Inserción (RAI) y del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Recuerda: La RAI y el subsidio SED han quedado derogados desde el 1 de noviembre de 2024
Uno de los requisitos formales que tenían estas ayudas (RAI y SED) era la exigencia de presentar un certificado de búsqueda activa de empleo, como puedes ver en este antiguo formulario:
El certificado sellado de la Búsqueda Activa de Empleo lo facilitaba el Servicio Autonómico de Empleo, que en cada Comunidad se llama de un modo distinto (SAE, SOC, Lanbide, SERVEF (LABORA), SEPECAM, SEXPE, SEFCARM, etc). En ese certificado se acreditaba que en el mes anterior a la solicitud ante el Servicio Estatal, se han realizado las acciones de búsqueda activa de empleo:
- Haber trabajado por por cuenta propia o ajena.
- Enviar o presentar de currículos en, al menos, tres empresas diferentes.
- Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
- Inscribirse en, al menos, una agencia de colocación autorizada.
- Inscribirse como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
- Presentarse, al menos, a una oferta de trabajo de los Servicios Públicos de Empleo.
- Aquellas otras actuaciones ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo y específicamente acciones formativas o acciones de información y actuaciones dirigidas al autoempleo y emprendimiento.
Cada uno de los puntos anteriores equivalía a una acción y se pedía haber realizado al menos tres acciones.
– Si te inscribes en dos portales de empleo públicos o privados y desde ellos te presentas a seis ofertas de empleo, has hecho las tres acciones (1 + 2)
– Otra combinación posible: hacer una entrevista de trabajo + inscribirse en dos portales de empleo + inscribirse en tres ofertas de empleo (1+1+1).
Con este certificado de búsqueda activa de empleo, se cumplía el requisito formal para solicitar la RAI y el subsidio SED.
Ahora, en 2025, estas ayudas extraordinarias RAI y SED ya no se pueden solicitar y en los cinco subsidios por desempleo que han quedado tras la reforma, no se exige la presentación de este certificado.
La Búsqueda Activa de Empleo, como parte del compromiso de actividad en 2025
En la Resolución de 5 de diciembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE-, por la que se establece el modelo para la formalización del Acuerdo de Actividad , se indica lo siguiente:
“La suscripción del acuerdo de actividad acreditará la búsqueda activa de empleo que realizará la persona para mejorar su empleabilidad o conseguir un puesto de trabajo de calidad y sostenible a lo largo del tiempo, e implicará para el Servicio Público de Empleo la obligación de proporcionar los servicios y programas incluidos en la Cartera de Servicios y, en su caso, comprometidos en el itinerario o en el plan personalizado de actuación y el acompañamiento y seguimiento por la persona tutora. Para la persona usuaria, implicará la obligación de participar activamente en dichos servicios y programas y, en su caso, la aceptación de una colocación adecuada.”
Es decir, que ahora en 2025 la búsqueda activa de empleo se acredita mediante la suscripción (la firma) del llamado “acuerdo de actividad”, un compromiso que se firma entre el SEPE y el trabajador desempleado:
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
Buena tarde Oscar y muchísimas gracias por aclarar tantas dudas con tu página.
Mi pregunta es la siguiente.
Las acciones que debo demostrar para acreditar la BAE, tienen que estar realizadas en el mes anterior a la solicitud? Es decir si yo solicito la BAE por ejemplo el día 20 de octubre, los currículum que presente el día 15 de octubre están dentro de plazo para la solicitud? O no se toman en cuenta por ser muy próximos a la fecha de la solicitud? En mi caso, he estado inscrita a portales de empleo desde hace varios años atrás, pero los currículum que he enviado son de fecha reciente. Quisiera saber qué criterio tendrá el SAE en ese sentido. Muchas gracias, un saludo.
Hola Gabriela. Las acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) hay que realizarlas precisamente como has hecho tú, en el mes previo a la solicitud de la prestación. Al Servicio Público de Empleo no le sirven acciones realizadas hace una año, sino aquellas en las que se pueda acreditar que se han realizado recientemente.
Un saludo
Si he echo el bae en abril de este Año y quiero hacer la rai en septiembre me vale ese bae
Las acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) son del mes anterior a la solicitud de la RAI. Como sabe, este certificado de la BAE no lo entrega el SEPE, sino el servicio autonómico de empleo y como hay 17, cada uno aplica en cierta medida las normas de una forma particular. Es cierto que en algunas comunidades han aceptado acciones de la BAE anteriores al mes previo, pero no le puedo asegurar que en su caso vaya a ser asi, porque lo que establece la normativa es que sean del mes anterior.
Si quiere tener la certeza, le recomiendo que lo consulte son su servicio autonómico de empleo.
Buenas noches, acabo de cumplir 52 años. Necesito la BAE Para solicitar dicha ayuda?? Gracias
Respuesta de los moderadores
No, la Búsqueda Activa de Empleo, que desaparecerá a partir del 01/11/2024, solo es obligatoria para la RAI y el subsidio SED, pero no para el subsidio de mayores de 52 años.
Entonces para el subsidio para mayores de 52 años no es necesario el certificado de búsqueda activa de empleo?
Muchas gracias
Respuesta de los moderadores
No, en el subsidio de mayores de 52 no hace falta presentar el certificado de la BAE.
Buenos días Oscar. Si se cobra el subsidio de mayores de 52, llevo un año en paro, se puede solicitar el RAI (ya que cumplo los requisitos)? Son compatibles ambos subsidios?
Buenas tardes Ana. Los subsidios por desempleo no son compatibles con la RAI. Cumpliendo los requisitos de ambas, se puede solicitar una u otra y como en las dos se cobra lo mismo, 480 euros al mes, es preferible el subsidio de mayores de 52 años porque además de la prestación económica, cotiza para la jubilación. La RAI no cotiza. Un saludo
Hola, Óscar: Enhorabuena por tu página. El pasado 30 de abril he agotado una prestación por desempleo de 16 meses de duración, tengo 42 años y no tengo cargas familiares. ¿Podría acogerme a alguna ayuda? ¿Qué plazo tendría para solicitarla desde la extinción de la prestación? ¿Debería esperar al 1 de junio para que entrasen en vigor las últimas modificaciones aprobadas?.
Muchas gracias por adelantado por tu ayuda.
Hola, buenas tardes. Antes de nada, hay que aclarar que el próximo 1 de junio no cambiará nada. Esa era la fecha prevista para que entrase en vigor la anterior reforma de los subsidios por desempleo, la del Real Decreto-ley 7/2023, pero cuando la norma llegó al Congreso de los Diputados, para ser convalidada como ley, no logró el apoyo suficiente, ya que Podemos votó en contra. Por ello, esa primera reforma de los subsidios quedó anulada y el 1 de junio seguiremos como estamos.
La nueva reforma de los subsidios está en proceso de aprobación como proyecto de ley. De momento, ha logrado el apoyo de los sindicatos, como explicamos en este informe , pero luego tendrá que ser votada en el Congreso de los Diputados y no se espera que entre en vigor hasta noviembre de 2024. Es decir, hasta esa fecha, seguimos con la misma normativa en materia de subsidios que hay desde hace muchos años.
En tu caso concreto, una vez agotada la prestación contributiva, únicamente se puede pedir un subsidio si se tienen más de 45 años o cargas familiares (hijos o cónyuge a cargo). En tu caso, comentas que no los tienes, por lo que no hay acceso en este momento a ningún subsidio una vez que agotas el paro. Es una situación injusta que llevamos denunciando desde hace diez años y que el gobierno, ahora que lleva más de cinco en ejercicio, parece que se ha decidido a modificar en la reforma que está en trámite.
Lamento no poder darte mejores noticias, pero en este momento no hay opción de ayudas en tu caso, como explico en este artículo: los grandes olvidados.
Como única opción, quedaría el Ingreso Mínimo Vital, cuyos requisitos puedes consultar en esta guía sobre el IMV, pero por la experiencia que tengo de casos como en tuyo, es muy dificil cumplirlos cuando se proviene de una reciente situación de alta en actividad laboral.
Un saludo
Buenos días Oscar, quería preguntarte si sabes los requisitos que hay en Canarias para conseguir el certificado del BAE. Me refiero a si permiten repetir alguna acción o si ponen límites. Como habías dicho que en cada Servicio Autonómico de Empleo tienen sus propios criterios me ha surgido esta duda. Lo he buscado pero de Canarias no encuentro nada. Muchas gracias.
Respuesta de los moderadores
Es cierto que no aparece esa información en la web de Empleo del Gobierno de Canarias, de modo que es exigirán los requisitos generales, como explicamos en el propio artículo con las distintas modalidades de búsqueda activa de empleo.
Buenos días Oscar. He visto el vídeo explicativo de cómo hacer BAE y la demás información para ello. Sin embargo me surge una duda, en los requisitos dice que se toma en cuenta la unidad familiar (conyugue, etc.) en mi caso, vivo con mi pareja hace 5 años, pero no somos matrimonio ni pareja de hecho registrada, él trabaja y tiene rentas de una propiedad suya; por mi parte colaboro en gastos de vivienda, alimentación y los míos propios; ahora bien, ¿este tipo de perfil el SEPE lo reconoce como unidad familiar?
Gracias de antemano
Elizabeth
Buenas tardes Elizabeh. El SEPE no considera a las parejas de hecho (inscritas o no) como unidad familiar, ya que la Ley Genera de la Seguridad Social, al definir las responsabilidades familiares, señala claramente la expresión “cónyuge”, lo que implica necesariamente la existencia de un matrimonio. De modo que si la pareja de hecho no tiene hijos, no se tienen en cuenta las rentas del compañero. Ahora bien, si hay hijos en común, la cosa cambia, porque no es que el SEPE tenga en cuenta las rentas del compañero/a, pero imputa al hijo de ambos 1/2 de ingresos del compañero ( en el caso de que haya un solo hijo), y esas rentas “imputadas” al hijo, si que se tienen en cuenta como rentas de unidad familiar. Lo explico con más detalle en esta guía, con varios ejemplos: rentas y parejas de hecho.
Buenas tardes Salvador te hablo desde Alicante capital, enhorabuena por tu página,ya que esclareces muchas dudas, y la mía es la siguiente respecto a las tres acciones para el B.A.E.(por la ayuda del SED) estoy inscrita en “InfoJobs ,Jobrapido y Trabajos.com”pero el único con el certificado es InfoJobs ,y mi pregunta es , cómo puedo certificar mis acciones de otra forma que no sea con Certificado,me refiero a si no se puede por “capturas de pantalla”o algo así ,un saludo y gracias
Gracias Óscar por la respuesta.
Pero se me plantea otra duda, debido que con la reforma de los subsidios que entra en vigor en Junio de 2024 y van a quitar la RAI puedo solicitar antes (ahora), la RAI que son 11 meses en vez del subsidio por agotamiento de prestación contributiva sin cargas familiares que son 6 meses?
(Debido a que si solicito el subsidio por agotamiento, se me acabará en Julio y luego no tendré derecho a RAI, ni nada).
Nota de actualización de los moderadores (07/02/2024)
Finalmente, la reforma de los subsidios fue rechazada en el Congreso de los Diputados y por ello, no entrarán en vigor ninguno de esos cambios en la RAI. Se seguirá aplicando la normativa que estaba vigente en 2023 hasta que el gobierno apruebe una nueva reforma con suficiente apoyo parlamentario como para que sea aprobada en las Cortes.
Muchas gracias Óscar,
Te agradecería me sacases de dudas con respecto a la nueva regulación de subsidio que entra en vigor en Junio del 2024.Debido a que van a quitar la RAI a partir de Junio, podría solicitar ahora la RAI, en vez del Subsidio por agotamiento de prestación contributiva, pues en la RAI me dan 11 meses y en el otro solo 6 al no tener cargas familiares?
Nota de actualización de los moderadores (07/02/2024)
Finalmente, la reforma de los subsidios fue rechazada en el Congreso de los Diputados y por ello, no entrarán en vigor ninguno de esos cambios en la RAI. Se seguirá aplicando la normativa que estaba vigente en 2023 hasta que el gobierno apruebe una nueva reforma con suficiente apoyo parlamentario como para que sea aprobada en las Cortes.
Buenas tardes Óscar,
He acabado de cobrar la presentación contributiva por desempleo, tengo 50 años sin cargas familiares y antes de solicitar la RAI, voy a solicitar el subsidio por agotamiento de prestación contributiva sin responsabilidades familiares que son 6 meses.
Mi pregunta y duda es si para este subsidio de 6 meses tengo que realizar y presentar el certificado BAE?
Hola Diego.
No es necesario. El certificado de Búsqueda Activa de Empleo (BAE) tan solo es obligatorio para solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), pero no para el subsidio por agotamiento de prestación contributiva sin cargas familiares.
Un saludo
Hola Óscar.
Te cuento, me inscribí en dos portales diferentes de empleo, como el ejemplo que tú ponías. InfoJobs y infoempleo, me inscribí en 3 candidaturas de cada una. Saqué ese certificado. Hoy tuve cita con la orientadora laboral y me ha dicho que eso no me vale, me cuenta como una y no como tres cosas., no entiendo.
Respuesta de los moderadores
Raquel, le hemos contestado a través de su email, porque es cierto lo que le indica la orientadora laboral. Inscribirse en dos portales de empleo por Internet no es suficiente, pero es algo que ya explicamos en el propio artículo, donde lo explicamos así: “se considerara una (1) acción de BAE cada una de las actuaciones siguientes: ( ) Inscribirse como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.” https://loentiendo.com/como-conseguir-certificado-busqueda-activa-empleo-bae/
Hola buenas tardes he solicitado la renta activa activa de inserción ya 3 veces y me la deniegan porque dicen que no estoy en búsqueda activa de empleo y el hecho es que envío la búsqueda activa de empleo de dos empresas desde hace mas de 1 año , de una agencia de colocación desde hace mas de 1 año buscando trabajo y de entrega de curriculums y entrevista firmada y sellada por la empresa.
No se que mas puedo hacer he visto que hay que estar demandante de empleo que lo estoy y que hay que tener sellada el certificado de búsqueda activa de empleo pero como consigo que me lo sellen si nunca hay cita disponible en el sepe de mi comunidad o que se puede hacer.
Gracias no se que mas puedo entregar.
Este es un error que por desconocimiento cometen muchas personas. La documentación y justificantes de la búsqueda activa de empleo no hay que enviarlos al SEPE, sino que se tienen que entregar en el Servicio Autonómico de Empleo, no en el servicio estatal. En todas las oficinas de empleo conviven dos servicios, el estatal (SEPE) y el autonómico, que en cada Comunidad tiene un nombre distinto (SAE, SOC, SOIB, Lanbide, SEPECAM, Labora, etc).
Para poder pedir la RAI hay que pasarse antes por el servicio autonómico, donde elaboran lo que se llama un itinerario personalizado de inserción, y recogen los justificantes de que se está haciendo búsqueda activa de empleo. Me refiero a los justificantes de estar inscrito en portales de empleo, realizar entrevistas, etc. Y es en el servicio autonómico de empleo (no en el SEPE), donde entregan el certificado de la BAE que hay que incorporar a la documentación con la que se pide la ayuda al SEPE.
Por lo tanto, Jesús, no tienes que pedir cita previa en el SEPE para conseguir el certificado de BAE, sino que te tienes que dirigir al servicio autonómico de empleo de tu comunidad para hacer allí este trámite.
Hemos publicado un artículo donde explicamos cómo funcionan las oficinas de empleo. Échale un vistazo: el SEPE y los Servicios Autonómicos de Empleo no son lo mismo.
Un saludo.
Hola buenas, ya me he inscrito en los dos portales, InfoJobs e infoempleo. 3 candidaturas en cada una. Ya tengo los certificados descargados. Tengo una incapacidad reconocida del 49%, tengo el certificado que lo acredita. Y soy parado de más de 12 meses. Tengo entendido que puedo solicitar esta paga por la web de la SEPE adjuntando éstos archivos. Ellos verán esos certificados tal cual los he descargado de esos portales de empleo que sale mi nombre y mis candidaturas. Ellos lo mirarán y sellarán como tú dices?
Hola Raquel. Por lo comentas, entiendo que vas a solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI). Es cierto que se puede pedir a través de la Sede Electrónica del SEPE (por Internet), pero el certificado de búsqueda activa de empleo (BAE) es un documento que te tienen que dar en la oficina de empleo, la del Servicio Autonómico de Empleo de tu comunidad. El certificado se entrega al SEPE, pero lo da el servicio autonómico, no el estatal. En el artículo, puedes comprobarlo, o lo explicamos así:
“Tanto en la RAI (mayores de 45 desempleados de larga duración y desempleados con discapacidad) como en el subsidio SED, el Servicio Público de Empleo -SEPE- pide al solicitante que demuestre a través de un certificado sellado por el Servicio Autonómico de Empleo que ha buscado empleo de forma activa durante el mes anterior a la solicitud.”
“Recuerda: el certificado sellado de la Búsqueda Activa de Empleo lo tiene que dar el Servicio Autonómico de Empleo, que en cada Comunidad se llama de un modo distinto (SAE, SOC, Lanbide, SERVEF (LABORA), SEPECAM, SEXPE, SEFCARM, etc). En ese certificado se acreditará que en el mes anterior a la solicitud ante el Servicio Estatal, se han realizado las acciones que a continuación vamos a explicar.”
Por lo tanto, el SEPE no te va a admitir que hagas la solicitud de la RAI por Internet si antes no has acudido al servicio autonómico de empleo, han tomado tus datos, te han hecho el Itinerario Personalizado de Inserción y les has entregado los justificantes de búsqueda de empleo. Si no sigues estos pasos previstos en la normativa, rechazarán tu solicitud.
En este enlace oficial del SEPE, https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/no-tengo-prestacion.html, lo puedes comprobar: “En el supuesto de acceder a la RAI por ser persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad, previamente deberá acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de su oficina la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).”
Un saludo
Hola, soy de Andalucía. con la opcion C, no haría falta nada más, no?(Opción C: si has trabajado en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social (por cuenta propia o ajena), en los 30 días naturales anteriores a la fecha en que debas acreditar la BAE. AnexoI) Es decir no haría falta lo de presentar curriculums,….)
Gracias
Eso es, en ese caso, no hace falta acreditar más acciones de búsqueda de empleo. El legislador considera que ya es suficiente indicio de que el trabajador tiene voluntad de trabajar el hecho de que lo haya estado haciendo en los últimos 30 días naturales.
Hola, enhorabuena por tu página.
En un apartado indicas que se pueden conseguir 3 actuaciones “Si te inscribes en dos portales de empleo públicos o privados y desde ellos te presentas a seis ofertas de empleo, has hecho las tres acciones (1 + 2)”.
En el documento PDF “Declaración de búsqueda activa” para cumplimentar sólo hay espacio para rellenar 2 portales de empleo y envío de currículum a 3 ofertas de empleo, con lo que no veo manera de poder demostrar que se han enviado los curriculum a 6 empresas.
¿Puede ser un error en el artículo o hay alguna manera de poder especificar las 6 entregas de curriculum?
Gracias
Hola Salvador. La acreditación de la búsqueda activa de empleo la efectúan ahora los Servicios Autonómicos de Empleo y el SEPE se limita a constatar que se aporta el certificado del servicio autonómico. En estos dos enlaces puedes ver, por ejemplo, cómo lo explican en los servicios de empleo de País Vasco y Andalucía. Como puede ver más claramente en la de País Vasco, se pueden repetir dos acciones del mismo tipo, por ejemplo (2 veces presentar tres curriculums = seis curriculum presentados), de modo que aunque no quepan en el impreso, es válido hacerlo, porque lo permite la ley. Lo importante es tener los documentos, los reguardos, para que el servicio autonómico de empleo te selle el certificado que necesita el SEPE. Un saludo
Gracias por la aclaración