Explicamos los derechos que tiene el trabajador en caso de que su despido haya sido calificado como un despido improcedente
Contenidos de este artículo
Derechos del Trabajador en caso de despido improcedente
Si el despido se declara improcedente, el empresario tiene la facultad de poder elegir entre dos opciones: 1) readmitir al trabajador o 2) no readmitirle y pagarle una indemnización.
1) SI EL EMPRESARIO ELIGE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN AL TRABAJADOR Y NO READMITIRLE
La indemnización económica por despido improcedente se calcula en dos tramos. Se produjo un cambio legislativo el 12/02/2012 que redujo las indemnizaciones por los días trabajados con posterioridad a esa fecha. Cuando un contrato tiene una antigüedad previa a esa fecha, la indemnización por despido se calcula con dos tramos.
- 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un máximo de 42 mensualidades.
- 33 días de salario por año trabajado a partir del 12 de febrero de 2012, con un máximo de 24 mensualidades.
En la práctica y teniendo en cuenta la temporalidad y rotación del mercado de trabajo, la mayor parte de los contratos de trabajo actuales son posteriores al 12/02/2012, por lo que se aplica con más frecuente la indemnización de los 33 días de salario por año trabajado, pero en el caso de trabajadores con antigüedad en la misma empresa, si es previa al 12/02/2012, hay que hacer el cálculo con los dos tramos de indemnización.
2) SI EL EMPRESARIO OPTA POR READMITIR AL TRABAJADOR
- Si el empresario opta por la readmisión, el trabajador tiene derecho a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declare la improcedencia del despido. Es lo que se conoce como “los salarios de tramitación”
- Además, la empresa debe regularizar las cotizaciones correspondientes al tiempo transcurrido desde el despido.
¿Cómo se reclama ante un despido improcedente?
El trabajador dispone de 20 días hábiles (excluyendo fines de semana y festivos) desde la fecha del despido para iniciar el procedimiento de reclamación, por lo que es muy importante prestar atención a los plazos. Se pierden todos los derechos por ejercer las acciones fuera de este plazo de 20 días hábiles.
1. Paso previo antes de la demanda judicial. El acto de conciliación administrativa. Antes de presentar una demanda judicial, es obligatorio intentar una conciliación o mediación ante el servicio administrativo correspondiente o el órgano que asuma estas funciones. Es lo que se conoce como presentar la papeleta de conciliación.
2. Demanda Judicial:
– Si no se llega a un acuerdo en la conciliación, el trabajador puede presentar una demanda laboral.
– En la demanda, el trabajador puede solicitar la readmisión en las mismas condiciones que regían antes del despido o el pago de la indemnización correspondiente, así como los salarios no percibidos desde la fecha del despido .
3. Sentencia judicial:
– El juzgado puede declarar el despido como improcedente y condenar al empresario a optar entre la readmisión del trabajador o el pago de la indemnización.
– Si el empresario opta por la readmisión, debe abonar los salarios de tramitación y cotizar a la Seguridad Social por el periodo correspondiente .
Otros artículos relacionados
10 consejos prácticos ante un despido
10 consejos prácticos antes de firmar el finiquito
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)
¿Quieres enviarme una consulta? Pulsa aquí.