Cuando vas a iniciar una actividad tienes que elegir la forma jurídica que es mejor para tu negocio. Analizamos dos de ellas: Autónomos y Sociedades Limitadas.
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Autónomos y sociedades limitadas
Actualizado: 29/09/2024
El primer paso es conocer los conceptos de estas dos figuras:
Nos referimos a los Autónomos como las personas que realizan una actividad de forma habitual, por cuenta propia y a título lucrativo, que pueden tener o no, trabajadores a cargo. Es una forma empresarial apropiada para negocios de reducido tamaño.
Por otro lado, hablamos de Sociedad Limitada o Sociedad de Responsabilidad Limitada para referirnos a aquella integrada por las aportaciones de todos los socios, los cuales no responderán personalmente de las deudas, y cuyo capital social se divide en participaciones. Esta forma es apropiada para pequeñas y medianas empresas.
Tanto para crear una Sociedad Limitada como para darse de alta como autónomo basta con una sola persona. Por otra parte, el capital mínimo y la responsabilidad no son
ALTA EN AUTÓNOMOS
Ventajas
- Simplicidad y rapidez: Darse de alta como autónomo es un proceso rápido y sencillo. Solo necesitas inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de la Seguridad Social y darte de alta en Hacienda para tributar por las actividades que realices. No es necesario ningún capital inicial ni escritura pública.
- Costes iniciales bajos: Los costes de alta como autónomo son mucho menores en comparación con la constitución de una sociedad. No se requiere capital mínimo ni se necesitan trámites notariales.
- Control total: El autónomo tiene el control completo del negocio. Todas las decisiones recaen directamente sobre el emprendedor, lo que facilita la agilidad en la toma de decisiones.
- Tarifa plana: Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de la tarifa plana en la cotización a la Seguridad Social, pagando una cuota reducida de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses.
Inconvenientes
- Responsabilidad personal ilimitada: El autónomo responde con todo su patrimonio personal (vivienda, bienes, ahorros) ante cualquier deuda o responsabilidad adquirida durante el desarrollo de la actividad.
- Cargas fiscales: Los autónomos tributan a través del IRPF, con un tipo progresivo que puede alcanzar tasas más altas que el Impuesto de Sociedades si los ingresos son elevados.
- Cuota de autónomos fija: La cuota a la Seguridad Social es fija, independientemente de los ingresos generados, lo que puede ser una carga si los ingresos son bajos o irregulares.
- Credibilidad limitada: En algunos casos, operar como autónomo puede ofrecer una menor percepción de seriedad frente a clientes o proveedores que al operar bajo la forma de sociedad.
CONSTITUIR UNA SOCIEDAD LIMITADA (SL)
Ventajas
- Responsabilidad limitada: A diferencia de los autónomos, los socios de una SL solo responden con el capital aportado a la empresa. El patrimonio personal de los socios está protegido frente a las deudas de la empresa, excepto en casos específicos donde el capital social sea inferior a 3.000 euros, aplicándose ciertas obligaciones adicionales. El capital social mínimo exigido para una sociedad de responsabilidad limitada (SL) en España es de 1 euro. Sin embargo, mientras dicho capital social no alcance la cifra de 3.000 euros, se aplicarán ciertas reglas adicionales, como destinar al menos el 20 % del beneficio a la reserva legal hasta que dicha reserva junto con el capital social alcance los 3.000 euros. Además, en caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito
- Mejora de imagen y credibilidad: La SL ofrece una imagen de mayor profesionalidad y confianza frente a clientes, proveedores e inversores, en comparación con operar como autónomo.
- Optimización fiscal: Las SL tributan a través del Impuesto de Sociedades, con un tipo fijo del 25%, lo que puede ser ventajoso cuando los beneficios de la empresa superan ciertos límites.
- Mayor capacidad para captar financiación: Las SL pueden emitir participaciones para atraer inversores, permitiendo una mayor flexibilidad para expandir el negocio o realizar nuevas inversiones.
Inconvenientes
- Costes de mantenimiento: Las SL deben llevar una contabilidad más compleja y presentar las cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Estos trámites suelen requerir la contratación de un asesor o gestor, lo que implica costes adicionales.
- Retribuciones y cotizaciones: Si los socios desempeñan funciones en la empresa, deben darse de alta en el Régimen de Autónomos (si controlan más del 25% de la sociedad) o en el Régimen General Asimilado. Esto implica cotizaciones adicionales a la Seguridad Social.
- Mayor complejidad administrativa: Las SL están sujetas a mayores obligaciones legales y fiscales que los autónomos, incluyendo la contabilidad ajustada al Plan General de Contabilidad y la presentación de impuestos.
¿Cuál elegir?
La elección entre darse de alta como autónomo o constituir una sociedad limitada dependerá de factores como la naturaleza del negocio, el nivel de riesgo, las perspectivas de crecimiento y la estructura deseada. A continuación, algunos escenarios en los que una u otra opción pueden ser más recomendables:
- Autónomo: Es la opción más adecuada para actividades individuales o pequeñas, con bajo riesgo y necesidad de un control total y sencillo sobre el negocio.
- Sociedad Limitada: Es más conveniente para empresas con proyección de crecimiento, que buscan limitar la responsabilidad de los socios y captar inversiones. También es recomendable en sectores donde se necesita transmitir una imagen profesional sólida.
Conclusión
Tanto ser autónomo como constituir una sociedad limitada tienen ventajas e inconvenientes. La decisión final dependerá de las características específicas del negocio y de las necesidades personales y profesionales del emprendedor. Evaluar cuidadosamente aspectos como la responsabilidad personal, las cargas fiscales y los objetivos a largo plazo ayudará a tomar la decisión más adecuada.
Consejos para elegir la forma jurídica más adecuada
Elegir la forma jurídica adecuada con la que un emprendedor va a poner en marcha su proyecto es fundamental. En este artículo hemos comentado las diferencias básicas, pero nuestra recomendación es ir más allá y seguir estos pasos antes de tomar una decisión:
- Utiliza la información y el asesoramiento que la Administración pone a disposición de los emprendedores. Hay atención personalizada e incluso herramientas de simulación online para encontrar la forma más adecuada en cada caso.
- Cuenta con asesoramiento profesional (legal, contable y fiscal) desde el momento de puesta en marcha el proyecto. Hay asesorías y gestorías que por una cuota mensual reducida facilitan el asesoramiento básico imprescindible. Es cierto que los comienzos son complicados y escasos de recursos, pero no menos cierto es que al cabo del tiempo todos los emprendedores, tanto los que triunfan como los que no lo logran, coinciden en que esta inversión es imprescindible.
- Busca empresarios y empresas que realicen la misma actividad y pregúntales. Cada actividad tiene sus particularidades y nada mejor que escuchar los que ya están en marcha en su sector. Las personas estamos más dispuestas a ayudarnos de lo que parece. Existen asociaciones profesionales y Cámaras de Comercio especializadas en facilitar este tipo de asesoramiento y además, grupos especializados y foros en Internet en los que encontrar información útil y experiencias que pueden ser de utilidad en su sector.
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Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
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