Hacienda retrasa hasta 2027 la entrada en vigor de Verifactu

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El nuevo sistema de facturación para pymes y autónomos, Verifactu, iba a ser obligatorio a partir del próximo mes de enero.  El gobierno retrasa un año su exigencia.

Actualizado: 06/12/2025

Verifactu se retrasa a 2027

El gobierno ha aprobado en el Real Decreto-ley 15/2025 ampliar un año la entrada en vigor de esta obligación.

1. Tienes más tiempo: este es el nuevo calendario

El cambio más importante es la ampliación de los plazos. El Gobierno ha retrasado la entrada en vigor de la normativa un año completo, moviendo los plazos originalmente previstos en 2026 a 2027. Las nuevas fechas que debes marcar en tu calendario son:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: La obligación comenzará el 1 de enero de 2027.
  • Resto de empresas y autónomos: Deberán cumplir con la normativa a partir del 1 de julio de 2027.

2. No fue una decisión técnica: el porqué del aplazamiento

El retraso no responde a una decisión técnica de Hacienda, sino a distintas presiones. Por un lado, el malestar del tejido empresarial, canalizado a través de patronales como Pimec y ATA. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la medida haciéndose eco de las quejas del sector, que consideraba la implementación demasiado precipitada y costosa. Lorenzo Amor, presidente de la federación de autónomos ATA, fue contundente en su reclamación: “No vuelvan más locos a los autónomos, a las pymes y a los profesionales y asesores que trabajan con nosotros. ¡No más trabas!”.

Además, distintos medios avanzan la existencia de presiones políticas por parte de  partidos que apoyan parlamentariamente a la coalición de gobierno.  Esto es importante, porque la ampliación del plazo se ha aprobado mediante Real Decreto-ley y estos son son normas que dicta el Gobierno y que deben ser convalidadas por el Congreso en el plazo de los 30 días siguientes a su promulgación. Habrá que estar pendientes para ver si efectivamente se logran las mayorías necesarias al efecto.

3. Casi nadie estaba preparado

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Si sentías que no llegabas a tiempo, no eras el único. Los datos del “Observatorio TeamSystem” de mediados de noviembre revelaban una realidad clara: el tejido empresarial no estaba listo. Según el informe, solo un 8% de las pymes y autónomos había implementado ya un sistema compatible con Verifactu, mientras que un 15% estaba en proceso de hacerlo. Estas cifras no son sorprendentes si se consideran los dos grandes escollos que frenaban la transición: el coste y la desinformación.

4. El gran obstáculo: el coste y el desconocimiento

Dos de las principales barreras que impulsaron la petición del aplazamiento fueron el impacto económico y la falta de información. Un estudio de la patronal Pimec calculaba que uno de cada cuatro empresarios estimaba un gasto de entre 1.000 y 6.000 euros para adaptar su software y equipos.

A esto se sumaba un desconocimiento generalizado. Según la misma organización, más de la mitad de sus asociados del sector comercio (un 55,4%) no sabía cuándo entraba en vigor la nueva obligación, lo que evidencia la necesidad de una mayor pedagogía y tiempo de adaptación.

5. Ahora con calma: ¿qué es y qué implica Verifactu?

Con este nuevo margen, es un buen momento para entender qué es exactamente Verifactu. En esencia, es un reglamento que exige que los programas de facturación generen un registro por cada factura emitida. Este registro lleva una especie de “huella digital” que garantiza que la factura no ha sido alterada, y cada factura debe incluir un código QR con datos fiscales.

En la práctica, esto se traduce en dos caminos para cumplir la ley, como explica la experta Èlia Urgell: uno ‘pasivo’, donde guardas los registros por si te los piden, y otro ‘activo’, donde tu sistema los envía a Hacienda de forma automática.

“Pueden guardar esa información en el sistema, para cuando lo requiera la Agencia Tributaria o pueden apostar por la modalidad Verifactu que, de forma automática, el sistema envía ese registro a la Agencia Tributaria para que ellas sean las responsables de tener ese registro”.

Desde el gobierno recuerdan que se trata de un aplazamiento, pero no de una cancelación. La digitalización de la facturación es un proceso inevitable.

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6. Atención a la convalidación del Real Decreto-ley en el Congreso

El lote de sorpresas e improvisación podría no haber terminado aún. El próximo jueves 11 de diciembre se vota en el Congreso la convalidación o derogación del RDL 15/2025 que incluye entre otras cuestiones, la ampliación del plazo de entrada en vigor del Reglamento Verifactu.  ¿Se imaginan que el Congreso rechaza esta convalidación?

Referencia legal: Real Decreto-ley 15/2025

Real Decreto-ley 15/2025

“Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.

La disposición final cuarta queda redactada en los siguientes términos:

«Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos.

El presente real decreto y el reglamento entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) deberán tener adaptados los sistemas informáticos a las características y requisitos establecidos en este reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 deberán tener operativos los citados sistemas informáticos antes del 1 de julio de 2027.

Los obligados tributarios del artículo 3.2, en relación con sus actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos, deberán ofrecer sus productos plenamente adaptados al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera este real decreto, sin perjuicio de la obligada adaptación de los sistemas incluidos en contratos de mantenimiento plurianual conforme a las fechas señaladas anteriormente.

En el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto estará disponible en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los Sistemas de emisión de facturas verificables.»

 

Fuente de la noticia:  Consejo de Ministros (02/12/2025)

Nota prensa verifactu 2027
Pulsa para ampliar la imagen

 

Más Información sobre Verifactu:  Agencia Tributaria

Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación


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