Para poder solicitar algunas ayudas, como por ejemplo la RAI o el Subsidio Extraordinario (SED) es obligatorio cumplir el trámite de “acreditación de búsqueda activa de empleo (BAE)”
El Certificado de Búsqueda Activa de Empleo lo sella el Servicio Autonómico de Empleo
Actualizado: 25/08/2024
Tanto para pedir el Subsidio SED como la RAI en los casos de RAI para mayores de 45 años desempleados de larga duración y RAI para desempleados con discapacidad, es obligatorio realizar en el mes anterior a la solicitud las acciones de búsqueda activa de empleo y éstas se tienen que acreditar ante el Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca el trabajador (ver listado).
La RAI y el Subsidio SED se solicitan ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), pero antes hay que conseguir el certificado que da el Servicio autonómico de Empleo de que se han realizado las acciones de búsqueda de empleo.
¿Qué es el certificado de la BAE?
En este certificado, el Servicio Autonómico de Empleo acredita ante el SEPE (Servicio de Empleo Estatal) que la persona que solicita la ayuda ha llevado a cabo las tres acciones de búsqueda de empleo a las que obliga la ley para solicitar la ayuda.
Según informa el SEPE, “se considerarán actuaciones de búsqueda activa de empleo (BAE) cada una de las siguientes:
- Trabajo por cuenta propia o ajena.
- Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
- Envío o presentación de currículos en, al menos, tres empresas distintas.
- Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
- Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
- Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
- Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y emprendimiento, ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.
Constituirá acreditación suficiente del cumplimiento de esta obligación el certificado expedido por una agencia de colocación que incluya, además de la inscripción de la persona solicitante en la misma, la realización por esta de dos de las actuaciones entre la tercera y sexta anteriores.”
Cada uno de los puntos anteriores equivale a una acción. Como se pide haber realizado al menos tres acciones (3), se pueden combinar las anteriores de distintas formas (ejemplos):
– Si te inscribes en dos portales de empleo públicos o privados y desde ellos te presentas a seis ofertas de empleo, has hecho las tres acciones (1 + 2)
– Otra combinación posible: hacer una entrevista de trabajo + inscribirse en dos portales de empleo + inscribirse en tres ofertas de empleo (1+1+1).
Como la BAE la controla cada Servicio Autonómico de Empleo, hay algunas diferencias de criterios entre unas comunidades y otras. En algunas, por ejemplo, se pide que las acciones sean combinadas, es decir, que no se presenten 9 curriculum, sino seis como máximo y otra acción, como la inscripción en un portal de empleo.
¿Cómo puedo conseguir rápidamente las tres acciones de Búsqueda Activa de Empleo (BAE)?
Las políticas activas de empleo son competencia de las Comunidades Autónomas y por ello, aunque hay una normativa estatal sobre las acciones de búsqueda activa de empleo, luego cada servicio autonómico de empleo lo organiza de un modo distinto. Por ejemplo, en Castilla-La Mancha, ofrecen la alternativa de conseguir las 3 acciones de búsqueda activa de empleo, o bien, señala que “si estás acudiendo a sesiones individuales con el/la orientador/a de tu Oficina Emplea, podrás solicitar tu certificado sin tener que realizar más acciones.” Es decir, que en algunos servicios autonómicos de empleo te dan el certificado simplemente acudiendo a la oficina a sesiones de orientación laboral o formación.
Consejo: contacta con tu oficina de empleo (servicio autonómico de empleo) para que te indiquen si además del catálogo de acciones de búsqueda de empleo que indica el SEPE, ellos (el servicio autonómico) ofrece, obtener el certificado de otro modo más sencillo.
Las tres acciones de búsqueda activa de empleo que señala el SEPE, se pueden conseguir utilizando distintas combinaciones:
- Presentando 9 currículos a diferentes empresas, que nos los sellarán al recibirlo para que quede justificante.
- Inscribiéndose en dos portales de empleo y presentar 6 solicitudes a empresas diferentes a través de ellos.
- Formando parte de de 6 portales de empleo distintos.
- Realizando una entrevista de empleo, formando parte de dos portales de empleo y apuntándose a 3 candidaturas.
Es importante que de todas las acciones de búsqueda activa de empleo, conservemos el justificante:
- Si hemos trabajado por cuenta propia, esto se se acredita con el alta de autónomos.
- Si hemos trabajado por cuenta ajena se puede demostrar con el correspondiente certificado de empresa o aportando el informe de vida laboral actualizado.
- Si nos hemos apuntado en una oferta de un portal de empleo en Internet, este nos facilita una copia del registro cuando nos damos de alta.
- Si enviamos el currículo por Internet, podemos solicitar un acuse de recibo a la persona que lo ha recibido (normalmente del Dpto. de Recursos Humanos).
- Si acudimos a una entrevista de trabajo, podemos solicitar un justificante de asistencia al entrevistador.
¿Qué documentación hay que presentar con el certificado y quién lo sella?
Este es el modelo del impreso del certificado de la BAE:
Y como puede ver al final del documento, la certificación la sellan los Servicios de Empleo de cada Comunidad Autónoma y hay pequeñas variaciones entre cómo lo organizan unas y otras. En en enlace anterior se puede consultar el directorio completo de todos los servicios autonómicos para que busque el suyo. Por comparar a modo de ejemplo tres autonomías, en estos enlaces comprobará que cada una establece su propio sistema: Castilla-La Mancha, Andalucía, País Vasco
Con carácter general, el proceso es el mismo. Hay que demostrar en la oficina autonómica de empleo que se han realizado las tres acciones y la oficina del servicio autonómico sella el documento o certificado (pdf), para que con él el trabajador pueda solicitar la ayuda al SEPE.
Sobre la documentación que habrá que llevar, en el propio impreso de la BAE (pdf) se indica que cuando el trabajador afirme que se ha inscrito en una agencia privada de colocación autorizada, tendrá que aportar la documentación justificante. Y si el trabajador indica que se ha inscrito en un portal de empleo público o privado, deberá aportar también la documentación del registro.
Si lo que se realiza es una entrevista de trabajo, presentación de un curriculum o se forma parte de un proceso de selección en una empresa, se les puede pedir que lo acrediten con un sello o certificado de la empresa. La oficina de empleo también tendrá la información de si el trabajador que está inscrito como demandante de empleo ha estado trabajando, o ha realizado cursos de formación, etc y lo podrá incluir en el certificado. Recuerde también que como consecuencia de las restricciones sanitarias, algunas oficinas de empleo autonómicas tienen cita previa obligatoria y en otras es posible realizar los trámites online. Confírmelo en la web de su servicio autonómico de empleo.
El concepto de “búsqueda activa de empleo” en otras situaciones
Además de la RAI y el subsidio SED, en otras ayudas también hay que acreditar la búsqueda de empleo.
- Cuando se solicita la exportación de la prestación por desempleo (+info) a un país de la Unión Europea o bien se pide la suspensión del pago de la prestación para buscar trabajo en el extranjero (+info) , también hay que justificar al regreso que se ha estado buscando empleo de forma activa. En estos casos, al regreso a España hay que presentarse en la oficina de empleo para solicitar la reanudación de la prestación y demostrar que durante la estancia en el extranjero se ha estado buscando trabajo. Esto se acredita presentando el justificante de haberse inscrito en el servicio público de empleo del país extranjero y aportando documentación que justifique se he han entregado currículums y participado en entrevistas de trabajo. La práctica de sellar la entrega del CV o dar un certificado de haber realizado una entrevista de trabajo es algo habitual en otros países.
- Para la concesión de autorizaciones de trabajo por cuenta ajena a los extranjeros, uno de los requisitos de la L. O. 4/2000 es que éste “haya buscado activamente empleo”. En estos casos, la búsqueda activa de empleo se limita a que el extranjero se haya inscrito en el Servicio Público de Empleo como demandante.
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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